Requisitos y Plazos para la Memoria Anual y Cuenta General de la República

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Memoria Anual

La presentación de este documento corresponde a la Alta Dirección de cada entidad pública, la misma que deberá contener lo siguiente:

  • Presentación
  • Breve reseña histórica que contenga, entre otros, la base legal de creación.
  • Visión y Misión.
  • Estructura Orgánica.
  • Principales actividades de la entidad.
  • Logros obtenidos y dificultades presentadas durante el periodo que se informa.
  • Ratios financieros de liquidez, solvencia, rentabilidad y gestión, debidamente comentados.
  • Evaluación de los estados financieros utilizando el método de análisis horizontal y el análisis vertical.
  • Análisis de la ejecución del presupuesto de ingresos, gastos e inversión, comentando aspectos relevantes de la programación.

Lugar, Plazo de Presentación y Recepción de la Información para la Elaboración de la Cuenta General de la República

a) La información contable para la elaboración de la Cuenta General de la República se presentará a la Dirección General de Contabilidad Pública, Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad, en su sede institucional del Ministerio de Economía y Finanzas.

b) El plazo de presentación de la información presupuestaria, financiera y complementaria para la Cuenta General de la República es determinado por la Dirección General de Contabilidad Pública, en cumplimiento del numeral 28.2 del artículo 28° de la Ley N° 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, sin exceder el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal materia de la rendición de cuentas; si la fecha determinada es inhábil, será prorrogado al primer día hábil siguiente, al amparo del artículo 134° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

Para los gobiernos locales, las mancomunidades municipales, sociedades de beneficencia pública e institutos viales provinciales se establecerá en cada ejercicio un cronograma de fechas que facilite la presentación de su información, el cual se publicará en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

Dicho plazo no excluye o reemplaza el término del plazo de presentación de información señalado en el literal b) del presente numeral.