Transición española 1976–1978: legalización de partidos, elecciones de 1977 y Constitución de 1978

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La aprobación de la Ley para la Reforma Política y el referéndum (1976)

Las Cortes franquistas aprobaron la ley (con fuertes tensiones) y posteriormente fue sometida a referéndum (15 de diciembre de 1976). La aprobación de la ley planteó dos objetivos: el restablecimiento de las libertades y la convocatoria de elecciones democráticas.

Legalización de partidos y acuerdos previos a las elecciones

El gobierno legalizó los partidos políticos (febrero de 1977) y Suárez se reunió con los líderes para consensuar las reformas y la ley electoral. La mayor dificultad que tuvo que afrontar el presidente fue la legalización del PCE, que asumió personalmente (abril de 1977) por decreto-ley tras el compromiso de Santiago Carrillo de aceptar la legalidad y las instituciones españolas. Esta legalización molestó a los militares.

Formación de coaliciones y espacio político

Con vistas a las elecciones, Adolfo Suárez formó la coalición Unión de Centro Democrático (UCD), formada por un conglomerado de grupos minoritarios reformistas de diversas tendencias. A su derecha quedaba Alianza Popular (AP), liderada por Manuel Fraga, proveniente del franquismo. A la izquierda destacaban como partidos más importantes el PSOE y el PCE. Aparecieron también partidos nacionalistas (algunos ya existentes desde el siglo XIX).

Contexto político entre abril y junio de 1977

La actividad política desde abril hasta junio de 1977 fue intensa y surgieron rumores sobre la conveniencia de un golpe de timón. Don Juan de Borbón, por su parte, renunció a sus derechos dinásticos para otorgar legitimidad histórica a la Corona, más allá de la designación de Franco.

Elecciones de 15 de junio de 1977 y la conformación del nuevo gobierno

El resultado de las elecciones del 15 de junio de 1977 reveló un bipartidismo imperfecto con una clara inclinación hacia el centro, representado por la UCD y el PSOE. El PCE y AP no obtuvieron los resultados esperados. El Rey encargó formar gobierno a Adolfo Suárez, que no contaba con mayoría absoluta, lo que le obligó a consensuar las reformas (por ejemplo, los Pactos de la Moncloa, que fueron la respuesta de las fuerzas políticas y sociales a la crisis económica, a las tensiones sociales, al terrorismo y a los intentos involucionistas) con el resto de partidos políticos.

Las organizaciones patronales que no participaron en los pactos no se responsabilizaron de las medidas tomadas y crearon la CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) para exigir al gobierno la defensa de sus intereses.

La Constitución de 1978

La primera tarea de las nuevas Cortes (elecciones de junio de 1977) debía ser la elaboración de una Constitución sin exclusiones. La Constitución fue encargada a una Comisión de Asuntos Constitucionales formada por diferentes partidos y esta, a su vez, designó a siete ponentes para la tarea de redactar una Constitución aceptable para la inmensa mayoría de los españoles. El texto pasó al pleno del Congreso y del Senado y fue sometido a referéndum (6 de diciembre de 1978).

Contenido y características generales

Esta Constitución recoge las características de las democracias occidentales y del constitucionalismo español. El Título Preliminar señalaba los aspectos fundamentales:

  • Estado social y democrático de derecho.
  • Soberanía nacional, de la que emanan todos los poderes.
  • La forma política es la monarquía parlamentaria.
  • Unidad de la nación española, pero se reconoce y protege el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.

La Constitución, en sus distintos artículos, garantiza los derechos humanos, las libertades y la igualdad de todos los españoles ante la ley; la aconfesionalidad del Estado; garantizaba la libertad de enseñanza, de mercado, de religión... Las libertades y derechos quedaban protegidos por el Defensor del Pueblo, el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial.

Separación de poderes

El texto también establecía la separación de poderes:

  • Poder legislativo: dos cámaras —el Congreso y el Senado— elegidas por sufragio universal, depositarias de la soberanía nacional y encargadas de elaborar las leyes.
  • Poder ejecutivo: dirige la política interior y exterior; tiene potestad legislativa al poder presentar proyectos de ley; las Cortes controlan al Gobierno (sesiones de control, investidura y mociones de censura).
  • Poder judicial: jueces y magistrados independientes, administran la justicia que emana del pueblo en nombre del Rey.

La configuración del Estado de las autonomías

Suárez inició en 1977 el proceso preautonómico y de descentralización del Estado hacia las regiones que lo solicitasen. El primer paso se dio en Cataluña (septiembre de 1977 se restablece la Generalitat y se nombra presidente a Josep Tarradellas). El caso del País Vasco fue diferente debido al terrorismo de ETA.