Amortización de activos y beneficios fiscales: Guía completa
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Amortización de activos
Se puede amortizar libremente:
- inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias afectas al desarrollo de las actividades de SAL y SLL adquirido durante los 5 primeros años,
- El inmovilizado material e intangible, excluidos los edificios, afecto a actividades de investigación y desarrollo (I+D). Estos edificios se pueden amortizar de forma lineal en 10 años en la parte en que se encuentren afectos a actividades de I+D,
- inmovilizado material e intangible de las entidades que hayan sido calificadas como explotaciones asociativas prioritarias,
- activos de escaso valor: elementos del inmovilizado material nuevos, cuyo valor unitario no exceda de 300 €, hasta el límite de 25.000 € referidos al periodo impositivo.