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drxo laboral: -trata ls rlacions entr trabajador y emprsario. ant juez, bnficiado sl trabajador. art.1.1et: 1.-voluntariamnt(no stará obligado a trabajar).2.-rtribui2(paga2).3.-d cuenta ajna(currant cobra si o si, indpndientmnt d la situacion d la emprsa)4.-bajo dircció n d 1 emprsario(currant dpnd d ls ó rdns dl jf, st pued sancionarl o rcompnsarl).emprsario:=patrono.-da trabajo a trabajadors. rcib trabajo a cambio d dinro.s dudor dl salario.propietario d mdios d produccion.art.1.2et.s obligatorio tnr título xa sr emprsario en ciertos oficios.drxos y obligacions: librlccion dl trabajo a dar,a adkirirl trabajo dl trabajador,asuml risgo d laopracion,pagar,sguridad e igien enl trabajo,facultads d mando xa distribuirl trabajo.sancions:encubiertas y ncsarias.traslado =tmxal.dsplazamiento=dfinitivo. trabajador:raliza 1 trabajo a cambio d salario con ls obligacions dl art.1. drxos:drxos economicos, profsionals, prsnals, colctivos. obligacions:pronals, d fidlidad(d laltad,scrto profsional,abstncion).carta d dspido:dmostracion dl dspido x copia firmada,si no kier firmar 2 tstigos,20 dias xa prsntar dmanda,ants dl juzgado conciliacion en imac,radmision(rgular,irrgular),dspido(improcdnt, nulo).contrato d trabajo laboral:prsna fisica k s obliga a prstar voluntariamnt 1 srvicio. contrato pued sr x scrito o dpalabra,d tiempo indfinido o dfinido,priodo d prueba=max 6mss.modificacions dl contrato:rsolucion: praviso xpart dl trabajador dpnd d su pusto,rsolucion y ad+ cobra la indmnizacion x incumplimiento d ls dbrs emprsarials. extincion dl contrato:voluntaria( si condicions d trabajo an cambiado, falta d pagos )objtiva( x inptitud dl trabajador, falta d adaptacion, falta d asistncias )disciplinaria (faltas rptidas injustificadas, indisciplina o dsobdncia, ofnsas vrbals o fisicas) .tiempo d trabajo:40 oras smanals.oras extras:mdiant convnio colctivo contrato individual.El salario: art.26et.Es salario en dinero o especie. salario minimo:600€. pagos:=14.12 mensuales+2extras(es posible proratearlas en meses). garantías:art.23et:creditos por salarios por los ultimos 30 dias de trabajo y en cuantia que no supere el doble SMI tienen preferencia sobre cualquier otro credito. Formas: Devengos(Salariales(salario base,horas extraodrinarias,gratificaciones,renumeracion en especie, complementos(personales, puesto de trabajo,cantidad de trabajo,calidad de trabajo,residencia))no salariales(Dietas,locomociones,quebranto de moenda,desgaste de utiles y herramientas,indemnizacion(por despido,por traslado, de seguridad social)));Deducciones(Seguridad social,irpf,retenciones judiciales,sanciones,faltas de asistencia,faltas de puntualidad,amortizacion de prestamos,créditos de compra,anticipos(a cuenta del trabajo ya realizado,de trabajos futuros, a cuenta de comisiones) .Contrato duracion indefinida: no tienen fecha de finalizacion. Contrato por tiempo indefinido: concepto (contratar trabajadores por tiempo indefinido) requisitos (ninguno) forma (verbal o por escrito) incentivos (no genera derecho a incentivos) contrato de fomento de la contratación indefinida: concepto (contratación por tiempo indefinido de trabajadores q pertenecen a colectivos con dificultades para su inserción laboral) requisitos trabajadores ( jóvenes desempleados de 16 a 30 años, mujeres desempleadas contratadas para prestar servicios en profesiones con menor indice de empleo femenino, parados q lleven al menos 6 meses inscritos como demandantes de empleo, desempleados mayores de 45, personas discapacidad.) indemnización ( en caso de despido … indemnización de 33 dias de salario por año de servicio, hasta un max de 24 mensualidades otros contratos principal caracteristica es la discontinuidad de la jornada o de las fechas de trabajo.contrato tiempo parcial: concepto: (prestación de servicios durante un nº de horas al dia, semana, mes o año) duracion (indefinida o determinada conforme a la normativa q regula estos contratos) horas extra (no pueden efectuarlas salvo las de fuerza mayor) horas complementarias (pueden pactarse por escrito en contratos duracion indefinida, no pueden superar 15% de las ordinarias del contrato. No cotizan adicionalmente y se retribuyen como si fueran ordinarias) salario (proporcional a la jornada trabajada).CONTRATO PARA LA FORMACIÓ N(pagina d darrera continuacio d sota d tot) : Los requisitos de los trabajadores son: Ser mayor de 16 años y no haber cumplido los 21.No tener la titulación requerida para realizar un contrato en prácticas, no haber desempeñado con anterioridad el puesto de trabajo para el que se contrata, en la misma empresa, por un tiempo superior a 12 meses. No haber agotado la duración máxima establecida para los contratos de aprendizaje o para la formación en una relación laboral anterior, en la misma o distinta empresa. Requisitos formales; El contrato deberá formalizarse x escrito, en modelo oficial, haciendo constar el nivel ocupacional, oficio o puesto d trabajo, así como el tiempo dedicado a la formación teórica, la duración del contrato y el nombre y cualificación profesional d la pax designada como tutor. Período de prueba, duración y prórroga; Podrá concertarse x escrito un período de prueba con q no podrá exceder de 2 meses. La duración del contrato no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años.La jornada será a tiempo completo. Las partes podrán acordar hasta 2 prórrogas, Obligaciones de las partes; El e.estará obligado a proporcionar al trabajador la formación y el trabajo efectivo adecuado. El e.deberá tutelar el desarrollo formativo, El tiempo dedicado a la formación teórica, no será inferior al 15% de la jornada máxima prevista. En el plazo de 1 mes desde la finalización de las enseñanzas, el e. deberá emitir un certificado en donde conste el contenido formativo asignado y el nivel d formación práctica adquirida. Retribución y normas d Seguridad Social;La retribución del trabajador contratado para la formación será la fijada en convenio colectivo, sin q, en su defecto pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Extinción;.igual q contrato en practicas

