Capacidad para ser parte en procesos judiciales y roles de procurador y abogado
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Capacidad para ser parte de las personas físicas
Todas las personas físicas, tanto nacionales como extranjeras, tienen capacidad para ser parte. La capacidad para ser parte de una persona física se determina por el mero hecho de su nacimiento. También tienen capacidad para ser parte los “nascituri” para el ejercicio o protección de los eventuales derechos que les corresponderían si llegaran a nacer. El fallecimiento extingue la personalidad jurídica y, por consiguiente, la capacidad para ser parte de la persona física. En el supuesto de que el fallecimiento de la persona física parte de un proceso se produzca durante su sustanciación, se da lugar a la sucesión procesal.