Trabajo 2
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TEMA 1 - CONTRATO DE TRABAJO (I): EL TRABAJADOR
Contrato de trabajo: (Art 1.1 ET) Trabajadores que voluntariamente prestan sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona (física o jurídica) que es el empresario.
Conclusiones:
a) las partes persiguen intereses contrapuestos b) trabajo dependiente y retribución ajenidad.
Contrato: Acuerdo entre 2 personas, por el que una de ellas se compromete a prestar un trabajo dependiente y la otra a pagar un salario garantizado, ajeno a los riesgos de la empresa.
Problemas de calificación jurídica de los contratos:
a): En ocasiones no existe la dependencia.
b) contratos con causas muy parecidas trabajo.
c) El fraude contractual
tener en cuenta a la hora de calificar un contrato no es lo que las partes digan, sino lo que hagan..
presunción de contrato de trabajo Art 8.1 ET: Se presumirá existente entre todo aquel que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro a cambio de una remuneración
· Relaciones laborales especiales: En el Art 2.1 ET son:
a) Altos ejecutivosb) Servicio de hogar familiarc) Penados en instituciones penitenciarias
d) Deportistas profesionalese) Artistas de espectáculos públicosf) Trabajadores minusválidos
Se deben reconocer a estos trabajadores los derechos reconocidos en la Constitución.
· Relaciones laborales excluidas:
dos tipos de exclusiones:
a) Declarativas: Faltan presupuestos considerarse relación laboral:voluntariedad, dependencia o ajenidad.
b) Constitutivas: Son laborales .Una lista cerrada:
1) Trabajos realizados por cuenta propia:a) Trabajadores autónomosb) Agentes comerciales: de las intervienen en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios.c) Transportistas:
2) Prestaciones personales obligatorias: los trabajos de colaboración social, [Servicio militar
3) Trabajos amistosos, benévolos o de buena vecindad: actividades gratuitas y altruistas ONG
4) Trabajos familiares: se consideran familiares los cónyuges, descendientes, ascendientes y demás parientes de consanguinidad.Empresario persona jurídica, no familiares.
5) Consejeros de empresas societarias: actividad que se limite al cargo de consejero, siempre que sea esa su actividad .
6) Funcionarios públicos y asimilados: funcionarios de carrera o empleo de la Administración y el personal al servicio de la misma, cuando dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias. Exclusiones: notarías y Cámaras de Comercio.