Conceptos Fundamentales de Teoría del Derecho: Kelsen, Hart, Bobbio y Dworkin
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¿Qué son los Ordenamientos Normativos Dinámicos y Estáticos en Kelsen? ¿El Derecho es Estático o Dinámico?
Un sistema normativo dinámico es aquel en el que una norma es válida cuando el sentido subjetivo del acto de mandar coincide con el sentido objetivo plasmado en una norma superior. En un sistema estático, las normas son válidas en razón de su contenido. Esto significa que una norma tendrá validez si su contenido es deducible del contenido de la norma superior, hasta llegar a una norma fundamental cuyo contenido se nos presenta como evidente.
Conforme a la teoría pura del Derecho de Kelsen, el Derecho se configura como un ordenamiento normativo dinámico.
El Ordenamiento Jurídico Kelseniano: ¿Categoría Epistemológica o Realidad Ontológica?
Kelsen, desde la concepción científica del positivismo jurídico, ha configurado el ordenamiento jurídico como una categoría epistemológica, es decir, como un objeto de conocimiento científico. Al mismo tiempo, ha descrito y sistematizado de forma objetiva y neutra el ordenamiento jurídico en cuanto realidad ontológica, es decir, como un objeto existente en sí mismo. Por lo tanto, según Kelsen, el ordenamiento jurídico es ambas: una realidad ontológica que es objeto de estudio y una categoría epistemológica a través de la cual se comprende y sistematiza esa realidad.
Los 3 Defectos que Solucionan las Reglas Secundarias de Hart
Las reglas secundarias, según H.L.A. Hart, resuelven tres problemas fundamentales de un sistema jurídico simple basado únicamente en reglas primarias:
- La falta de certeza: En una sociedad simple, las reglas no formarían un sistema coherente, sino un conjunto de pautas de conducta separadas, sin un criterio común identificador de su validez. Las reglas de reconocimiento solucionan esto.
- El carácter estático de las normas: Sin mecanismos para cambiar o adaptar las reglas, el sistema sería rígido e incapaz de responder a nuevas necesidades sociales. Las reglas de cambio abordan este defecto.
- La ineficiencia de la presión social difusa: En caso de disputa sobre la violación de una norma, sería imposible resolver la cuestión con autoridad y de forma definitiva y vinculante. Las reglas de adjudicación proporcionan los medios para ello.
¿Es Posible para Kelsen Conocer la Validez de una Norma Fuera del Ordenamiento Jurídico?
No. Para Kelsen, una norma es válida cuando existe como tal norma dentro de un ordenamiento jurídico. Kelsen sostiene que el ordenamiento jurídico no es simplemente un conjunto de normas, sino que son las normas las que pertenecen a un ordenamiento jurídico preexistente. Esto implica que la validez de una norma está intrínsecamente ligada a su pertenencia y derivación de un ordenamiento jurídico específico, siendo imposible conocer su validez de forma aislada o fuera de este.
¿Admíte Kelsen Consideraciones Científicas Respecto de los Valores?
No. Kelsen argumenta que un problema de conflicto de valores nunca puede resolverse mediante el conocimiento racional o científico. La ciencia, con sus métodos y resultados, es incapaz de decidir entre las diversas fórmulas de justicia cuál es la más correcta o adecuada, ya que los valores son subjetivos y no pueden ser objeto de verificación empírica o lógica.
Tipos de Reglas Secundarias Según Hart
Hart clasifica las reglas secundarias en tres categorías principales, cada una diseñada para remediar los defectos de un sistema basado solo en reglas primarias:
- Reglas de reconocimiento: Se encargan de establecer los criterios para identificar qué normas primarias son auténticas y válidas dentro de un sistema jurídico.
- Reglas de cambio: Permiten adaptar las normas jurídicas a la realidad social, facilitando la introducción de nuevas normas, la modificación de las existentes o la derogación de aquellas que ya no son pertinentes.
- Reglas de adjudicación: Atribuyen competencia a ciertos órganos o individuos para determinar cuándo una regla primaria ha sido violada o no, y para imponer sanciones, resolviendo así las disputas de forma autoritativa y vinculante.
Clasificación de los Ordenamientos Jurídicos y sus Elementos Según Bobbio
Norberto Bobbio clasifica los ordenamientos jurídicos según su complejidad y los elementos que los componen:
- Ordenamientos normativos simples: Están formados únicamente por normas primarias y normas de identificación.
- Ordenamientos normativos semicomplejos: Además de las anteriores, comprenden también normas de cambio o normas de adjudicación.
- Ordenamientos normativos complejos: Son los más desarrollados y están formados por normas primarias, normas de identificación, normas de cambio y normas de adjudicación.
¿Qué es el Derecho para Dworkin?
Para Ronald Dworkin, el Derecho, aparte de normas (o reglas), está integrado también por directrices y principios. Esta distinción es crucial en su teoría:
- Las directrices son el tipo estándar que propone un objetivo que ha de ser alcanzado, generalmente una mejora en algún rasgo económico, político o social de la comunidad.
- Los principios son un estándar que ha de ser observado porque es una exigencia de la justicia, la equidad o alguna otra dimensión de la moralidad. A diferencia de las reglas, los principios tienen una dimensión de peso o importancia y no se aplican de forma todo o nada.