Procedimientos Legales ante la Ausencia y Declaración de Fallecimiento en el Código Civil
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Procedimientos Legales ante la Ausencia y Declaración de Fallecimiento
I. La Desaparición de una Persona
En los casos de desaparición, se adoptan medidas provisionales para resolver situaciones concretas y urgentes que se hayan presentado. Se espera que el sujeto reaparezca en un plazo razonable.
Regulación del Defensor del Desaparecido (Art. 181 Cc)
El defensor del desaparecido se encuentra regulado en el Artículo 181 del Código Civil (Cc):
Desaparecida una persona de su domicilio o del lugar de su última residencia, sin haberse tenido más noticias de ella, podrá el Juez, a instancia de parte interesada o del Ministerio Fiscal, nombrar un defensor que ampare y represente al desaparecido en juicio o en los negocios que no admitan demora.
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