Personalidad jurídica en el Código Civil chileno: personas, nacimiento y atributos
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Resumen
El documento explica la personalidad jurídica según el Código Civil chileno, distinguiendo entre personas naturales y jurídicas. Aborda los requisitos para que el nacimiento marque el inicio de la existencia legal y enumera los atributos de la personalidad, como la capacidad de goce, el nombre, el estado civil, el patrimonio, el domicilio y la nacionalidad.
Puntos clave
- Según el artículo 55 del CC, son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición.
- Según el artículo 545 del CC, la persona jurídica es una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
- Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de beneficencia pública.
- El nacimiento requiere que la criatura sea separada completamente de su madre y sobreviva a la separación un momento siquiera (Doctrina de la Vitalidad).
- Los atributos esenciales de la personalidad son la capacidad de goce, el nombre, el estado civil, el patrimonio, el domicilio y la nacionalidad.
- La capacidad de goce es la aptitud para adquirir derechos; no existen incapacidades de goce generales.
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1. Definición de las Personas Naturales
Según el artículo 55 del Código Civil (CC), son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición. Se dividen en chilenos y extranjeros.
2. Definición de las Personas Jurídicas conforme al Código Civil
Conforme al artículo 545 del CC: “Se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente”.
Las personas jurídicas son de dos especies:
- Corporaciones.
- Fundaciones de beneficencia pública.
Existen también personas jurídicas que participan de uno y otro carácter.
3. Requisitos para que el Nacimiento Constituya un Principio de Existencia
Para que el nacimiento se considere el inicio de la existencia legal, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Que la criatura sea separada de su madre (parto).
- Que la separación sea completa.
- Que la criatura haya sobrevivido a la separación un momento siquiera (Doctrina de la Vitalidad).
4. Enumeración de los Atributos de la Personalidad
Los atributos esenciales de la personalidad son:
- Capacidad de goce.
- Nombre.
- Estado civil.
- Patrimonio.
- Domicilio.
- Nacionalidad.
5. Definición de los Atributos de la Personalidad
Los “atributos de la personalidad” (aplicables tanto a las personas naturales como jurídicas) son aquellas cualidades inseparables de las “personas” que corresponden a estas como tales; no pudiéndose concebir seres que no posean dichos atributos.
6. Explicación de la Capacidad de Goce como Atributo de la Personalidad
La Capacidad de Goce es la aptitud de una persona para adquirir derechos. El concepto de personalidad se confunde con el concepto de capacidad de goce; ser persona, en realidad, es tener capacidad de goce. Todo individuo susceptible de ser sujeto de derechos es persona.
Nota Importante
No existen incapacidades de goce generales; es decir, no hay individuos desprovistos en absoluto de capacidad de goce.
7. Comentario sobre el Nombre como Atributo de la Personalidad
El nombre es el conjunto de palabras que sirve para individualizar jurídicamente a una persona.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una persona jurídica según el Código Civil chileno?
Según el artículo 545 del CC, es una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. Se clasifica en corporaciones y fundaciones de beneficencia pública.
¿Cuáles son los requisitos para que el nacimiento marque el inicio de la existencia legal?
La criatura debe ser separada de su madre, la separación debe ser completa y la criatura debe haber sobrevivido a la separación un momento siquiera.
¿Cuáles son los atributos de la personalidad?
Son la capacidad de goce, el nombre, el estado civil, el patrimonio, el domicilio y la nacionalidad. Son cualidades inseparables de las personas.
¿Qué es la capacidad de goce?
Es la aptitud de una persona para adquirir derechos. Ser persona equivale, en realidad, a tener capacidad de goce.
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