Tipos de Sociedades Mercantiles y Formas Jurídicas de Empresa en España

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Clasificación y Características de las Formas Jurídicas de Empresa

A continuación, se presenta un cuadro detallado con las diferentes formas jurídicas que puede adoptar una empresa, analizando aspectos clave como el número de socios, el capital social mínimo, la responsabilidad y el régimen de gestión.

Forma JurídicaNúmero de SociosCapital MínimoDivisión del CapitalResponsabilidadDenominación (Nombre)Características y Gestión
Empresa Individual1No legalmente establecidoNo existe divisiónIlimitadaNombre y apellidos del titularControl y dirección total de la empresa por parte del propietario.
Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL)1No legalmente establecidoNo existe divisiónIlimitada (salvo la vivienda habitual bajo ciertas condiciones)Nombre y apellidos + Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL)Control y dirección total de la empresa.
Comunidad de BienesMínimo 2No legalmente establecidoNo existe divisiónIlimitadaNombre de los comuneros o denominación elegida
  • Cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece a varias personas pro indiviso.
  • Se requiere un contrato.
  • Pueden aportarse solamente bienes, pero no solo dinero o solo trabajo.
Sociedad Civil (Privada o Pública)Mínimo 2No legalmente establecidoNo existe divisiónIlimitadaCualquier nombre elegido
  • Pacto privado: A través de contrato (Sociedad Privada).
  • Pacto público: A través de escritura ante notario (Sociedad Pública).
  • Los socios pueden ser: capitalistas (aportan dinero y bienes) o industriales (aportan solo trabajo).
Sociedad ColectivaMínimo 2No legalmente establecidoNo existe divisiónIlimitada y SolidariaNombre de todos los socios, de algunos o de uno, seguido de la expresión "y Cía." y terminando en S.C.
  • Todos los socios gestionan, salvo los que solo aportan trabajo (socios industriales).
  • La condición de socio no puede transmitirse sin el consentimiento de los demás.
Sociedad Comanditaria SimpleMínimo 2 (1 colectivo y otro comanditario)No legalmente establecidoNo existe división
  • Socios colectivos: Ilimitada y solidaria.
  • Socios comanditarios: Limitada al capital aportado.
Nombre de todos los socios, de algunos o de uno, seguido de la expresión "y Cía." y terminando en S.Com.
  • Socios colectivos: Gestionan la sociedad.
  • Socios comanditarios: Solo aportan capital.
  • La condición de socio no puede transmitirse sin consentimiento de los demás.
Sociedad Comanditaria por AccionesMínimo 3 (1 colectivo y 2 comanditarios)60.000 € (Mínimo 25% en la constitución)Acciones (para socios comanditarios)
  • Socios colectivos: Ilimitada y solidaria.
  • Socios comanditarios: Limitada.
Nombre que deseen terminando en S.Com. por A.
  • Socios colectivos: Gestionan la sociedad.
  • Socios comanditarios: Solo aportan capital.
  • La condición de socio no puede transmitirse sin consentimiento de los demás, salvo los comanditarios, que sí pueden vender sus acciones libremente.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)Mínimo 1 (Si es uno: Unipersonal). Pueden ser personas físicas o jurídicas.3.000 €ParticipacionesLimitadaNombre elegido + S.L. o S.R.L.La condición de socio (venta de participaciones) no puede transmitirse libremente. Requiere informar a los administradores. Los demás socios tienen prioridad para comprarlas.
Sociedad Limitada Nueva Empresa (S.L.N.E.)Mínimo 1, Máximo 5 (Si es uno: Unipersonal). Solo personas físicas.Mínimo 3.000 € / Máximo 120.000 €ParticipacionesLimitadaNombre y apellidos de un socio fundador + código alfanumérico + S.L.N.E.
  • Trámites rápidos para la constitución.
  • La condición de socio no puede transmitirse libremente; los demás socios tienen prioridad de compra.
Sociedad Anónima (S.A.)Mínimo 1 (Si es uno: Unipersonal). Pueden ser personas físicas o jurídicas.Mínimo 60.000 € (Desembolso mínimo del 25% en la constitución)AccionesLimitadaNombre elegido + S.A.
  • La transmisión de acciones es totalmente libre.
  • Orientada a empresas grandes, ya que conlleva más burocracia para su funcionamiento.
Sociedad Laboral (S.L.L. o S.A.L.)Mínimo 23.000 € si es S.L.L. / 60.000 € si es S.A.L. (Mínimo 25% en constitución)Participaciones (S.L.L.) o Acciones (S.A.L.)LimitadaNombre elegido + S.L.L. o S.A.L.
  • Al menos el 51% del capital es propiedad de los trabajadores.
  • Obligatorio un Fondo de Reserva con un mínimo del 10% del beneficio.
Sociedad Cooperativa
  • Primer grado: Mínimo 3 (solo personas físicas).
  • Segundo grado: Mínimo 2 (son cooperativas/personas jurídicas).
Lo que se establezca en los EstatutosAportaciones de los sociosLimitada (salvo que se acuerde otra cosa en los Estatutos)Nombre elegido + S.Coop. (En algunas CCAA hay que añadir el nombre de la región y, si es ilimitada, especificarlo).
  • Las participaciones no se transmiten libremente; requiere permiso del resto.
  • No se puede transmitir con ánimo de lucro.
  • Obligatorio Fondo de Reserva con mínimo del 30% del excedente (beneficio).
  • Buscan el beneficio común de los socios.

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