Tipos de Contratos de Trabajo y Modalidades de Contratación en España

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Definición de Contrato de Trabajo

Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que el trabajador presta servicios voluntariamente bajo la dirección del empresario a cambio de un salario, que recibe independientemente de los resultados de la empresa.

Requisitos para Firmar un Contrato

  • Ser mayor de edad.
  • Tener entre 16 y 17 años con autorización de los padres o tutores legales.
  • Estar emancipado.

Elementos Esenciales del Contrato

Todo contrato debe incluir:

  • Partes contratantes.
  • Elementos temporales.
  • Lugar de trabajo.
  • Categoría o grupo profesional.
  • Salario.
  • Período de prueba.
  • Vacaciones.
  • Convenio colectivo aplicable.

Gestión Documental

Se deben realizar 3 copias del contrato: una para el trabajador, otra para los representantes legales y una tercera para la oficina de empleo (en un plazo máximo de 10 días hábiles).

Modalidades de Contratación

Contratos Indefinidos

  • Ordinario: Puede celebrarse por escrito o de forma verbal si es a tiempo completo. Si es a tiempo parcial, debe ser siempre por escrito.
  • Con cláusulas específicas: Siempre por escrito. Se utiliza para incentivar la contratación de determinados colectivos, como personas en situación de exclusión social o personas con discapacidad igual o superior al 33%.
  • Fijo discontinuo: Siempre por escrito. Se destina a actividades de temporada o intermitentes en períodos determinados. Los llamamientos deben quedar registrados.

Contratos Formativos

  • Contrato para la formación en alternancia: Permite adquirir formación teórica y práctica.
    • Requisitos: 16-30 años para certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2; sin límite de edad para otros casos.
    • Duración: Mínimo 3 meses, máximo 2 años.
    • Jornada: Máximo 65% el primer año y 85% el segundo (trabajo efectivo).
    • Retribución: Mínimo 60% el primer año y 75% el segundo, sin bajar del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    • Nota: No se puede establecer periodo de prueba.
  • Contrato para la obtención de práctica profesional: Orientado a la obtención de práctica adecuada al nivel de estudios.
    • Requisitos: Título universitario, de FP o certificado de profesionalidad. Debe realizarse en los 3 años siguientes a la obtención del título (5 años si es persona con discapacidad). No haber tenido experiencia laboral en la misma empresa y profesión superior a 3 meses.
    • Duración: Mínimo 6 meses, máximo 1 año.
    • Periodo de prueba: Máximo 1 mes.

Contratos por el Tipo de Trabajo Realizado

  • Por circunstancias de la producción: Para atender aumentos ocasionales en la actividad. Duración máxima de 6 meses. Indemnización: parte proporcional a 12 días de salario por año trabajado.
  • Por sustitución de persona trabajadora: Para sustituir a personas con derecho a reserva del puesto o cubrir un proceso de selección (máximo 3 meses). No tiene derecho a indemnización.

El Periodo de Prueba

Es el tiempo inicial de la relación laboral en el que empresa y trabajador se prueban mutuamente.

  • Características: Puede extinguirse el contrato por cualquiera de las partes sin justificar causa, sin preaviso y sin indemnización. El trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones, y este tiempo cuenta para la antigüedad.
  • Formalidad: Debe pactarse expresamente por escrito. No puede establecerse si el trabajador ya realizó el mismo trabajo en la empresa.
  • Duración máxima:
    • 1 mes en contratos temporales de hasta 6 meses.
    • 6 meses para técnicos titulados.
    • 2 meses para el resto de trabajadores.
    • 1 mes para contratos de obtención de práctica profesional.

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