Transformación Liberal en España: Regencias y Guerra Carlista (S. XIX)

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Introducción

Durante las regencias de María Cristina y el general Espartero, se estableció el modelo del liberalismo que iba a regir en España durante el siglo XIX. La revolución liberal supuso una radical transformación:

  • Una nueva estructura política.
  • Una nueva estructura social.
  • Una nueva estructura económica.

Una vez asentada en el trono Isabel II, se puso en práctica un liberalismo moderado que benefició a la nueva clase dominante formada por las burguesías de negocios y terrateniente.

Las Regencias: Liberalismo y Guerra Carlista

Durante el reinado de Felipe V se había establecido la expulsión de las mujeres en la línea sucesoria, la llamada Ley Sálica. A la muerte de Fernando VII, su esposa, María Cristina, asumió de inmediato la regencia y prometió a los liberales una política distinta a la del fallecido rey. Carlos María Isidro se autoproclamó Rey de España con el nombre de Carlos V, en un documento conocido como Manifiesto de Abrantes. Comienza así una guerra civil, la Guerra Carlista, y la división de los liberales culminaría con el ascenso a la Jefatura del Estado del general Baldomero Espartero. La minoría de edad de la futura reina, Isabel II, fue un periodo plagado de crisis e inestabilidad social.

La Regencia de María Cristina y la Revolución Liberal

Ante la minoría de edad de Isabel, María Cristina de Borbón asumió la Regencia. Pese a que la regencia no se identificaba con su ideario, los liberales se configuraron como la única fuerza capaz de mantenerla en el trono. Poco a poco, el liberalismo se iría imponiendo, aunque la consolidación definitiva no llegaría hasta décadas después. En un primer momento optó por Cea Bermúdez, iniciando una etapa de continuidad con el anterior periodo de Fernando VII. Hubo reformas administrativas, pero no políticas. Destaca la nueva división provincial de España en 49 provincias, a cuyo frente se colocó a un jefe político. Los liberales demandaban cambios políticos y la Regencia cedió a la idea de un reformismo político o a una transición pactada. María Cristina llamó a Martínez de la Rosa a formar un gobierno que hiciera frente a la insurrección carlista.

A) El Estatuto Real (de la Rosa)

Se trata de una Carta Otorgada, concedida por la voluntad de la Regencia, en la que se otorgan algunas reformas. Supuso la transición de la monarquía absoluta a la constitucional. Sus rasgos fundamentales son:

  • Sistema de representación bicameral (Estamento de Próceres y Estamento de Procuradores).
  • Rey: solo la Corona cuenta con capacidad para convocar Cortes y disolverlas.
  • El 20 de mayo de 1834 se aprueba una ley electoral que fija la participación de los españoles.

B) La Escisión de los Liberales

La insuficiencia de las reformas de Martínez de la Rosa llevó a que los liberales terminaran por escindirse en dos grupos: moderados y progresistas. Ambos eran grupos de personas con prestigio y fortuna para atraer votos y cubrir gastos.

En el gobierno del Conde Toreno, que era moderado, se produjo el descontento de las ciudades, acelerado con la llegada de los exiliados. Se produjeron ataques anticlericales. Todo ello llevó a la Reina Regente a cesar al Conde Toreno y reemplazarlo por Mendizábal. Mendizábal era un financiero progresista que contaba con el apoyo de sectores influyentes en las Bolsas europeas. Con su gobierno se inició la revolución liberal. En los pocos meses que estuvo al frente del gobierno emprendió reformas fundamentales. Su principal medida fue la desamortización. Más tarde, la Reina no le apoyó y se vio obligado a dimitir, nombrando en su lugar a Istúriz, un progresista pasado al moderantismo. La división entre moderados y progresistas se hizo definitiva. Más tarde, la mayoría de las ciudades proclamaron la Constitución de Cádiz y la desobediencia al gobierno de Istúriz. Con el país al borde de la revolución, la Guarnición de la Guardia Real del Palacio de la Granja se pronunció a favor de la Constitución de 1812 y exigió el cambio de gobierno a la Regente, que se vio obligada a acceder. Ese día fue restablecida en todo su vigor la Constitución de Cádiz.

Los Progresistas y la Constitución de 1837

Tras el llamado motín de los sargentos de La Granja, María Cristina encargó formar gobierno a los progresistas. El gobierno progresista emprendió un amplio programa de reformas con tres objetivos: instauración de un régimen liberal, impulsar la acción militar para ganar la guerra y la elaboración de una nueva Constitución. La Constitución de 1812 estaba anticuada y las Cortes iniciaron el debate, aprobando rápidamente una nueva constitución que actualizaría la de Cádiz: la Constitución de 1837. El contenido de dicha constitución se resume en:

  • Soberanía Nacional.
  • División de Poderes.
  • El poder legislativo reside en las dos Cámaras: Congreso de los Diputados y el Senado (todas las leyes deberían ser aprobadas por ambas cámaras).
  • El Rey posee todo el poder ejecutivo, tiene la potestad de ejecutar las leyes.
  • Reconocimiento de los derechos individuales y de la libertad de imprenta, como garantía de la libertad de expresión.
  • No había prohibición de otras religiones.
  • Se aprobó la ley electoral que estableció el voto censitario masculino. Tenían derecho a voto los mayores contribuyentes y varones de determinado nivel intelectual.

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