Instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias: Parlamento, Gobierno y Cabildos

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Resumen

El documento describe las principales instituciones de autogobierno de Canarias: el Parlamento, el Presidente y el Gobierno, junto con el Diputado del Común, el Consejo Consultivo, el Consejo Económico y Social, la Audiencia de Cuentas y los Cabildos Insulares. Explica sus funciones, la elección de diputados y las relaciones entre Gobierno y Parlamento.

Puntos clave

  • El Parlamento de Canarias ejerce la potestad legislativa, elige al Presidente del Gobierno, controla su acción y aprueba los presupuestos de la Comunidad.
  • Los diputados se eligen por sufragio universal, directo, libre y secreto para un mandato de cuatro años; el número de diputados va de 50 a 70.
  • Cada una de las siete islas constituye una circunscripción electoral; las listas necesitan el 30% de los votos válidos insulares o el 6% autonómico para obtener escaños.
  • El Presidente del Gobierno de Canarias es elegido por el Parlamento y nombra libremente a los Consejeros; el Gobierno no puede tener más de once miembros.
  • El Parlamento controla al Gobierno mediante preguntas, interpelaciones, moción de censura y cuestión de confianza.
  • Los Cabildos Insulares son los órganos de gobierno, administración y representación de cada isla, y actúan también como instituciones autonómicas.

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Las instituciones de la CA de Canarias

1. El Parlamento de Canarias

El Parlamento de Canarias asume la función legislativa sobre las competencias asumidas por la CA, elige al Presidente del Gobierno, controla su acción y la de los miembros del Consejo de Gobierno y puede retirar la confianza otorgada al comienzo de la Legislatura.

· Las elecciones al Parlamento de Canarias

El Parlamento de Canarias es el órgano autonómico representativo de los ciudadanos canarios. Los miembros del Parlamento de Canarias, los diputados, son elegidos mediante sufragio universal, directo, libre y secreto. Las elecciones al Parlamento de Canarias son periódicas: el mandato representativo dura cuatro años.

El régimen jurídico de las elecciones al Parlamento de Canarias está determinado por la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Canarias,

Las condiciones de ejercicio del derecho de sufragio pasivo y activo en las elecciones al Parlamento de Canarias se establecen en el art. 10 EAC. De acuerdo con el art. 4.2 EAC, también gozan de la condición política de canarios, y por tanto de los derechos políticos reconocidos en el Estatuto, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que tuvieron su última vecindad administrativa en Canarias: El art. 9 EAC determina las bases del sistema electoral canario escogiendo la isla como circunscripción electoral y determinando el número mínimo y máximo de Diputados a elegir en las elecciones autonómicas.

La circunscripción insular:

Cada una de las Islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife constituye una circunscripción electoral.

El número de diputados:

El número de Diputados autonómicos no será inferior a 50 ni superior a 70. El reparto de escaños entre las circunscripciones insulares se fundamenta en la regla de la triple paridad: igual representación de las dos provincias (30-30), igual representación de las islas capitalinas (15-15), igual representación de las islas capitalinas y el resto de las islas (30-30).

Las barreras electorales: sólo se podrán asignar diputados a las listas que obtengan, al menos, el 30% de los votos válidos emitidos en la circunscripción insular o, sumando los votos de todas las circunscripciones en donde se presentaron, al menos, el 6% de los votos válidos emitidos en toda la CA. El reparto de escaños entre las candidaturas que han superado las barreras electorales se realiza aplicando la fórmula de reparto proporcional conocida como Ley D’Hont.

· El estatuto de los Diputados autonómicos

Los diputados autonómicos gozan de la prerrogativa de inviolabilidad: La prerrogativa parlamentaria de inviolabilidad garantiza que los diputados no responderán jurídicamente como consecuencia de las ideas u opiniones expresadas en el desempeño de sus funciones parlamentarias. Esta prerrogativa garantiza la libertad de expresión del parlamentario, impidiendo la imposición de sanciones mediante resolución judicial o de sanciones de carácter administrativo o disciplinario. Las ideas y opiniones inviolables son aquellas que el diputado expresa en el ejercicio de su cargo, en el desarrollo de una actividad de naturaleza parlamentaria. La prerrogativa de inviolabilidad acompaña al diputado autonómico incluso cuando ya ha perdido la condición de diputado

En cuanto a la prerrogativa de la inmunidad, los parlamentarios autonómicos no gozan de ella con la misma intensidad que los parlamentarios nacionales. Los diputados autonómicos no podrán ser detenidos o retenidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado salvo en el supuesto de flagrante delito.

