Derecho de Reunión: Concepto, Tipos y Límites en España
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El Derecho de Reunión
Concepto
Sin duda, el principal derecho de los políticos es el de reunión: el reconocimiento del pluralismo político y de la libertad de expresar las propias opiniones lleva unido consigo el reconocimiento del derecho a comunicar directamente a otros tales opiniones, a escuchar las ajenas y a obrar en consecuencia. La reunión pública es la forma más primaria de expresión del pluralismo.
La reunión suele ser distinguida por tres caracteres básicos reiterados en la jurisprudencia constitucional:
- En primer lugar, la previa concertación. Es la diferencia con las agrupaciones de forma espontánea, esta lleva aparejada un elemento subjetivo, de conocimiento de la reunión y de la finalidad que ésta persigue, así como