Las XII Tablas: Pilar del Derecho Romano Primitivo
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Introducción a las XII Tablas
Las XII Tablas se conocen de forma fragmentaria; no todo su contenido ha llegado hasta nosotros, y lo que ha llegado es gracias a la labor de juristas de la época del Principado y la República.
Origen y Promulgación
El antecedente de las XII Tablas fue la propuesta de un tribuno que quería fijar por escrito un sistema jurídico en Roma. Esta propuesta se presentó ante los patricios, pero no prosperó hasta un año después. El colegio de los tribunos de la plebe creó una comisión mixta entre patricios y plebeyos, que se encargaría de elaborar por escrito las leyes en el Imperio Romano, con el fin de garantizar la libertad y la igualdad.
Para esta propuesta, tuvieron que ceder ambas partes, porque la comisión acabaría formada solo por patricios. Sin embargo, estos se comprometieron a no derogar las leges sacratae, que fueron promulgadas tras la revuelta de la plebe y en las cuales se reconocieron a los representantes de la plebe y sus privilegios.
Nombraron una magistratura extraordinaria con un mandato de un año para que redactase 10 de las 12 Tablas. Cuando finalizó el mandato de un año de este magistrado extraordinario, se nombró a otro, quien a su vez nombró a 10 miembros que elaboraron las 2 Tablas restantes.
Contenido y Significado
Influencia y Publicación
Las 12 Tablas quedaron escritas en tablas de madera y bronce. Su finalidad era que los ciudadanos conocieran las normas, y fueron publicadas en el foro de la ciudad.
El contenido de las Tablas tuvo influencia helénica, basada en puntos básicos como:
- La escritura del derecho vigente y su publicación.
- El origen democrático en las asambleas populares, lo que se denominó isonomía (igualdad ante la ley) entre plebeyos y patricios.
La mayor parte de las influencias de las XII Tablas fue recibida de los mores maiorum (costumbres de los antepasados).
El contenido de las XII Tablas no abarcaba todas las ramas del derecho, pero sí en su totalidad las relaciones entre los ciudadanos.
Interpretación del Derecho
La interpretación de las 12 Tablas tenía que ser realizada por profesionales. Tuvieron una labor compartida en la interpretación los colegios sacerdotales y los juristas laicos, pero serían estos últimos quienes en un futuro tendrían como exclusiva esta labor.
La publicación de las 12 Tablas supuso una nueva manera de interpretación del derecho. También tuvo mucha importancia en la igualdad jurídica para los plebeyos.
Contenido Específico de las Tablas
Tablas I-III: Derecho Procesal Civil
Hacen referencia al derecho procesal civil. Lo destacable en estas tablas es el protagonismo de las partes en la realización del juicio. El demandante debía acudir personalmente y, en caso de negativa, el demandado podía ser obligado por la fuerza, aun existiendo causas de enfermedad o vejez.
Tabla IV: Derecho de Familia
Hace referencia a la emancipación y al divorcio por parte de la mujer. Se podía transferir temporalmente a un hijo por una cantidad determinada a un miembro que no fuera de su familia, que necesitara los servicios de ese hijo para la realización de trabajos de fuerza. Se establecía un límite temporal, un máximo de 3 veces; si no se cumplía esta limitación, el castigo era la pérdida de la patria potestas sobre el hijo.
Tabla V: Derecho de Sucesiones y Tutela
Regulaban los mecanismos para las mujeres que no estaban casadas ni tenían patria potestas. En esta tabla se hace referencia a la herencia, para su división y los casos y formas para proceder a la no otorgación de dicha herencia. Otra regulación fue la de la curatela (tutela de un menor).
Tabla VI: Contratos y Negocios Jurídicos
Esta tabla hace referencia a los contratos o negocios jurídicos que podían utilizarse para obtener bienes inmuebles, dinero, derechos o deshacerse de cosas. Los principales negocios jurídicos fueron el nexum, la usucapio, la mancipatio, entre otros.
Tablas VII-IX: Derecho Penal y Procesal Penal
Hacen referencia al derecho penal y derecho procesal penal. Se estableció un límite en la Ley del Talión, el principio de legalidad penal, la presunción de inocencia, y la diferenciación entre delitos públicos y privados (esto se dio a finales de la República). Una de las instituciones más protegidas era la propiedad rústica.
Tabla X: Derecho Sacro y Funerario
Recogía el derecho religioso. También hace referencia a los entierros y ritos funerarios.
Tablas XI-XII: Disposiciones Complementarias
Tuvieron un contenido heterogéneo. La disposición más importante fue la derogabilidad de una ley anterior por parte de otra posterior.