Las prerrogativas del estatuto del diputado autonómico se completan con el fuero especial. El enjuiciamiento criminal de un parlamentario corresponde, en todo caso, al Tribunal Superior de Justicia de la CA. Si el delito es cometido fuera de nuestra CA, el diputado debe ser enjuiciado por el Tribunal Supremo.

· La organización del Parlamento de Canarias

El Parlamento de Canarias regula la composición, organización y funciones de sus órganos de gobierno, órganos de funcionamiento así como de los grupos parlamentarios y la Diputación Permanente previstos en el EAC.

· Las funciones del Parlamento:

  1. Ejercer la potestad legislativa de la CA.
  2. Aprobar los presupuestos de la misma.
  3. Controlar políticamente la acción del Gobierno Canario.
  4. Designar a los Senadores representantes de la CA.
  5. Solicitar del Gobierno del Estado la adopción y presentación de proyectos de Ley, y presentar directamente proposiciones de Ley ante las Cortes Generales.
  6. Interponer recursos de inconstitucionalidad.

2. El Presidente del Gobierno de Canarias

El Presidente del Parlamento propondrá un candidato a Presidente del Gobierno Canario. El candidato presentará su programa al Parlamento. Para ser elegido, el candidato deberá obtener en primera votación mayoría absoluta; de no obtenerla, se procederá a una nueva votación pasadas 48 horas, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviera mayoría simple. Caso de no conseguirse dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista anteriormente. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiera obtenido la confianza del Parlamento, éste quedará automáticamente disuelto, procediéndose a la convocatoria de nuevas elecciones para el mismo. El mandato del nuevo Parlamento durará, en todo caso, hasta la fecha en que debiera concluir el del primero.

Una vez nombrado el Presidente, éste nombrará libremente a los restantes miembros de su Gabinete.

· Las funciones del Presidente del Gobierno

Al Presidente le corresponde mantener las relaciones con las otras instituciones del Estado y sus Administraciones, firmar los convenios y acuerdos de cooperación con otras CCAA y nombrar los altos cargos de la CA.

3. El Gobierno de Canarias

El Gobierno de Canarias es un órgano colegiado compuesto por el Presidente, el Vicepresidente y los Consejeros, el número de miembros del Gobierno no puede exceder de once. El Presidente del Gobierno goza de una posición preeminente en el Gobierno ya que “designa y separa libremente” a los restantes miembros del Gobierno, además de dirigir y coordinar la actuación del órgano colegiado.

La formación del Gobierno depende de la voluntad exclusiva del Presidente tras su investidura.

El Vicepresidente será nombrado por el Presidente entre los diputados autonómicos. El Vicepresidente sustituye al Presidente en caso de ausencia, también puede asumir la titularidad de una Consejería.

Los Consejeros son nombrados y separados libremente por el Presidente. Los Consejeros dirigen los distintos departamentos de la Administración autonómica. El Presidente establece las competencias de cada Consejería.

El Consejo de Gobierno es el órgano colegiado de deliberación política que integra a todos los miembros del Gobierno. Funcionamiento: el Gobierno se reúne convocado por el Presidente. La convocatoria deberá ir acompañada del orden del día de la reunión, es necesario que estén presentes el Presidente o quién le sustituya, y al menos la mitad de los miembros del Gobierno. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. En caso de empate, el voto del Presidente será dirimente. Los acuerdos del Gobierno constarán en acta que levantará el Secretario del Gobierno. Los documentos que se presenten al Gobierno, hasta que no los haga públicos y las deliberaciones que tengan lugar en su sesión, tendrán carácter reservado, y sus miembros no podrán divulgarlos, aún cuando hubieran dejado de pertenecer al mismo.

· Las funciones del Gobierno de Canarias

El Gobierno de Canarias es un órgano colegiado que, bajo la dirección del Presidente, establece los objetivos políticos generales de la CA ejerce funciones ejecutivas y dirige la Administración de la CA y goza de potestad normativa.

· Relaciones entre el Gobierno y el Parlamento. Moción de censura y cuestión de confianza.

