Delitos Contra la Propiedad: Diferencias, Tipos y Penalidades del Robo, Hurto y Receptación

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Introducción a los Delitos de Hurto y Robo

Tipos Específicos de Hurto

Hurto de Hallazgo

Consiste en encontrar una cosa mueble al parecer perdida y no entregarla a su dueño o a la autoridad. Será castigado con pena menor en su grado mínimo a máximo, cualquiera que sea el valor de la especie.

Apropiación de Cosas Perdidas en Catástrofe

Acá, al igual que en el caso anterior, no hay desplazamiento de la cosa desde la esfera de resguardo de su dueño. Su pena es la del artículo 446, dependiendo de la cuantía de la cosa hurtada, más la agravante del artículo 12 N° 10.

Distinción Fundamental entre Robo y Hurto

¿Qué diferencia hay entre el robo y el hurto?

El hurto afecta solo a la propiedad. En cambio, en el robo se afectan otros bienes jurídicos aparte de la propiedad, como son la integridad física, psíquica, la vida, etc.

El Delito de Robo y sus Modalidades Agravadas

Robo Simple

El que sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse se apropia de cosa mueble ajena usando violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas, comete robo. Ataca dos bienes jurídicos: La propiedad y la salud.

  • Tipo subjetivo: Dolo directo.
  • Pena: Pena mayor en su grado mínimo a máximo.

Robo con Violencia o Intimidación (Art. 433)

Violencia

Involucra el empleo de fuerza física, castigos, malos tratos, etc. Esta violencia debe ser idónea para su fin.

Intimidación

Consiste en una amenaza intensa dirigida a una persona que consiste en causarle el mal si esta no le entrega la cosa mueble que el sujeto activo pretende.

Robos Calificados (Robo con Homicidio, Violación, Lesiones)

Robo con Homicidio

El sujeto activo considera la muerte de la persona como una forma de lograr el apoderamiento de la cosa, pero también se puede cometer para asegurar la impunidad del delito.

Robo con Violación (Art. 433 N° 1)

El sujeto busca adueñarse de la cosa corporal mueble ajena y con ocasión de este robo comete la violación.

Robo con Lesiones Gravísimas o Mutilación

Opera el dolo directo y el eventual.

  • Penalidad: Pena mayor en sus grados medio a perpetuo calificado.

Robo por Sorpresa

Intermedia entre el delito de hurto y el de robo. Modalidades:

  1. Por sorpresa: Es cuando se procede en contra de la víctima cuando esta se encuentra desprevenida, de manera que no pueda reaccionar con rapidez.
  2. Aparentando riña: Es cuando se procede en contra de la víctima cuando esta se encuentra desprevenida, de manera que no pueda reaccionar con la rapidez que el momento amerita.

Robo en Lugar No Habitado

Es el que se hace en lugares delimitados con protecciones y en el momento de la comisión del delito no está sirviendo de morada a ninguna persona. Modalidades:

  • Escalamiento.
  • Fracturas de puertas interiores.
  • Uso de llaves falsas.

Receptación: Definición y Penalidad

El que conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen, tenga en su poder a cualquier título especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato, de receptación o de apropiación indebida, las transporte, compre, venda o comercialice en cualquier forma, sufrirá la pena de pena menor en cualquiera de sus grados y multa de 5 a 100 UTM. Se protege la propiedad.

*Se exige conocimiento de que se trata de una especie hurtada o robada o a consecuencia de los otros delitos referidos en la norma, o no poder menos que saberlo.