El Tribunal Constitucional: composición, competencias y organización (resumen)
Resumen
El documento explica el Tribunal Constitucional español, regulado en el Título IX de la Constitución, como máximo intérprete de la Constitución. Describe cómo se compone y designa a sus 12 miembros, su estatuto de independencia e inamovilidad, y sus competencias principales, como el control de constitucionalidad, el recurso de amparo y la garantía del reparto territorial del poder. También detalla su organización interna con el Presidente, el Pleno, las Salas y las Secciones.
Puntos clave
- El Tribunal Constitucional tiene 12 miembros, nombrados por el Rey a propuesta del Congreso (4), el Senado (4), el Gobierno (2) y el CGPJ (2).
- Los magistrados deben ser juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional y ejercen un mandato de 9 años, renovándose por terceras partes cada tres años.
- Son incompatibles con cualquier mandato representativo y con actividades mercantiles o profesionales, y son independientes e inamovibles durante su mandato.
- Sus competencias principales incluyen el recurso y la cuestión de inconstitucionalidad, el control previo de tratados internacionales y el recurso de amparo.
- El Presidente es elegido por los propios magistrados y nombrado por el Rey por 3 años; el Pleno resuelve todos los asuntos salvo los recursos de amparo.
- Las Salas, dos de seis magistrados cada una, resuelven los recursos de amparo, y las Secciones, de tres magistrados, deciden sobre la admisibilidad.
El Tribunal Constitucional: Máximo Intérprete de la Constitución
El Tribunal Constitucional (TC) se encuentra regulado en el Título IX de la Constitución Española (CE). Es el máximo intérprete de la misma, actuando de forma independiente y sometido únicamente a la Constitución y a su Ley Orgánica (LOTC).
Composición y Designación de los Miembros
El Tribunal se compone de 12 miembros, nombrados por el Rey a propuesta de los siguientes órganos:
- 4 por el Congreso de los Diputados (por mayoría de tres quintos).
- 4 por el Senado (por mayoría de tres quintos).
- 2 por el Gobierno.
- 2 por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Los miembros deben ser nombrados entre juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional. Estos magistrados son designados por un periodo de 9 años y se renuevan por terceras partes cada tres años.
Estatuto de los Magistrados
La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible con todo mandato representativo y con el desempeño de cualquier actividad mercantil o profesional. Los magistrados son independientes e inamovibles durante el ejercicio de su mandato.
Competencias del Tribunal Constitucional
El Tribunal tiene atribuidas las siguientes competencias fundamentales:
- Control de constitucionalidad de las normas con fuerza de ley:
- Recurso de inconstitucionalidad: contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley.
- Cuestiones de inconstitucionalidad: planteadas cuando un órgano judicial considera que, en algún proceso, una norma con rango de ley aplicable puede ser contraria a la CE.
- Control previo de los tratados internacionales.
- Control del reparto de competencias entre los distintos poderes del Estado.
- Control de constitucionalidad de las disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas (CC.AA.).
- Recurso de amparo: destinado a la protección de los derechos y libertades fundamentales.
- Garantía de la distribución territorial del poder: a través de los conflictos de competencia entre el Estado y las CC.AA., y la defensa de la autonomía local a través de los conflictos que se planteen.
Organización Interna
El Presidente y el Vicepresidente
El Presidente es elegido por los propios miembros del Tribunal y nombrado por el Rey por un periodo de 3 años. Para su elección, se exige mayoría absoluta de los votos de los magistrados en primera votación y mayoría simple en la segunda. Le corresponde convocar y ordenar las sesiones del Pleno, ordenar el trabajo del Tribunal, ejercer su representación y ostentar la jefatura administrativa. Existe asimismo la figura del Vicepresidente.
Órganos Colegiados
- Pleno: Le corresponde resolver todos los asuntos que son competencia del Tribunal Constitucional, con la excepción de los recursos de amparo.
- Salas: Tienen como función principal resolver los recursos de amparo. Existen dos salas, compuesta cada una por seis magistrados.
- Secciones: Cada una está compuesta por tres magistrados, cuya función es la decisión sobre la admisibilidad de los asuntos.
El Tribunal Constitucional posee, además, tres Secretarías de Justicia, situadas en el Pleno y en las dos Salas.
Descargar
PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Cuántos miembros tiene el Tribunal Constitucional y quién los nombra?
El Tribunal tiene 12 miembros, nombrados por el Rey a propuesta de el Congreso de los Diputados (4), el Senado (4), el Gobierno (2) y el Consejo General del Poder Judicial (2).
¿Cuánto dura el mandato de los magistrados del Tribunal Constitucional?
Los magistrados son designados por un periodo de 9 años y se renuevan por terceras partes cada tres años.
¿Qué es el recurso de amparo?
Es el recurso destinado a la protección de los derechos y libertades fundamentales, y su resolución corresponde a las Salas del Tribunal.
Ponte a prueba
Tarjetas de repaso
Pulsa una tarjeta para ver la respuesta.
Test
Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.