Historia del sufragio en España: de Cádiz a la Segunda República

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Resumen

El documento recorre la evolución del derecho al voto en España desde las Cortes de Cádiz hasta la Segunda República. Explica el paso de los sistemas censitarios e indirectos del siglo XIX a la conquista progresiva del sufragio femenino durante la dictadura de Primo de Rivera y en 1931. Permite comprender cómo cambió el número de electores a lo largo de la historia contemporánea.

Puntos clave

  • La Constitución de 1812 estableció el sufragio universal masculino indirecto, con tres niveles: parroquia, partido y provincia.
  • El Estatuto Real de 1834 reservaba el voto al Estamento de Procuradores y solo el 0,15% de la población podía votar.
  • La Constitución moderada de 1845 concedía el sufragio solo al 0,8% de la población.
  • El Estatuto Municipal de 1924 de Primo de Rivera concedió por primera vez derechos políticos a la mujer en las elecciones municipales.
  • En 1931 las mujeres podían ser candidatas, pero no votar; el derecho al voto femenino se reconoció en el artículo 36 de la Constitución de 1931.

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La Evolución del Sufragio en España: Un Recorrido Histórico

El derecho a elegir a los representantes políticos se asocia a la Revolución Liberal, iniciada en España con las Cortes de Cádiz. Estas primeras elecciones combinaron métodos del Antiguo Régimen y regularon el primer sufragio censitario e indirecto de la historia de España. La Constitución de 1812 estableció el sufragio universal masculino indirecto con tres niveles: parroquia, partido y provincia.

La Restauración absolutista derogó esta legislación, que fue retomada durante el Trienio Liberal (1820-1823) para volver a derogarse en la Década Ominosa (1823-1833). El Estatuto Real de 1834 establecía el sufragio para elegir solo al Estamento de Procuradores, y únicamente el 0,15% de la población tendría derecho a voto.

El Sufragio en el Siglo XIX: Restricciones y Aperturas

La Constitución progresista de 1837 y la ley electoral posterior establecieron un sufragio censitario para el 2,2% de la población. La Constitución moderada de 1845 solo concedía el derecho al sufragio al 0,8% de la población. Sin embargo, el Acta Adicional de la Constitución de 1857 elevó este número al 1% de la población, y la última ley electoral de los moderados, en 1865, amplió el número al 2,6% de la población al conceder el derecho al voto a profesionales liberales, sin que tuvieran que demostrar un mínimo nivel de riqueza.

La Restauración Borbónica (1874-1931) mantuvo el sufragio universal masculino para elegir las Cortes Constituyentes en 1875, mientras que la Constitución de 1876 dejaba para una futura ley electoral la regulación del sufragio.

El Sufragio Femenino: Un Hito en el Siglo XX

Primo de Rivera concedió, por primera vez en la historia de España, derechos políticos a la mujer a través de su Estatuto Municipal de 1924. Este otorgaba el voto a las mujeres en las elecciones municipales (podían votar las emancipadas mayores de 23 años y las casadas), y también podían ser candidatas. Las mujeres votaron, sin embargo, en un referéndum organizado por la Unión Patriótica en 1926 para mostrar la adhesión al régimen. Finalmente, en la Asamblea Nacional de 1927 se reservaron algunos escaños para mujeres elegidas de forma indirecta desde ayuntamientos y diputaciones.

Las elecciones a Cortes Constituyentes de 1931 se realizaron con sufragio universal masculino, pero se reconoció el sufragio pasivo femenino (es decir, las mujeres podían presentarse como candidatas, pero aún no votaban). Fueron elegidas diputadas Margarita Nelken (PSOE), Clara Campoamor (PRR) y Victoria Kent (PRRS). La Constitución de 1931, en su artículo 36, reconoció finalmente el derecho al voto femenino.

Las mujeres pudieron presentarse como candidatas y votar libremente en las elecciones generales de noviembre de 1933.

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Preguntas frecuentes

¿Qué reconoció el artículo 36 de la Constitución de 1931?

Reconoció finalmente el derecho al voto femenino. Antes, en las elecciones de 1931, las mujeres podían presentarse como candidatas pero no votar.

¿Qué fue el Estatuto Municipal de 1924?

Fue una norma de Primo de Rivera que, por primera vez en España, otorgó a las mujeres derechos políticos en las elecciones municipales. Podían votar las emancipadas mayores de 23 años y las casadas, y también ser candidatas.

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Test

1. ¿Qué tipo de sufragio estableció la Constitución de 1812?
2. ¿Qué porcentaje de la población podía votar con la Constitución moderada de 1845?
3. ¿Qué norma de 1924 concedió por primera vez derechos políticos a la mujer en España?
4. ¿Qué mujeres fueron elegidas diputadas en 1931 según el documento?
5. ¿Qué limitación tenían las mujeres en las elecciones a Cortes Constituyentes de 1931?

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