Tribunal Constitucional: Funciones, Composición y Protección de Derechos Fundamentales
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El Tribunal Constitucional: Garante de la Constitución Española
El Tribunal Constitucional (TC) es una pieza clave en el sistema jurídico español, actuando como garante de la Constitución Española junto con la Reforma Constitucional. Sus funciones se encuentran detalladas en el Título IX de la Constitución. Según la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, este se define como el “intérprete supremo de la Constitución”. Esto implica que la interpretación constitucional realizada por el TC es vinculante y no puede ser contradicha por ningún otro órgano del Estado. Es crucial comprender que el TC no forma parte de ninguno de los poderes del Estado, sino que opera de manera independiente de los demás órganos constitucionales.
El TC garantiza la supremacía de la Constitución porque su interpretación de la misma es obligatoria para el resto de poderes, asegurando así que estos no se desvíen de los preceptos de la Carta Magna.
Funciones del Tribunal Constitucional
- Garantizar la constitucionalidad de las leyes.
- Asegurar el respeto a los derechos fundamentales por parte de los poderes públicos (a través del Recurso de Amparo).
- Garantizar la división de poderes y resolver conflictos entre ellos.
- Garantizar el respeto por la distribución territorial del poder.
Composición del Tribunal Constitucional
El TC está compuesto por 12 magistrados, elegidos para un mandato de 9 años, seleccionados entre juristas de reconocido prestigio con más de 15 años de experiencia profesional. Este periodo de tiempo busca proporcionar estabilidad a la institución, permitiendo a su vez la renovación y rotación de los cargos.
La designación de los magistrados se distribuye de la siguiente manera:
- El Congreso de los Diputados elige a 4 magistrados.
- El Senado elige a otros 4 magistrados.
- El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) elige a 2 magistrados.
- El Gobierno elige a 2 magistrados.
Una vez elegidos, todos los magistrados son nombrados oficialmente por el Rey. Recientemente, se ha reformado la Ley Orgánica que regula la composición del TC, con el objetivo de incrementar la participación de los parlamentos autonómicos en el proceso de selección.
Estructura Interna del Tribunal Constitucional
El TC se organiza en diferentes instancias para el desarrollo de sus funciones:
- Pleno: Compuesto por los 12 magistrados, se encarga de decidir, entre otros asuntos, los recursos de inconstitucionalidad.
- Salas: Los magistrados se dividen en dos salas de 6 magistrados cada una. Estas salas se ocupan, principalmente, de los recursos de amparo.
- Secciones: Cada sala se subdivide en dos secciones, compuestas por 3 magistrados cada una.
El TC cuenta con un Presidente y un Vicepresidente, elegidos por el Pleno.
El Recurso de Amparo: Protección de Derechos Fundamentales
El Recurso de Amparo es un mecanismo esencial para la protección de los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 14 de la Constitución (igualdad) y en la Sección 1ª del Capítulo II del Título I. Para interponer un Recurso de Amparo, es necesario que esté implicado algún poder público. Además, se requiere haber agotado previamente la vía judicial ordinaria. Asimismo, el acto que se recurre debe tener especial trascendencia constitucional.
El plazo para interponer un Recurso de Amparo es de 20 días a partir de la publicación de la sentencia o resolución que se pretende recurrir. Pueden interponerlo personas físicas, personas jurídicas, el Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo.
La sentencia del TC determinará si se ha producido una vulneración de algún derecho fundamental.