El Estatuto de Autonomía de Canarias atribuye al Parlamento la potestad de nombrar de entre sus miembros al Presidente de la CA, que lo es también del Consejo de Gobierno; por lo tanto, del Parlamento nacen y dependen las demás instituciones de autogobierno de la región. Además de la investidura del Presidente del Gobierno de Canarias, el Parlamento ejerce el control al Gobierno a través de preguntas e interpelaciones y puede exigir la responsabilidad política del Presidente a través de la moción de censura y la cuestión de confianza.

4. El Diputado del Común

Es el alto comisionado del Parlamento de Canarias encargado de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas y la supervisión de las actividades de las Administraciones Públicas de Canarias en sus relaciones con los ciudadanos a fin de garantizar dichos derechos y libertades.

5. El Consejo Consultivo de Canarias

Es el órgano supremo consultivo de la CA. Dictamina sobre la adecuación a la Constitución Española y al Estatuto de Autonomía de los proyectos y proposiciones de Ley y restantes materias que determine su Ley reguladora. La Ley garantizará su imparcialidad e independencia y regulará su funcionamiento y el estatuto de sus miembros.

6. El Consejo Económico y Social

El Consejo Económico y Social es la institución que canaliza el diálogo social en nuestra CA. El CES es el cauce de participación de los agentes sociales en la definición de las políticas económicas, sociales y laborales de la CA. A pesar de no estar expresamente prevista en el EAC, la creación de este organismo público de carácter consultivo, se fundamenta en los principios de participación y de promoción social y económica proclamados en la Constitución Española. La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Canarias consagran el deber de los poderes públicos de promover y facilitar la participación de los ciudadanos directamente, o a través de organizaciones en la vida económica y social.

7. La Audiencia de Cuentas

Es el órgano colegiado, dependiente del Parlamento de Canarias, encargado de la fiscalización externa de la gestión económica, financiera y contable del sector público de la CA. A pesar de no estar expresamente reconocida en la redacción original de nuestro EA, la Audiencia de Cuentas de Canarias ya fue creada mediante la Ley 4/1989.

Los Cabildos como instituciones autónomas

La propia Constitución Española reconoce un régimen de administración especial para las islas españolas. Los Cabildos son los órganos de gobierno y administración de las Islas Canarias. Las Islas gozan de autonomía local para la gestión de los intereses. Los Cabildos Insulares asumen el gobierno, la administración y la representación de las Islas. Estos son Corporaciones locales cuyo régimen jurídico está determinado por Ley.

Competencias:

Los Cabildos Insulares tienen asignadas competencias en su condición de Corporaciones Locales que gozan de autonomía local y además otro conjunto de competencias adicionales como Instituciones de la CA.

A)

Los Cabildos Insulares, como corporaciones locales, tienen atribuido el Gobierno, la administración y representación de cada isla y gozan de plena autonomía para el ejercicio de sus competencias propias. El Cabildo también podrá ejecutar competencias municipales por acuerdo de sus respectivos ayuntamientos.

B)

El Estatuto de Autonomía asigna a los Cabildos Insulares una serie de atribuciones que son ejercidas en calidad de instituciones autonómicas:

  • La iniciativa legislativa en el Parlamento Autónomo
  • la Comisión General de Cabildos Insulares

Los Cabildos participan en el procedimiento de reforma del Estatuto de Autonomía.

  • Los Cabildos Insulares, llevan a cabo la representación ordinaria del Gobierno de Canarias en cada isla.
  • Los Cabildos pueden asumir competencias ejecutivas transferidas o delegadas por la Administración autonómica.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos diputados tiene el Parlamento de Canarias?

El número de diputados autonómicos no puede ser inferior a 50 ni superior a 70. El reparto entre islas se basa en la regla de la triple paridad.

¿Qué es el Diputado del Común?

Es el alto comisionado del Parlamento de Canarias encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas y de supervisar la actuación de las Administraciones Públicas canarias en su relación con los ciudadanos.

¿Cuántos miembros puede tener el Gobierno de Canarias?

El Gobierno está compuesto por el Presidente, el Vicepresidente y los Consejeros, y el número de miembros no puede exceder de once.

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1. ¿Cuál es el mandato de los diputados del Parlamento de Canarias?
2. ¿Qué porcentaje de votos válidos insulares necesita una lista para obtener escaños?
3. ¿Quién nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias?
4. ¿Qué órgano es el encargado de la fiscalización externa de la gestión económica del sector público canario?
5. ¿Cuál es el órgano supremo consultivo de la Comunidad Autónoma de Canarias?
6. ¿Quién puede exigir la responsabilidad política del Presidente del Gobierno de Canarias?

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