Proceso de Ejecución y Modificación Presupuestaria en la Administración Pública

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Fases del Gasto Público y su Documentación

Cuando se reconoce la obligación, se realiza la propuesta de pago, no de forma separada, sino a través de un documento denominado OK.

Conclusión a las Fases del Gasto

  • Se realizan en los ministerios y en las consejerías.
  • Están sustentadas por un documento cada una de ellas.
  • Las fases pueden retrocederse, por ello existen documentos inversos (A).
  • En la ejecución del gasto se dan situaciones en las que se juntan varias fases, en ese caso utilizamos documentos mixtos, los más habituales son (AD, OK, ADOK).

Ejemplos de Documentos

  • En alquileres, a 1/1 se hace el AD por el alquiler anual y mensualmente el OK.
  • En nóminas, a 1/1 se hace el AD y mensualmente los OK de toda la plantilla.
  • En las becas, está presupuestado un crédito inicial a 1/1 y a medida que se reciben las solicitudes se revisa, se selecciona y se autoriza por el ministerio el pago.

El Pago en la Administración Pública

El pago en una administración se realiza en Hacienda y sus delegaciones. Tanto en el ministerio de Hacienda como en la consejería de Hacienda existe la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que es la encargada de pagar.

Esta dirección general recibe las propuestas de pago de los ministerios/consejerías, las analiza comprobando que el acreedor es correcto, que no le debe nada a Hacienda ni a la Seguridad Social, y se elabora un documento P por el subdirector. Este documento se le pasa al cajero pagador, encargado de preparar y ordenar cheques y transferencias (no existen pagos en efectivo). Este paso finaliza el proceso de la ejecución del gasto presupuestario.

Especialidad en Organismos Autónomos

Organismos como la Seguridad Social y otros entes de la administración tienen caja pagadora, por lo que no existe el documento K de propuesta de pago, ya que paga el presidente del organismo. Una excepción son los SERGAS en Galicia, que no tienen caja pagadora.

Presupuestos Generales

Definición

Los presupuestos son una expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones máximas que puede reconocer una administración pública (incluyendo sus organismos autónomos), así como los derechos que se prevean liquidar, en el periodo de duración del presupuesto.

Componentes de la Definición

  • Cifrado: Conjunto de cifras, los importes del presupuesto.
  • Expresión Conjunta: Los gastos y los ingresos no se presentan de forma aislada, sino que están relacionados, informando de la totalidad de ambos en el periodo considerado.
  • Sistemático: Los presupuestos se preparan siguiendo un plan, el de la contabilidad presupuestaria, con un criterio de clasificación decimal.

Cuando la definición menciona "obligaciones máximas reconocidas", se refiere a que lo máximo que se puede gastar es el importe asignado (lo máximo que se puede llegar a deber son los importes consignados). Los derechos liquidados hacen referencia a que los ingresos presupuestarios son estimaciones.

Legislación Aplicable a los Presupuestos

  • Ley 47/2003 General Presupuestaria (LGP): Normativa básica que establece los pasos para preparar los presupuestos (legislación permanente).
  • Ley de Estabilidad Presupuestaria: Debido a la integración en Europa, se ha cedido parte de la competencia financiera a Bruselas. La administración europea obliga a controlar el gasto para evitar una deuda pública elevada, obligando a todas las administraciones públicas a mantener el equilibrio entre gastos e ingresos. La importancia de este equilibrio llevó a reformar la constitución para fijar constitucionalmente el límite al endeudamiento presupuestario.
  • Ley de Presupuestos Generales del Estado: Cada año, a 1 de enero, entra en vigor una ley de presupuestos específica para ese año, con fecha de caducidad. Esta ley fija el gasto, el ingreso, el IRPF, sociedades, impuestos especiales, etc.
  • Orden Ministerial de Hacienda: Establece anualmente cómo deben solicitar los ministerios los gastos para el año siguiente, fijando las fechas para el envío de solicitudes a Hacienda y la documentación requerida.

Modificaciones Presupuestarias

Son los cambios en la cuantía, finalidad o temporalidad de los créditos inicialmente aprobados en los presupuestos generales. La Ley General Presupuestaria establece que los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la que hayan sido aprobados por la Ley de Presupuestos o por las modificaciones aprobadas conforme a esta ley. Cualquier alteración de los créditos aprobados por las Cortes debe ajustarse a la legislación vigente; de lo contrario, serán nulas de pleno derecho.

Clases de Modificaciones Presupuestarias

  1. Modificaciones de la Limitación Cuantitativa: Son modificaciones en las cantidades asignadas a los créditos, destinadas a financiar gastos no previstos en la Ley de Presupuestos y que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente. En el caso de suplemento de crédito, se incrementa un crédito inicial insuficiente y no ampliable. En todos los casos es necesario justificar la necesidad y urgencia del gasto, así como especificar el medio o recurso para financiar el aumento, detallando la partida presupuestaria a incrementar.
    • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
    • Ampliaciones de crédito.
    • Generaciones de crédito.
  2. Modificaciones de la Limitación Cualitativa: Son modificaciones motivadas por la necesidad de trasladar el importe total o parcial de un crédito presupuestado a otro diferente. No suponen un aumento de los gastos presupuestados, sino ajustes de créditos entre partidas.
    • Transferencias de créditos.
    • Adscripción de créditos.
    • Imputaciones de gasto o créditos otorgados para una finalidad distinta.