Constitucionalismo inglés en los siglos XVII y XVIII: de Coke a Blackstone
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Resumen
El documento explica cómo el constitucionalismo inglés de los siglos XVII y XVIII se fundamentó en una tradición historicista, basada en el Common Law y no en un texto fundacional. Recorre la defensa de Coke frente al absolutismo, la soberanía parlamentaria tras la Revolución Gloriosa y la sistematización de De Lolme y Blackstone. El estudiante aprenderá por qué Inglaterra tuvo una constitución viva y no escrita.
Puntos clave
- La constitución inglesa se basó en costumbres y precedentes judiciales considerados inmemoriales, no en un acto constituyente.
- Coke sostuvo que el rey debía gobernar conforme a la ley del reino frente a las aspiraciones absolutistas de los Estuardo.
- La Petition of Right de 1628 anticipó el principio del rule of law: nadie puede ser castigado sin infracción legal previa.
- La Revolución Gloriosa de 1688 y el Bill of Rights de 1689 consolidaron la soberanía del Parlamento.
- De Lolme describió la constitución británica como mixta, con equilibrio entre el rey, los lores y los comunes.
- Blackstone reconoció un Parlamento soberano, pero también derechos absolutos del individuo (vida, libertad y propiedad) anteriores al legislativo.
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Las Doctrinas Constitucionales Inglesas en los Siglos XVII y XVIII: De Coke a Blackstone
El fundamento historicista del constitucionalismo inglés
El constitucionalismo inglés de los siglos XVII y XVIII se construyó sobre un pensamiento historicista, basado en la idea de que los derechos y libertades de los ingleses no procedían de un acto constituyente ni de un texto fundacional, sino de la antigua constitución del reino, formada por costumbres y precedentes judiciales que se remontaban a tiempos inmemoriales. Desde la Edad Media, el equilibrio entre el gubernaculum (poder de gobierno del rey) y la iurisdictio (poder de administrar justicia) había definido un sistema en el que la ley estaba por encima del monarca. Así, la libertad inglesa no se concebía como un derecho natural abstracto, sino como una práctica garantizada por los tribunales del Common Law y consolidada a lo largo del tiempo. La Constitución inglesa, por tanto, no era escrita ni fruto de una ruptura revolucionaria, sino el resultado de una continuidad jurídica que expresaba el equilibrio entre la Corona, el Parlamento y el Common Law.
La defensa del Common Law frente al absolutismo (Siglo XVII)
Durante el siglo XVII, los juristas del Common Law, como Sir Edward Coke, defendieron que el derecho de Inglaterra era inmemorial y superior a la voluntad del monarca. Frente a los Estuardo, que aspiraban a instaurar una monarquía absoluta, Coke sostuvo que el rey debía gobernar conforme a la ley del reino, cuyo fundamento residía en la costumbre y la razón. En la Petition of Right de 1628 afirmó que el rey no podía imponer tributos ni encarcelar súbditos sin causa legal, anticipando el principio del rule of law, según el cual nadie puede ser castigado sin una infracción legal previa. La Magna Charta de 1215 fue reinterpretada entonces como prueba histórica de esos derechos inmemoriales, no como una concesión real, sino como la confirmación de libertades preexistentes.
La Revolución Gloriosa y la soberanía parlamentaria
Tras los conflictos entre Carlos I y el Parlamento, la Revolución Gloriosa de 1688 consolidó la soberanía del Parlamento como principio central del sistema. El Bill of Rights de 1689 fijó los límites del poder real y proclamó que los derechos y libertades allí declarados eran los “verdaderos y antiguos derechos del pueblo de este reino”. Con ello, el Parlamento (compuesto por el rey, los lores y los comunes) se erigió en autoridad suprema, capaz de hacer o derogar leyes sin más límite que la naturaleza. Se estableció así una monarquía parlamentaria, en la que el rey gobernaba “con armas y leyes”, pero subordinado a la ley y al Parlamento. Esta soberanía parlamentaria, unida al Common Law y a la autoridad de los jueces, definió un sistema de equilibrio entre tradición jurídica y poder político representativo.
La sistematización doctrinal en el Siglo XVIII
La visión de Jean-Louis de Lolme
En el siglo XVIII, esta doctrina se mantuvo y fue sistematizada por Jean-Louis de Lolme y William Blackstone. De Lolme, en The Constitution of England (1771), describió la constitución británica como una constitución mixta, donde la libertad se garantizaba por la separación equilibrada de los poderes del rey, los lores y los comunes dentro del marco de la soberanía parlamentaria. Aunque admiraba la estabilidad inglesa, su visión seguía siendo historicista: la constitución no era un pacto fundacional, sino el resultado de una evolución armónica entre las instituciones.
La síntesis de William Blackstone
Por su parte, William Blackstone, en sus Commentaries on the Laws of England (1765-1769), ofreció la síntesis más completa del pensamiento constitucional inglés. Consideraba que el Parlamento tenía un poder soberano y omnipotente, capaz de “hacer todo lo que no sea naturalmente imposible”, pero reconocía la existencia de derechos absolutos del individuo (vida, libertad y propiedad) anteriores y superiores al poder legislativo. Estos derechos derivaban del derecho natural, pero su garantía práctica residía en la costumbre y en los tribunales, no en una declaración escrita. Con ello, Blackstone logró conciliar el historicismo inglés con la noción ilustrada de derechos, transformando la tradición jurídica en una verdadera doctrina constitucional.
Conclusión: Un modelo constitucional único
En conjunto, las doctrinas inglesas de los siglos XVII y XVIII definieron un modelo único de constitucionalismo: sin constitución escrita, pero con una constitución viva, sustentada en el Parlamento, el Common Law y los tribunales. En Inglaterra no existió un poder constituyente, sino una soberanía de la ley expresada en la práctica judicial y parlamentaria. Este modelo fundamentó las libertades en la historia y no en la revolución, en la experiencia y no en la teoría, y su influencia fue decisiva tanto en el constitucionalismo norteamericano como en la lectura historicista de Fioravanti, que lo interpreta como el origen del modelo de libertades garantizadas por la historia y no por la voluntad fundacional.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el historicismo constitucional inglés?
Es la idea de que los derechos y libertades de los ingleses proceden de una antigua constitución formada por costumbres y precedentes judiciales, y no de un acto fundacional. Por eso la libertad se concebía como una práctica garantizada por los tribunales del Common Law.
¿Qué establecía el Bill of Rights de 1689?
Fijó los límites del poder real y proclamó que los derechos declarados eran los verdaderos y antiguos derechos del pueblo de este reino. Consolidó la soberanía del Parlamento tras la Revolución Gloriosa.
¿Qué aportó William Blackstone al constitucionalismo inglés?
En sus Commentaries on the Laws of England ofreció la síntesis más completa de la doctrina, conciliando la soberanía parlamentaria con derechos individuales previos al legislativo. Esos derechos se garantizaban en la práctica por la costumbre y los tribunales.
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