Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: esquema general de liquidación y claves prácticas
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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones — Esquema general de liquidación
Determinar normativa autonómica aplicable. Calcular BASE IMPONIBLE (BI). Aplicar reducciones → BASE LIQUIDABLE (BL). Aplicar tarifa → CUOTA ÍNTEGRA (CI). Aplicar coeficiente multiplicador (patrimonio preexistente). Aplicar bonificaciones autonómicas → CUOTA FINAL.
Normativa aplicable (pregunta típica)
Es imprescindible determinar la normativa autonómica que corresponda según el tipo de hecho imponible:
Donaciones (inter vivos)
- Si es inmueble → normativa de la Comunidad Autónoma donde radique el inmueble.
- Si es dinero o bien mueble → normativa de la residencia del donatario.
Sucesiones (mortis causa)
- Se aplica la normativa de la residencia habitual del causante.
Base imponible — Sucesiones
Paso 1: Calcular caudal relicto = Bienes – deudas + ajuar doméstico.
Ajuar doméstico: 3% del caudal relicto (salvo que se pruebe otro valor o no exista).
Paso 2: Dividir según adjudicación real (no según lo que le “correspondería” teóricamente).
Paso 3: Añadir seguros de vida (si el beneficiario es distinto del contratante).
⚠ Plan de pensiones NO tributa por ISD → tributa en IRPF.
Usufructo en ISD
- Vitalicio: 89 − edad = % (límites: mínimo 10%, máximo 70%).
- Temporal: 2% × número de años (máx. 70%).
- Nuda propiedad: Valor del bien − valor del usufructo.
Seguros de vida
Se suman a la BI del beneficiario.
Si el contratante = causante → se acumula a su porción hereditaria.
Donaciones — Base imponible
Valor real del bien − cargas y deudas deducibles.
IMPORTANTE: Si el donatario asume la deuda → se resta de la BI. Si NO la asume → NO se resta.
Reducciones (clave examen — Comunidad Valenciana)
- Grupo II (hijos mayores de 21 años): Reducción 100.000 €.
- Discapacidad:
- ≥ 33% física o psíquica → 120.000 €
- ≥ 65% → 240.000 €
- Si la reducción supera la BI → BL = 0 (no puede ser negativa).
Tarifa y cuota íntegra
Aplicar escala progresiva estatal o autonómica (según indiquen).
Estructura: Hasta X → cuota fija; Resto → porcentaje marginal.
Coeficiente multiplicador
Depende de:
- Grupo de parentesco
- Patrimonio preexistente
Grupo II normalmente: 1,0000 si patrimonio preexistente ≤ determinados límites.
Bonificaciones — Comunidad Valenciana
En muchos supuestos: bonificación del 50% de la cuota. Se aplica al final.
Errores típicos que restan puntos
- Aplicar normativa de la residencia del donante en donaciones de inmuebles (ERROR).
- Incluir plan de pensiones en ISD (ERROR).
- No añadir seguro de vida a la BI.
- No aplicar reducción por discapacidad.
- Olvidar dividir bienes gananciales antes de heredar.
- No comprobar si el donatario asume la deuda.
- Hacer la BL negativa (imposible → es 0).
Orden perfecto para redactar en examen
- Determino normativa aplicable.
- Calculo BI (detallando bienes, deudas, seguros).
- Aplico reducciones por grupo y discapacidad.
- Obtengo BL.
- Aplico tarifa.
- Aplico coeficiente multiplicador.
- Aplico bonificación autonómica.
- Obtengo cuota a ingresar.
Nota final: Mantener claridad en cada apartado y justificar los importes (especialmente ajuar, valoración de inmuebles, seguros y existencia o no de deudas asumidas) es clave para evitar errores en la liquidación.