Inspecciones Eléctricas en Baja Tensión: Requisitos, Defectos y Calificaciones
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Inspecciones Eléctricas Iniciales Obligatorias
Las inspecciones iniciales son obligatorias en instalaciones eléctricas nuevas o en ampliaciones o modificaciones de importancia, en los siguientes casos:
- Instalaciones industriales que requieran proyecto, con una potencia instalada superior a 100 kW.
- Locales de pública concurrencia, sean locales de espectáculos y actividades recreativas o locales de reunión, trabajo y usos sanitarios. (ITC-BT-28)
- Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I según ITC-BT-29, excepto garajes de menos de 25 plazas.
- Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW. (ITC-BT-30)
- Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW. (ITC-BT-31)
- Quirófanos y salas de intervención. (ITC-BT-38)
- Instalaciones
Definición
Preparados asépticos: medicamentos que, por su uso posterior, deben elaborarse mediante técnica aséptica en salas limpias.
Regla de oro: cuanto más directo al organismo → más exigencia aséptica.