Aval en Derecho Cambiario
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Aval
AVAL. A.J cambiario, unilateral, completo, que se comporta como negocio abstracto mediante el cual, se garantiza objetivamente el pago de la letra. Es obligación autónoma para el avalista pero formalmente accesoria de la obligación ovalada, que opera como garantía adicional.
Sujetos
SUJETOS. Avalista el sujeto que extiende el aval; avalado el sujeto del cual y en cuyo favor se hizo el aval. SUJETOS QUE PUEDEN AVALAR: puede otorgarla cualquier firmante de la letra o un tercero.
Temporalidad
TEMPORALIDAD: Es extendido durante la vida útil de la letra, hasta su vencimiento. Se puede hacer post vencimiento antes de que se levante protesto.
Requisitos
REQUISITOS. Debe ser dado por escrito y en la misma letra, hoja de prolongación o documento... Continuar leyendo "Aval en Derecho Cambiario" »