contrato para la realizació n de trabajos fijos discontinuos: concepto (contrato indefinido a tiempo parcial para efectuar trabajos q se repiten todos los años) duracion (se suscribe cuando se trabaja anualmente algunos meses o semanas) incentivos (los establecidos en la ley) 3. obligaciones con la seguridad social a cumplir por el empresario: inscripción de la empresa en la seguridad social, afiliación de los trabajadores, alta de los trabajadores, baja y variación de los trabajadores y cotizacion ala seguridad social De relevo:La persona contratada realiza la labor q ahora no realiza el jubilado . P or obra o servicio: se efectuan para la realizacion d obras y servicios q no tengan duracion determinada .Por jubilacion parcial: Se emplea cuando el trabajador accede a este tipo d jubilacion. Durara hasta q se produzca la jubilacion. La duracion dl contrato sera d un año.1- modificacion del contrato:·el empresario puede modificar algunos contenidos. ·movilidadfuncional: -funciones de categorias superiores le pagaran la diferencia salarial, podra solicitar el ascenso a esta categoria si trabaja mas de 50% de la jornada anual. -funciones de categorias inferiores:realizarlas sin reduccion salarial.· modificacion de condiciones del trabajo:condiciones basicas:la productividad,metodos de trabajo,organizacion y tiempo de trabajo.· movilidad geografica: -desplazo temporal:comunicarlo con 5 dias,maximo 12 meses,por cada 3 meses permiso retribuido mas gastos de viaje,compensacion. -desplazo definitivo: comunicarlo con 30 dias, conpensacion a la familia, solo se puede aceptarlo o extingir el contrato.2- suspension del contrato de trabajo: es la paralizacion temporal de la relacion laboral, no le pagan el contrato, una vez treminada la suspension el trabajador se incorpora. -causas: acuerdo entre la empresa y el trabajador, incapacidad temporal, privacion de la libertad, maternidad de la mujer 16 semanas, razones disciplinarias, fuerza mayor, huelga o cierre legal. -las excedencias: forzadas, voluntarias o por cuidar a un hijo menor de 6 años discapatizado.3- la exatincion del contrato de trabajo:la desaparicion del contrato de trabajo. -causas:terminacion de los contratos temporales, dimision del trabajador, abandono del puesto de trabajo, despido disciplinario, extincion de contrato por causas objetivas, despidos colectivos y de fuerza mayor, extincion por jubilacion.4- despido desciplinario: esta motivado por incumplimiento graves y culpables del trabajador. -causas:embriaguez habitual o toximania si influyue en el trabajo,disminucion de la productividad, ofensas vervales o fisicas,faltas repetidas, indisciplina, mala fe o abuso de confianza. - tramitacion de la empresa: carta de despido, tendra q darse la causa, el echo en los ultimos 12 meses. - reclamacion del trabajador :20 dias de plazo para la reclamacion, se deve intentar un acuerdo con la empresa. -posibles sentencias:despido nulo, despido procedente, despido improcedente. Exercici per calcular la indemnització ; modificació horari= 20 dies x any. coges el salario(780 + 120)x 2=1800. prorrateig de pago extra 1800/12= 150. salario diario: 780+120+90=990 euros q cobra al mes + 150 euros= 1149 al mes. 1140euros al mes/30 dies: 38 € diaris. 20 dies x 38€diaris= 760 € than d pagar a l'any. 760€ x 10 anys treballts=7600€ total que rep dindemitzacio. T ema 6 CONTRATOS D FORMACIÓN: Consideraciones Preeliminares: Estos contratos son d 2 tipos distintos e independientes y cuentan cada uno d ellos su regulación.Contrato d trabajo en prácticas: requisitos El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. Requiere q no hayan transcurrido más de 4 años desde la terminación de los correspondientes estudios Requisitos formales; El contrato deberá formalizarse por escrito, haciendo constar la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto o puestos de trabajo a desempeñar durante las prácticas. Período de prueba, duración y prórroga; La duración del contrato no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años. Ningún trabajador, podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa, por tiempo superior a 2 años en virtud de la misma titulación. Retribución; Será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin q, en su defecto, pueda ser inferior al 60% ó 75% durante el 1º o 2º año de vigencia del contrato. Las citadas cuantías no podrán ser en ningún caso inferiores al salario mínimo interprofesional. Extinción; por mutuo acuerdo entre las partes, causas consignadas en el contrato, expiración del tiempo convenido, dimisión del trabajador, muerte, invalidez o incapacidad permanente total absoluta del trabajador, jubilación, incapacidad o extinción, fuerza mayor, despido colectivo, voluntad del trabajador con causa justificada, despido disciplinario y causas objetivas legalmente procedentes. A la terminación del contrato el e. deberá entregar al trabajador un certificado en el q conste la duración de las prácticas, el puesto de trabajo .desempeñados y las principales tareas realizadas

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