Contratación Laboral en España: Respuestas a Casos Prácticos Comunes
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Casos Prácticos sobre la Capacidad para Celebrar un Contrato de Trabajo
Las siguientes personas quieren saber si pueden celebrar un contrato de trabajo.
Caso Práctico 1: Edad y Nacionalidad
Planteamiento
- a. Un joven de 16 años que va a trabajar en un comercio de barrio durante el verano.
- b. Dos jóvenes de 17 años que han contraído matrimonio recientemente.
- c. Una mujer búlgara que acaba de llegar a España.
- d. Una joven de 15 años que va a ser contratada en una tienda de calzado.
Solución
- a. Sí, pero requiere permiso de sus padres o tutores legales.
- b. Sí, pues se trata de menores de 18 años emancipados por matrimonio.
- c. Sí, pues se trata de una ciudadana de la UE que no necesita permiso de trabajo.
- d. No, pues es menor de 16 años y no se trata de un trabajo en espectáculos públicos, única excepción permitida por ley.
Caso Práctico 2: El Periodo de Prueba
Planteamiento
Óscar va a trabajar en un restaurante durante la temporada de verano en la localidad donde vive. La empresa le dice que primero tiene que pasar un periodo de prueba de 15 días y que luego le harán el contrato para todo el verano. ¿Es correcta la actuación de la empresa?
Solución
No es correcto. El periodo de prueba debe estar incluido dentro del contrato de trabajo y pactarse por escrito en el mismo. Primero se firma el contrato, que ya contempla dicho periodo de prueba; no se realiza un periodo de prueba previo y después el contrato.
Caso Práctico 3: Contrato para la Formación
Planteamiento
Juan Ramírez, de 16 años, ha terminado la ESO y quiere empezar a trabajar. Como no dispone de ningún título profesional, ha pensado acudir a una carpintería del barrio para aprender el oficio e ir ganando un dinero. A la empresa le interesa tenerlo...
Solución
El contrato adecuado sería un contrato para la formación y el aprendizaje. Su contrato durará un mínimo de 1 año y su sueldo será, como mínimo, del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Caso Práctico 4: Prácticas FCT
Planteamiento
Esther va a comenzar a realizar las prácticas de Formación en Centros de Trabajo (FCT) en el segundo curso del ciclo formativo...
Solución
No se considera una relación laboral. Las prácticas durante la FCT forman parte de la enseñanza reglada y no constituyen un contrato de trabajo, ya que el alumno aún no tiene el título de FP terminado. Se trata de una relación formativa, no laboral.
Caso Práctico 5: Tipos de Contrato Temporal
Planteamiento
Indica qué contrato se realizará en cada uno de los siguientes casos y por qué motivo.
- a. Una empresa ha recibido unos pedidos muy superiores a los propios de las fechas de verano y con la plantilla actual no puede hacer frente a los pedidos.
- b. Una residencia necesita sustituir a Margarita por maternidad y a otro trabajador por baja laboral.
- c. Durante la campaña de Navidad, una perfumería necesita más personal.
- d. Cecilia Ramírez va a ser contratada como azafata para un congreso de 3 días.
- e. Eduardo tiene 23 años y solo ha trabajado 2 meses.
Solución
- a. Contrato eventual por circunstancias de la producción, debido a un exceso de pedidos puntual.
- b. Contrato de interinidad por sustitución, uno para cubrir la baja por maternidad de Margarita y otro para la baja laboral del segundo trabajador.
- c. Contrato eventual por circunstancias del mercado, para atender el aumento de la demanda durante la campaña navideña.
- d. Contrato de obra o servicio determinado, para realizar un servicio concreto y con autonomía propia como es ser azafata en un congreso específico.
- e. Contrato de primer empleo joven, pues es menor de 30 años y no tiene 3 meses de experiencia laboral previa.
Caso Práctico 6: Contrato a Tiempo Parcial y Horas Complementarias
Planteamiento
Juan Ignacio ha sido contratado de forma indefinida a tiempo parcial por 20 horas a la semana...
Solución
- a. Sí, las horas complementarias pactadas son legales, pues han sido acordadas en el contrato y su jornada no es inferior a 10 horas semanales. El horario que se amplía en 5 horas no supera el máximo legal del 30% de las 20 horas semanales (que serían 6 horas).
- b. Las horas complementarias voluntarias (no pactadas en contrato) serían hasta un 15% de 20 horas, es decir, un máximo de 3 horas a la semana. Al tener un contrato indefinido, puede realizarlas si se le ofrecen y las acepta.