La Estructura Política del Estado Franquista: Leyes Fundamentales y Democracia Orgánica

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La estructura del nuevo Estado

La dictadura franquista pretendió dar una imagen de legalidad con la promulgación de una serie de Leyes Fundamentales que ocupaban el lugar de una constitución inexistente y con la creación de unas Cortes. Este entramado político fue bautizado como “democracia orgánica”.

Las Leyes Fundamentales

Las Leyes Fundamentales fueron:

  • Fuero del Trabajo (1938): establecía los principios del nacionalsindicalismo y estaba inspirado en la Carta del Laboro italiana.
  • Ley Constitutiva de las Cortes (1942).
  • Fuero de los Españoles (1945): una especie de declaración de derechos subordinada a los principios del Movimiento, sin garantía de poder ejercerlos.
  • Ley del Referéndum Nacional (1945).
  • Ley de Sucesión (1947): preveía que al franquismo le sucediera una monarquía.
  • Ley de Principios del Movimiento (1958): reafirmaba al Movimiento Nacional como partido único.
  • Ley Orgánica del Estado (1966).

Las Cortes franquistas

Las Cortes franquistas no tenían representación democrática y sus miembros eran los procuradores, de los cuales:

  • Una parte eran elegidos por el jefe del Estado.
  • Otra parte eran procuradores por razón de su cargo (alcaldes, rectores, jerarquía eclesiástica).
  • Un tercer grupo era elegido por sufragio restringido e indirecto por el sindicato, el Ayuntamiento y la Familia.

Se trataba de una representación corporativa por tercios, inspirada en el sistema corporativo italiano. Las Cortes franquistas, por tanto, no eran elegidas democráticamente y no poseían el poder legislativo, sino que eran solo un órgano de colaboración.

Plano territorial y control social

En el plano territorial, el poder recaía en los gobernadores civiles, que eran a su vez jefes provinciales del Movimiento. También había un gobernador militar. En los Ayuntamientos, los alcaldes, que eran también jefes locales del Movimiento, eran elegidos por el gobernador civil.

Los Sindicatos Verticales

En cuanto a los Sindicatos Verticales, la Ley de Unidad Sindical de 1940, inspirada en el modelo corporativo de la Italia fascista, establecía que empresarios y trabajadores se integrarían según las ramas de producción. El Estado establecía las condiciones laborales, anulaba la negociación colectiva y prohibía la huelga. Ello permitió salarios bajos y amplios beneficios empresariales.