Marco Legal del Dominio Público Hidráulico: Regulación, Competencias y Organismos de Cuenca
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Objeto de la Ley
1. Es objeto de esta Ley la regulación del **dominio público hidráulico**, del uso del agua y del ejercicio de las competencias atribuidas al Estado en las materias relacionadas con dicho dominio en el marco de las competencias delimitadas en el **artículo 149 de la Constitución**.
3. Las **aguas continentales superficiales**, así como las **subterráneas renovables**, integradas todas ellas en el **ciclo hidrológico**.
Título I: Del Dominio Público Hidráulico del Estado
Artículo 2. Definición de Dominio Público Hidráulico
Constituyen el **dominio público hidráulico del Estado**, con las salvedades expresamente establecidas en esta Ley:
- Las aguas continentales, tanto las superficiales como las **subterráneas renovables*
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