Romanización jurídica en Hispania: ciudadanía latina y derecho romano vulgar

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Resumen

El texto explica cómo se extendió la ciudadanía romana en Hispania, desde la concesión del ius Latii por Vespasiano hacia el 73-74 d.C. hasta la constitución de Caracalla del 212 d.C. Describe también las dificultades para aplicar el derecho romano clásico y el surgimiento del derecho romano vulgar, mezcla de principios romanos e indígenas. Un estudiante aprenderá las fases de la romanización jurídica y sus consecuencias prácticas.

Puntos clave

  • Vespasiano concedió el ius Latii a toda Hispania hacia el 73-74 d.C., transformando las ciudades peregrinas en municipios latinos.
  • La latinidad permitía el ius commercii y el acceso progresivo a la ciudadanía romana a través de las magistraturas.
  • Adriano amplió el ius Latii minus al ius Latii maius, con la ciudadanía ligada a pertenecer a la curia municipal.
  • En el 212 d.C., Caracalla concedió la ciudadanía a todos los habitantes libres, excepto los dediticii, por razones fiscales.
  • El derecho romano clásico era complejo y se aplicaba sobre todo en las ciudades, mientras el campo mantenía la tradición indígena.
  • El derecho romano vulgar se caracterizó por la simplificación de conceptos y la mezcla de principios romanos e indígenas.

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La Concesión de la Latinidad de Vespasiano (73-74 d.C.)

El emperador Vespasiano concedió el ius Latii a toda Hispania hacia el 73-74 d.C. Su origen fue el deseo de Vespasiano de contentar a los hispanos, en un momento de graves alteraciones de los asuntos públicos ocasionados a la muerte de Nerón. Obligó a las ciudades peregrinas a transformarse en municipios latinos.

Efectos de la concesión:

  • Transformación de todas las ciudades peregrinas en municipios latinos.
  • Disfrute del ius commercii.
  • Implantación progresiva para lograr el acceso a la ciudadanía, permitiendo que los latinos que hubieran ejercido la magistratura se convirtieran en ciudadanos romanos.

La medida se completó en el siglo II durante el gobierno de Adriano con la ampliación del ius Latii minus al ius Latii maius, que implicaba la concesión de la ciudadanía por ser miembro de la curia municipal. Esta transformación no supuso la desaparición de principios e instituciones jurídicas indígenas preexistentes.

La Concesión de la Ciudadanía de Caracalla (212 d.C.)

En el año 212 d.C., el emperador Caracalla concede a todos los habitantes libres del Imperio, a excepción de los dediticii, la ciudadanía romana. La medida de Caracalla tiene que ver con razones fiscales, ya que el aumento del número de ciudadanos conllevaba un incremento de la recaudación. El texto de la constitución de Caracalla excluye a los dediticii, esclavos que, habiendo cometido alguna acción delictiva, si posteriormente eran manumitidos, quedaban en la misma condición que los peregrini dediticii.

Consecuencias Prácticas de la Romanización Jurídica: La Aparición del Derecho Romano Vulgar

La concesión de la ciudadanía de Caracalla suprimía definitivamente la pervivencia de los ordenamientos jurídicos prerromanos subsistentes en los territorios del Imperio Romano. Sin embargo, en la realización efectiva hubo dificultad para aplicar fielmente las prácticas del ius civile. El sistema jurídico romano era complejo y no era conocido por la generalidad de la población, incluso por quienes habían de aplicarlo. No siempre era aplicable a las situaciones y régimen de vida en toda la península.

El Derecho Romano suponía un cierto nivel para su aplicación y asimilación, que se daba principalmente en las ciudades, pero no en los campos. Las clases ciudadanas eran mantenedoras del romanismo, mientras que las clases rurales se mantenían apegadas a la tradición indígena. Junto al Derecho Clásico Romano se formó en Hispania el derecho romano vulgar, caracterizado por la simplificación de conceptos y normas y la mezcla de principios romanos e indígenas.

Surgirían así numerosos principios jurídicos nuevos que entroncarían con antiguas costumbres indígenas que pervivían tras la conquista de Roma, pero influido por prácticas vulgares y el derecho oficial, reflejado en constituciones imperiales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué fue la concesión del ius Latii de Vespasiano?

Fue la concesión de la latinidad a toda Hispania hacia el 73-74 d.C., que obligó a las ciudades peregrinas a convertirse en municipios latinos. Permitía el ius commercii y abría el camino a la ciudadanía romana.

¿Quiénes quedaron excluidos de la ciudadanía de Caracalla?

Los dediticii quedaron excluidos de la concesión de Caracalla del 212 d.C. Eran esclavos que, tras cometer un delito y ser manumitidos, quedaban en la condición de peregrini dediticii.

¿Qué es el derecho romano vulgar?

Es el derecho que surgió en Hispania junto al derecho clásico, caracterizado por la simplificación de conceptos y normas y la mezcla de principios romanos e indígenas. Se aplicó sobre todo fuera de las ciudades.

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Test

1. ¿Qué emperador concedió el ius Latii a toda Hispania?
2. ¿Cuál fue la principal razón fiscal de la concesión de Caracalla?
3. ¿Qué diferenciaba al ius Latii maius del ius Latii minus según el texto?
4. ¿Dónde se aplicaba con mayor facilidad el derecho romano clásico?
5. ¿Qué rasgo caracteriza al derecho romano vulgar?

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