La Transición Española: El Periodo Constituyente de 1977 a 1979

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El periodo constituyente (1977-1979)

Tras las elecciones, la UCD intentó gobernar en solitario estableciendo pactos con otras fuerzas políticas con tres objetivos fundamentales:

  • Elaborar una nueva Constitución.
  • Construir el Estado de las Autonomías.
  • Gestionar una política económica de urgencia.

Los Pactos de la Moncloa

Inspirados por Enrique Fuentes Quintana, los Pactos de la Moncloa fueron firmados en octubre de 1977 por el Gobierno y los representantes de los principales partidos de la oposición, involucrando también a la patronal y a los sindicatos.

Estos pactos formaron un gran acuerdo económico que proponía un nuevo modelo de relaciones laborales y pretendían neutralizar la conflictividad social, incluyendo medidas económicas y decisiones políticas y sociales.

El restablecimiento de la Generalitat

Fue reinstaurada en septiembre de 1977 con el regreso de Josep Tarradellas. A lo largo de este periodo, el Gobierno estableció un régimen preautonómico.

La Constitución de 1978 y el Estado de las Autonomías

El carácter de la Constitución española

El diseño del texto constitucional se fundamentó en el consenso: una ponencia formada por siete miembros redactó un anteproyecto que fue aprobado en referéndum el 6 de diciembre de 1978.

El texto constitucional contiene los siguientes principios:

  • España es un Estado democrático.
  • La soberanía nacional reside en el pueblo español.
  • La forma de Estado es la monarquía parlamentaria.
  • La unidad de España es compatible con la pluralidad nacional.
  • El Estado español es unitario; no es federal, pero tampoco centralista, sino autonómico.

La jefatura del Estado y la división de poderes

El Rey es el jefe del Estado, es inviolable y no está sujeto a responsabilidad. El monarca también tiene el mando supremo de las Fuerzas Armadas. En la sucesión, se favorece al varón sobre la mujer.

  • Poder legislativo: Reside en dos cámaras elegidas por sufragio universal: el Congreso de los Diputados y el Senado. El Congreso tiene mayor peso en la aprobación de las leyes. El Senado tiene carácter de representación territorial: en cada provincia, los ciudadanos eligen a cuatro senadores. El sistema electoral es proporcional atenuado en el Congreso y mayoritario en el Senado.
  • Poder ejecutivo: Reside en el Gobierno.
  • Poder judicial: Corresponde a los juzgados y tribunales; en la cima se encuentra el Tribunal Supremo.