Auditoria

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CONCEPTO DE AUDITORIA: Analizar la información económico-financiero que se desprende de los documentos contables de una empresa, y tiene por objeto la emisión de un informe para poner de manifiesto una opinión técnica sobre la fiabilidad de dicha información, a fin que se pueda conocer y valorar por terceros.LA LEY Y EL REGLAMENTO DE AUDITORÍA (LAC).Deberán someterse a la auditoría de cuentas las empresas en las que concurran alguna de las siguientes circunstancias:Tengan acciones que coticen en cualquier Bolsa.Emitan obligaciones en oferta pública.Se dediquen a la intermediación financiera.Estén sujetas a la ley de Ordenación del Seguro Privado.Presten servicios al Estado u organismos públicos.No puedan presentar balance abreviado.EL INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS (ICAC).Es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda regulado por la Ley 19/1988 y el Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre. Tiene atribuidas las siguientes competencias:Realización de los trabajos técnicos y propuesta del Plan General de Contabilidad adaptado a las Directivas de la Comunidad Económica Europea.Elaboración de normas técnicas de auditoría.Establecimiento y gestión del Registro Oficial de Auditores de Cuentas.Autorización para la inscripción en el ROAC.Control de vigilancia de las fianzas a constituir por los auditores de cuentas.Potestad sancionadora sobre aquellas empresas que incumplan la obligación de presentar sus cuentas anuales ante el Registro Mercantil. Control y disciplina del ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas y de los auditores de cuentas.Coordinación y cooperación internacionalEL REGISTRO OFICIAL DE AUDITORES DE CUENTAS (ROAC).Creado por la Ley 1911988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.Depende del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y la inscripción en el mismo constituye un requisito imprescindible para que las personas físicas o jurídicas que, reúnan las demás condiciones que la mencionada Ley establece, puedan realizar Ia actividad de auditoría de cuentas y emitir informes que puedan surtir efectos frente a terceros.Estas condiciones son:Ser mayor de edad.Tener nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la UE.Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.Haber obtenido la correspondiente autorización del ICAC.Para ser auditor es necesario:Ser mayor de edad.Tener nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la UE.Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.Haber obtenido la correspondiente autorización del ICACHaber obtenido alguna titulación universitaria.Haber seguido cursos de enseñanza teóricaHaber adquirido una formación práctica. La formación práctica deberá extenderse por un periodo mínimo de 3 años en trabajos realizados en el ámbito financiero y contable y se referirá especialmente a cuentas anuales, cuentas consolidadas o estados financieros análogos.Haber superado un examen de aptitud profesional organizado y reconocido por el Estado.Para personas jurídicas (empresas de auditoría) se exige:Que todos los socios sean personas físicas.Que como mínimo la mayoría de sus socios sean auditores de cuentas y además tengan la mayoría del capital social y de los dchos de voto.Que la mayoría de los administradores y directores de la sociedad sean socios auditores de cuentas, debiendo serlo en todo caso el administrador único en sociedades de este tipo.Estar inscrito en el ROACEstablecer fianza mínima de 300.506 € por socio (sean o no auditores) el primer año de la actividad.NORMAS TÉCNICAS SOBRE EJECUCIÓN DEL TRABAJOTiene como objetivo la determinación de los medios y actuaciones que han de ser utilizados y aplicados por los auditores de cuentas independientes en la realización de la auditoria de las cuentas anuales, y en concreto harán referencia a:Los trabajos necesarios para conocer, con carácter previo y de forma completa, los sistemas de control interno de la empresa o entidad auditada, cuya evaluación servirá de base para determinar la extensión de las pruebas objetivas a efectuar. La planificación y programación de los trabajos.Los métodos y las pruebas para la obtención de la evidenciaEl contenido, custodia y principios de la documentación justificativa de los trabajos desarrollados.Supervisión de sus propios trabajos

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