Normas de conflicto en la Unión Europea
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Los derechos reales inmobiliarios y de contrato de arrendamiento de bienes inmuebles según el art 24.1, su aplicación espacial no depende del criterio del domicilio del demandado en un Estado contratante, sino de la situación del inmueble en un Estado de la UE. La teoría del efecto reflejo debería servir también para excluir la competencia en los casos en que el inmueble se encuentre fuera de la UE. No cabe sumisión expresa ni es efectiva la sumisión tácita, hay una regla especial para los arrendamientos de temporada o turísticos.
En las sociedades
El art 24.2 marca el domicilio social o estatutario, sólo se refiere a las cuestiones internas a la sociedad indicadas en el precepto, una cláusula de arbitraje en los estatutos... Continuar leyendo "Normas de conflicto en la Unión Europea" »