Cortes Generales: Composición, Estructura y Funcionamiento
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Las Cortes Generales: Naturaleza y Composición
Naturaleza de las Cortes Generales
Las Cortes Generales se regulan en el Título III de la Constitución Española, específicamente en el Artículo 66, donde se les atribuye, además de la función legislativa, la función de representación del pueblo español.
Las Cortes Generales se caracterizan por ser un órgano constitucional y definidor del Estado, un poder representativo y legitimado, deliberante, permanente y bicameral.
Composición de las Cortes Generales
Las Cortes Generales están formadas por:
- A) Congreso de los Diputados: La Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 1985 estableció un Congreso de 350 miembros, en lugar de los 400 previstos en el Artículo 68.1 de la Constitución,