Extinción de las obligaciones: concepto de pago y subrogación

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Resumen

El documento explica las formas de extinguir las obligaciones, centrándose en el pago como cumplimiento de la prestación debida. Describe sus elementos esenciales y accidentales, la forma de pagar obligaciones de dar, hacer y no hacer, y el concepto y clases de la subrogación.

Puntos clave

  • El pago es el cumplimiento de la prestación debida por el deudor al acreedor, sea cual sea su objeto.
  • Los elementos esenciales del pago son una obligación válida y la intención del deudor de extinguirla con el pago.
  • Las obligaciones de hacer pueden cumplirse por el deudor o por un tercero, salvo las intuitu personae.
  • Las obligaciones de no hacer se cumplen o incumplen de manera absoluta.
  • En las deudas de cosa cierta, si hubo culpa del deudor en la pérdida o deterioro, debe indemnizar daños y perjuicios.
  • La subrogación se produce cuando el tercero que paga tiene interés jurídico en el cumplimiento o lo adquiere por convenio; puede ser real, personal o legal.

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Modos de extinguir las obligaciones

Concepto de pago

Es el cumplimiento de la prestación debida por el deudor al acreedor, cualquiera que sea el objeto de esta.

Elementos esenciales

  • Obligación válida: Cuando no es nula o anulable.
  • Intención del deudor: El propósito de extinguir la obligación con el pago (este elemento debe concurrir con la ejecución de la prestación).

Pago de las obligaciones

  • De dar: Se establece que cuando el pago consiste en transferir al acreedor la propiedad de la cosa pagada, el pago no es válido si no concurren en el solvens dos condiciones.
  • De hacer: Pueden ser cumplidas directamente por el deudor o por un tercero, salvo las obligaciones intuitu personae. Se realizan en especie, mediante cumplimiento voluntario o forzoso, y mediante cumplimiento equivalente.
  • De no hacer: La característica fundamental es la de abstenerse o de tolerar la realización de una actividad. Como no son susceptibles de cumplimiento diverso por parte del deudor, se cumplen o se incumplen de manera absoluta.

Maneras de realizar el pago

  • Cosa cierta y determinada: El deudor se libera entregando la cosa en el estado en que se encuentre; pero si ha habido culpa por parte del deudor en el deterioro o pérdida de la cosa, deberá indemnizar al acreedor por daños y perjuicios.
  • Cuerpos in genere: Si la deuda es de una cosa determinada únicamente en su especie, el deudor, para liberarse de la obligación, no está obligado a dar una mejor calidad ni puede dar una de la peor.
  • Sumas de dinero: Cuando la obligación recae sobre sumas de dinero, se seguirá rigurosamente lo estipulado por la Ley del Banco Central y otros institutos de crédito.

Elementos accidentales del pago

Son aquellas circunstancias que reúnen todo pago sin que le sean esenciales. Estos elementos son de naturaleza variable según la manifestación de voluntad de las partes o la propia naturaleza de la obligación.

Subrogación

Concepto: Es cuando el tercero que hace el pago tiene interés jurídico en el cumplimiento de la obligación o adquiere ese interés por convenio con cualquiera de las partes.

Clases de subrogación

  • Real.
  • Personal.
  • Legal.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el pago en las obligaciones?

Es el cumplimiento de la prestación debida por el deudor al acreedor, cualquiera que sea el objeto de esta. Para ser válido debe existir una obligación válida y la intención del deudor de extinguirla.

¿Qué ocurre si el deudor deteriora o pierde la cosa debida?

Si ha habido culpa del deudor en el deterioro o pérdida de la cosa, deberá indemnizar al acreedor por daños y perjuicios.

¿Cuándo hay subrogación?

Hay subrogación cuando el tercero que hace el pago tiene interés jurídico en el cumplimiento de la obligación o lo adquiere por convenio con cualquiera de las partes.

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Test

1. ¿Qué es el pago según el texto?
2. ¿Cuál es un elemento esencial del pago?
3. ¿Qué obligaciones de hacer no pueden cumplirse por un tercero?
4. ¿Cómo se cumplen las obligaciones de no hacer?
5. ¿Qué debe hacer el deudor de una cosa cierta si la pierde por su culpa?
6. ¿Qué tipos de subrogación se mencionan?

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