Tipos de sociedades y contratos en el ámbito empresarial

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INDIVIDUAL:

Es la más simple y numerosa, formada por una persona física mayor de edad con plenas capacidades de actuación, actuando en nombre propio con responsabilidad personal y limitada. Tiene que tener habitualidad, está sujeto al IRPF y reflejado en la SS. Puede elegir el nombre de la empresa libremente y con 75% o más de su actividad a un único cliente, es un Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente.

CIVIL:

Contrato en el que dos o más personas ponen en común dinero, bienes, etc. para repartirse la ganancia. Las rentas obtenidas van a los socios. La responsabilidad es ilimitada y hay dos tipos, Sociedad Civil donde los socios mantienen secretos con pactos, dando cada socio actúa frente a terceros por sí mismo, esta no tiene personalidad jurídica, y Sociedad Civil con pactos públicos entre los socios, tiene personalidad jurídica y se encuentra en Registro Mercantil.

BIENES:

Un contrato donde una propiedad o derecho pertenece a varias personas, mínimo dos, que no se puede dividir. Su responsabilidad es ilimitada, sometida al IRPF y regulada en el Código Civil.

COLECTIVA:

Son varios socios, dos como mínimo, que aportan trabajo, capital o las dos cosas. Para actuar deben estar todos conformes, hay dos tipos de socios, COLECTIVOS (trabajo, capital o gestión) actúan de forma ilimitada y solidaria. INDUSTRIALES: No se hacen responsables si no está pactado. Inscrita en el RM y el nombre es el Nombre y apellidos de uno o todos acompañado de 'y compañía'.

COMANDITARIA:

COLECTIVOS (trabajo, capital o gestión) actúan de forma ilimitada y solidaria. COMANDITARIOS: Solo aportan capital y su responsabilidad es limitada. Sometida al Régimen de Sociedades y al Registro Mercantil. Se usa el nombre de uno o todos los socios colectivos seguido de 'y compañía'. Hay dos tipos de sociedad comanditaria: SIMPLE: Mínimos dos socios, uno comanditario y otro colectivo. POR ACCIONES: Mínimo dos socios, uno comanditario y otro colectivo, los comanditarios aportan por acciones. CAPITAL MÍNIMO 60000 y totalmente suscrito y desembolsado mínimo un 25%.

SLIMITADA:

Su responsabilidad frente a terceros es limitada, la aportación de los socios es por participaciones, las cuales pueden pasarse a familiares o etc siempre que se registre. Capital mínimo de 3000, íntegramente suscrito y desembolsado. Tributa por Impuesto de Sociedades y no tiene cantidad de socios exigida, pudiendo haber empresas unipersonales. Las participaciones no van al mercado de valores, son inscritas en el RM. SL o SRL.

SLIMNUEVAEMPR:

SLNE Es un subtipo de la limitada, orientada a proyectos más pequeños constituidos de manera fácil y rápida con garantías jurídicas. Su constitución puede ser telemática o presencial, su responsabilidad es limitada y el capital mínimo son 3000 y máximo 120000. No más de 5 socios durante la creación de la sociedad. También pueden ser unipersonales.

ANONIMA:

SA Tiene carácter mercantil, los socios aportan con acciones, pudiéndose dar libremente en el mercado de valores. Es limitada. Su capital mínimo es 60000 totalmente suscrito y desembolsado al menos un 25% al crear la empresa y tributa por el Impuesto de Sociedades. Libre número de socios y puede también ser unipersonal. Inscrita en el RM y pueden comprar más acciones aumentando su capital. No puede ser un nombre ya existente y su régimen fiscal es el impuesto de sociedades.

LABORAL:

SAL SLL Encontramos la Anónima y la Limitada, donde parte del capital social es de los trabajadores. Hay socios capitalistas 'acciones y participaciones' y socios trabajadores 'capital y trabajo'. Los trabajadores asalariados tienen un límite del porcentaje del trabajo. Su responsabilidad es limitada y su capital mínimo SAL 60000 SLL 3000. Tres socios mínimos, mínimo dos trabajadores. Tienen que tener una reserva especial y estar inscritas en el registro mercantil y en el impuesto de sociedades.

COOPERATIVAS:

Formados por personas que tienen libre actuación de entrar o salir de la empresa según sus necesidades. Tienen que dar trabajo y capital. Hay 3 tipos de socios, cooperativista (capital y trabajo), colaborador (capital máximo 45% aportaciones) y asalariados (trabajadores contratados). No tienen capital mínimo, hay dos grupos, los de primer grado compuesto mínimo por 3 personas y segundo grado, mínimo dos que son otras cooperativas. Su responsabilidad es limitada y tienen impuesto de sociedades, su registro es Sociedades cooperativas.

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