Fase Intermedia y Sobreseimiento en el Proceso Penal Español
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La Fase Intermedia en el Proceso Penal: Diferencias entre Procedimiento Ordinario y Abreviado
La diferencia fundamental radica en que, en el proceso ordinario, la decisión de cierre de la instrucción recae en el juez de instrucción. Este transforma el procedimiento, si procede, o remite los autos al órgano enjuiciador, comunicándolo a las partes. Ante este último se lleva a cabo la revisión de lo actuado en la instrucción, el sobreseimiento, o la apertura de juicio oral y la elaboración de los escritos de calificaciones provisionales.
En el procedimiento abreviado, la fase intermedia se sitúa ante el juez de instrucción. La apertura de juicio oral depende de su petición expresa en el escrito de acusación. Las actuaciones no se remiten al órgano enjuiciador (Juez de lo Penal o Audiencia Provincial, según la gravedad del delito) hasta que se haya abierto el juicio oral y se haya formulado escrito de defensa o haya transcurrido el plazo para ello.
Extensión y Contenido de la Fase Intermedia
Procedimiento Ordinario
La mayoría de la doctrina procesal entiende que la fase intermedia del procedimiento ordinario abarca todas las actuaciones desde el auto de conclusión del sumario hasta el auto de apertura del juicio oral o aquel en que se sobresee.
Procedimiento Abreviado
La Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) de 1988 modificó sustancialmente la fase intermedia. Primero, la situó ante el propio juez de instrucción, en lugar de ante el órgano decisor. Segundo, configuró una etapa procesal en la que, con el pretexto de reforzar el principio acusatorio, se ampliaban las funciones de los acusadores (especialmente del Ministerio Fiscal) y se excluía la intervención del acusado hasta que se le daba traslado del escrito formal de acusación.
Breve Mención a la Fase Intermedia en el Enjuiciamiento Rápido
De forma similar a lo que ocurre en el procedimiento abreviado, la fase intermedia se inicia cuando el juez de guardia acuerda seguir por los trámites del enjuiciamiento rápido mediante un auto (que puede ser oral, aunque se documente posteriormente). Este auto, a diferencia de su equivalente en el procedimiento abreviado, es expresamente irrecurrible.
El Sobreseimiento en el Proceso Penal
La terminación del proceso penal se asocia comúnmente con la sentencia, el pronunciamiento judicial dictado tras el juicio oral que resuelve sobre la imposición de la pena solicitada por las acusaciones. Sin embargo, la sentencia no es la única forma de finalizar el proceso. Este puede concluir, incluso antes de la apertura del juicio oral, mediante un auto de sobreseimiento.
Tipos de Sobreseimiento
Sobreseimiento Libre (art. 637 LECrim)
El sobreseimiento libre tiene los mismos efectos que una sentencia absolutoria, es decir, reviste carácter definitivo y posee la autoridad de cosa juzgada material. El imputado no queda expuesto a una posterior reapertura de la causa ni sometido a un estado permanente de sospecha.
Sobreseimiento Provisional (art. 641 LECrim)
A diferencia del sobreseimiento libre, el provisional no implica la terminación definitiva del proceso. Consiste en una suspensión o paralización del proceso por falta de pruebas sobre la existencia del delito o sobre su atribución a una persona determinada. Aunque el desenlace absolutorio del juicio es previsible, existen indicios racionales de la comisión del delito y la probabilidad de que aparezcan nuevas pruebas, lo que impide una absolución definitiva.
Efectos del Sobreseimiento
Efectos Comunes a Toda Clase de Sobreseimiento
- Se archiva la causa y las piezas de convicción sin dueño conocido.
- Se dejan sin efecto la prisión provisional y otras medidas cautelares acordadas.
Efectos del Sobreseimiento Libre
- Como ya se ha mencionado, el sobreseimiento libre equivale a la absolución por sentencia, con autoridad de cosa juzgada material. Se excluye un enjuiciamiento posterior del imputado por los mismos hechos.
- Si el sobreseimiento se basa en los números 1º o 2º del art. 637 LECrim, el imputado absuelto puede solicitar al Tribunal que le reserve el derecho de perseguir al querellante por calumnias.
Efectos del Sobreseimiento Provisional
Produce una suspensión o paralización del proceso penal, que se reabrirá si aparecen pruebas que permitan fundar la acusación. Lo dicho sobre la persecución del querellante por calumnias es también aplicable al sobreseimiento provisional (STC).
Recursos
Procedimiento ordinario por delitos graves: Contra el auto de sobreseimiento libre fundado en la falta de tipicidad penal de los hechos, cabe recurso de casación si alguien estuviera procesado como culpable. Contra otros sobreseimientos (libres o provisionales), no cabe recurso, al no ser resoluciones definitivas y no concederse expresamente un recurso contra ellas.