Delitos de corrupción: tráfico de influencias, cohecho y enriquecimiento ilícito

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Resumen

El documento explica tres delitos de corrupción cometidos por servidores públicos o particulares: el tráfico de influencias, el cohecho y el enriquecimiento ilícito. Para cada uno describe la conducta típica y las penas de prisión y multa previstas, que varían según el valor del beneficio o del patrimonio involucrado. También indica que el dinero o la dádiva del cohecho no se devuelve y pasa al erario público.

Puntos clave

  • Tráfico de influencias: el particular, sin autorización legal, afirma tener influencia ante servidores públicos y interviene para promover una resolución ilícita a cambio de un beneficio.
  • Pena por tráfico de influencias: de 2 a 6 años de prisión y de 30 a 100 días multa.
  • Cohecho: el servidor público que solicita o recibe ilícitamente dinero o beneficios, o acepta una promesa, para realizar o dejar de realizar un acto propio de sus funciones.
  • Cohecho activo: quien da, promete u ofrece dinero, bienes, servicios o dádivas a un servidor público para que haga o deje de hacer algo relacionado con sus funciones.
  • Sanción de cohecho: hasta 500 UMA se imponen de 3 meses a 2 años de prisión; por más de 500 UMA, de 2 a 14 años de prisión.
  • Enriquecimiento ilícito: existe cuando el servidor público no puede acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la procedencia de sus bienes.
  • Los bienes del cónyuge y dependientes económicos directos se computan como del servidor público, salvo que se acredite su obtención propia.

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Tráfico de Influencias

Definición

IV.- El particular que, sin estar autorizado legalmente para intervenir en un negocio público, afirme tener influencia ante los servidores públicos facultados para tomar decisiones dentro de dichos negocios, e intervenga ante ellos para promover la resolución ilícita de estos, a cambio de obtener un beneficio para sí o para otro.

Sanción (Artículo 262)

Se le impondrán de 2 a 6 años de prisión y de 30 a 100 días multa.

Cohecho

Definición (Artículo 262 BIS)

  • I.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona, solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión.
  • II.- El que directa o indirectamente, por sí o por interpósita persona, dé, prometa u ofrezca dinero, algún bien o servicio o cualquier otra dádiva a un servidor público, para que haga o deje de hacer algo lícito o ilícito relacionado con sus funciones.

Sanciones (Artículo 262 TER)

  • I.- Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, de los bienes o la promesa no exceda de 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de 3 meses a 2 años de prisión y de 30 a 100 días multa.
  • II.- Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, los bienes, promesa o prestación exceda de 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en el momento de cometerse el delito, se impondrán de 2 a 14 años de prisión y de 100 a 150 días multa.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádiva entregados o recibidos; estos se aplicarán en beneficio del erario público del Estado.

Enriquecimiento Ilícito

Definición (Artículo 265)

… quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en enriquecimiento ilícito, el cual existe cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.

… se computarán entre los bienes que adquieran los servidores públicos o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños, los que reciban o de los que dispongan su cónyuge y sus dependientes económicos directos, salvo que el servidor público acredite que estos los obtuvieron por sí mismos.

Sanciones (Artículo 266)

… se impondrá el decomiso en beneficio del Estado de aquellos bienes cuya procedencia

  • I.- Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito no exceda del equivalente de 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) se impondrán de 3 meses a 2 años de prisión y de 30 a 100 días multa.
  • II.- Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito exceda del equivalente de 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) se impondrán de 2 años a 14 años de prisión y multa de 100 a 150 días multa.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la pena por tráfico de influencias?

El tráfico de influencias se castiga con de 2 a 6 años de prisión y de 30 a 100 días multa. La conducta consiste en que un particular sin autorización legal afirme tener influencia ante servidores públicos y actúe para promover una resolución ilícita a cambio de un beneficio.

¿Qué pasa con el dinero entregado en un delito de cohecho?

En ningún caso se devuelve a los responsables el dinero o la dádiva entregados o recibidos. Estos bienes se aplican en beneficio del erario público del Estado.

¿Cuándo existe enriquecimiento ilícito?

Existe cuando el servidor público, con motivo de su empleo, cargo o comisión, no puede acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de los que se conduce como dueño.

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1. ¿Cuál es la pena de prisión por tráfico de influencias según el texto?
2. ¿Qué caracteriza al cohecho según el texto?
3. ¿Cuál es la pena de prisión para un cohecho que supera las 500 UMA?
4. ¿Qué se hace con el dinero o la dádiva del cohecho?
5. ¿Cuándo se considera que existe enriquecimiento ilícito?
6. ¿Qué bienes se computan como del servidor público en el enriquecimiento ilícito?
7. ¿Cuál es la pena de prisión de enriquecimiento ilícito que no excede de 5000 UMA?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.