Tipos de Actos Administrativos y Fases de la Instrucción: Clasificación y Procedimiento

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Clases de Actos Administrativos

Según los Efectos en los Administrados

  • Actos Favorables o “Declaraciones de Derechos”: Amplían los derechos de los administrados. Se clasifican en:
    • Concesiones: Otorgamiento administrativo a particulares para construir, explotar o aprovechar bienes o servicios de la administración.
    • Admisiones: Adjudicación de un estatus a una persona.
    • Autorizaciones: Permiso otorgado por la administración para ejercer un derecho preexistente.
  • Actos de Gravamen: Limitan derechos subjetivos o imponen una actuación no deseada por el particular. Se dividen en:
    • Prohibiciones: Impiden realizar una acción.
    • Sanciones: Castigo a una mala conducta.
    • Expropiaciones: Desposesión de un bien o derecho a su legítimo propietario.

Según su Forma de Producción

  • Actos Expresos: Existe una exteriorización de la declaración de voluntad y recae una resolución de la administración.
  • Actos Presuntos: Implican un silencio de la administración, que se interpreta positiva o negativamente según el caso.

Según la Posibilidad de Recurso

  • Actos Firmes: No son susceptibles de recurso alguno en vía administrativa.
  • Actos No Firmes: Son impugnables, primero en vía administrativa y después en vía contencioso-administrativa.

Fases de la Instrucción en el Procedimiento Administrativo

La instrucción es el conjunto de actos mediante los cuales se aportan al órgano decisorio los elementos de juicio necesarios para la resolución.

Fases

  1. Alegaciones: Los interesados pueden presentar alegaciones y aportar documentos en cualquier momento anterior al trámite de audiencia. Estos serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la resolución.
  2. Pruebas: Se busca convencer al órgano decisorio de la existencia de datos relevantes para la resolución. Son admisibles todos los medios de prueba pertinentes en derecho. Si la administración no considera ciertos los hechos alegados, el instructor abrirá un periodo de prueba no superior a 30 días ni inferior a 10, para que puedan practicarse las pruebas necesarias.
  3. Informes: Son declaraciones de juicio, con carácter técnico o jurídico, emitidas por órganos cualificados. Constituyen una aportación para proporcionar al órgano decisor los elementos de juicio necesarios para la resolución. Salvo disposición en contrario, los informes serán facultativos y no vinculantes.
  4. Trámite de Audiencia: Antes de redactar la propuesta de resolución, se pone de manifiesto a los interesados el expediente para que puedan realizar una defensa eficaz y completa de sus intereses. Los interesados pueden alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen pertinentes en un plazo de entre 10 y 15 días. Estas nuevas alegaciones representan la última oportunidad de influir en la resolución final.

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