Tipos de Despido Laboral: Causas, Procedimientos y Consecuencias Legales
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Causas Objetivas
- Ineptitud del trabajador: Se refiere a la falta de capacidad para desempeñar las funciones asignadas.
- Procedimiento: Notificación escrita expresando la causa, preaviso de 30 días, indemnización de 20 días por año (máximo 12 mensualidades) y derecho a 6 horas semanales durante el preaviso para buscar nuevo empleo. Si no se cumple el preaviso, la empresa debe abonar los días correspondientes.
- Falta de adaptación: El trabajador no se adapta a las modificaciones técnicas del puesto. Se debe ofrecer un periodo de formación de al menos 2 meses. Durante este curso, el contrato queda en suspenso (máximo 3 meses) manteniendo la retribución.
- Amortización del puesto de trabajo: Debe estar acreditada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Los representantes sindicales tienen prioridad de permanencia.
- Requisitos: Se considera despido colectivo si en un periodo de 90 días afecta al 10% de la plantilla.
Despido Disciplinario
Se fundamenta en el incumplimiento grave y culpable del trabajador.
- Motivos: Falta de asistencia o impuntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fe contractual (espionaje, robo, daños), disminución continuada del rendimiento, acoso o embriaguez habitual.
- Procedimiento: Notificación por escrito detallando causas y fecha. Si el trabajador está afiliado a un sindicato, el empresario debe avisar al delegado sindical. Si el despido es improcedente, se deben abonar los salarios correspondientes. El trabajador dispone de 20 días hábiles para impugnar. El empresario debe liquidar el finiquito.
Despido Nulo
Se produce cuando la causa vulnera derechos fundamentales o garantías legales.
- Motivos: Discriminación, despido de trabajadoras embarazadas o cualquier causa expresamente prohibida por la ley.
- Consecuencias: Readmisión inmediata y abono de los salarios de tramitación. Si el trabajador percibió el paro, el empresario debe abonar los salarios y el trabajador devolver la prestación.
Despido Improcedente
Ocurre cuando no se cumplen los requisitos formales o las causas no quedan debidamente acreditadas.
- Consecuencias: El juez establece la readmisión o la indemnización (si no se readmite). El empresario tiene 5 días para optar. La indemnización es de 33 días por año (con un máximo de 24 mensualidades). En caso de despido exprés, el empresario abona lo que el juzgado determine.
Despido Procedente
Las causas alegadas por el empresario quedan plenamente acreditadas.
- Consecuencias: El trabajador no tiene derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, salvo en el caso de despido objetivo (20 días por año, máximo 12 mensualidades).
- Recursos: Se puede recurrir en los 5 días siguientes a la sentencia. Si en segunda instancia el despido se declara improcedente, el empresario debe pagar los salarios desde el despido hasta la sentencia. Si el fallo es favorable al empresario, este puede reclamar al Estado los salarios de tramitación.