Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: esquema general de liquidación y claves prácticas

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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones — Esquema general de liquidación

Determinar normativa autonómica aplicable. Calcular BASE IMPONIBLE (BI). Aplicar reducciones → BASE LIQUIDABLE (BL). Aplicar tarifa → CUOTA ÍNTEGRA (CI). Aplicar coeficiente multiplicador (patrimonio preexistente). Aplicar bonificaciones autonómicas → CUOTA FINAL.

Normativa aplicable (pregunta típica)

Es imprescindible determinar la normativa autonómica que corresponda según el tipo de hecho imponible:

Donaciones (inter vivos)

  • Si es inmueble → normativa de la Comunidad Autónoma donde radique el inmueble.
  • Si es dinero o bien mueble → normativa de la residencia del donatario.

Sucesiones (mortis causa)

  • Se aplica la normativa de la residencia habitual del causante.

Base imponible — Sucesiones

Paso 1: Calcular caudal relicto = Bienes – deudas + ajuar doméstico.

Ajuar doméstico: 3% del caudal relicto (salvo que se pruebe otro valor o no exista).

Paso 2: Dividir según adjudicación real (no según lo que le “correspondería” teóricamente).

Paso 3: Añadir seguros de vida (si el beneficiario es distinto del contratante).

⚠ Plan de pensiones NO tributa por ISD → tributa en IRPF.

Usufructo en ISD

  • Vitalicio: 89 − edad = % (límites: mínimo 10%, máximo 70%).
  • Temporal: 2% × número de años (máx. 70%).
  • Nuda propiedad: Valor del bien − valor del usufructo.

Seguros de vida

Se suman a la BI del beneficiario.

Si el contratante = causante → se acumula a su porción hereditaria.

Donaciones — Base imponible

Valor real del bien − cargas y deudas deducibles.

IMPORTANTE: Si el donatario asume la deuda → se resta de la BI. Si NO la asume → NO se resta.

Reducciones (clave examen — Comunidad Valenciana)

  • Grupo II (hijos mayores de 21 años): Reducción 100.000 €.
  • Discapacidad:
    • ≥ 33% física o psíquica → 120.000 €
    • ≥ 65% → 240.000 €
  • Si la reducción supera la BI → BL = 0 (no puede ser negativa).

Tarifa y cuota íntegra

Aplicar escala progresiva estatal o autonómica (según indiquen).

Estructura: Hasta X → cuota fija; Resto → porcentaje marginal.

Coeficiente multiplicador

Depende de:

  • Grupo de parentesco
  • Patrimonio preexistente

Grupo II normalmente: 1,0000 si patrimonio preexistente ≤ determinados límites.

Bonificaciones — Comunidad Valenciana

En muchos supuestos: bonificación del 50% de la cuota. Se aplica al final.

Errores típicos que restan puntos

  • Aplicar normativa de la residencia del donante en donaciones de inmuebles (ERROR).
  • Incluir plan de pensiones en ISD (ERROR).
  • No añadir seguro de vida a la BI.
  • No aplicar reducción por discapacidad.
  • Olvidar dividir bienes gananciales antes de heredar.
  • No comprobar si el donatario asume la deuda.
  • Hacer la BL negativa (imposible → es 0).

Orden perfecto para redactar en examen

  1. Determino normativa aplicable.
  2. Calculo BI (detallando bienes, deudas, seguros).
  3. Aplico reducciones por grupo y discapacidad.
  4. Obtengo BL.
  5. Aplico tarifa.
  6. Aplico coeficiente multiplicador.
  7. Aplico bonificación autonómica.
  8. Obtengo cuota a ingresar.

Nota final: Mantener claridad en cada apartado y justificar los importes (especialmente ajuar, valoración de inmuebles, seguros y existencia o no de deudas asumidas) es clave para evitar errores en la liquidación.