Teoría del Estado y del Constitucionalismo: Origen, Evolución y Principios Fundamentales
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El Estado: Concepto, Elementos y Funciones
Un Estado surge cuando en un territorio se organiza jurídicamente un pueblo que se somete a un poder. La clave de este concepto es que el territorio constituye el límite geográfico para el ejercicio de dicho poder. Las personas que forman parte del Estado poseen la ciudadanía, la cual les otorga una serie de derechos y obligaciones.
Lo característico del Estado es que su poder es originario, es decir, no deriva de otros poderes; aunque en la actualidad este poder ya no es único, dado que existen Estados que comparten su soberanía. Desde el punto de vista jurídico, toda sociedad, para constituirse como tal, necesita unas reglas de organización: donde hay sociedad, hay derecho. No existe ningún poder político que no requiera de una serie de normas para regular su estabilidad y permanencia; el poder necesita, de manera inevitable, de normas jurídicas para organizarse.
Estas normas jurídicas no aparecen de forma aislada, sino que se presentan como un conjunto ordenado y estructurado según principios que regulan cómo se crean, cómo se modifican, entre otros aspectos. En este sistema, podemos distinguir dos tipos de normas:
- Normas de conducta: Aquellas que dirigen el comportamiento de los ciudadanos.
- Normas de organización: Aquellas que se refieren a cómo se crean, interpretan y aplican las propias normas jurídicas, utilizadas para estructurar el sistema.
Desde el punto de vista político, la finalidad primordial del Estado es garantizar la convivencia pacífica a través del monopolio del uso legítimo de la violencia. Asimismo, establece el marco normativo que regula dicha convivencia. El Estado debe definir unos fines y objetivos claros, y determinar quién posee la autoridad para hablar en su representación. Al ser una unidad de poder político, el Estado debe dar respuesta a las cuatro preguntas fundamentales:
- ¿Quién manda?
- ¿Cómo se manda?
- ¿Hasta dónde se manda?
- ¿Para qué se manda?
Conclusión: El Estado es una forma política de organizar la sociedad a través de normas jurídicas. Su objetivo esencial es garantizar la convivencia y trazar metas colectivas que se esforzará en alcanzar.
Concepto de Constitución
En un sentido general, se entiende por constitución el conjunto de normas fundamentales que garantizan la estabilidad y la convivencia del poder político. Históricamente, existen dos visiones enfrentadas sobre este concepto:
- Visión normativa (Hans Kelsen): Concibe la constitución como un conjunto de normas supremas que regulan el funcionamiento del ordenamiento jurídico y definen cómo se crea el resto de las normas de un país.
- Visión política (Carl Schmitt): Define la constitución como el conjunto de decisiones políticas fundamentales adoptadas por la sociedad. Desde esta perspectiva, lo demás son meros documentos jurídicos, no constituciones en sentido estricto.
Por otra parte, el concepto racional-normativo define la constitución como una norma que responde a las cuatro preguntas fundamentales (quién ejerce el poder, cómo se ejerce, hasta dónde se manda y para qué se manda), pero estructurándola de una manera determinada y racional.
Historia de las Constituciones
La constitución, tal como la entiende el derecho en la actualidad, posee características muy concretas. Por lo tanto, no se puede hablar de la existencia de constituciones propiamente dichas hasta un punto específico de la historia, impulsado por un grupo político determinado.
Este concepto surge con las revoluciones liberales y burguesas. Aunque el punto de partida histórico es la Revolución Inglesa, esta no llegó a plasmarse en una constitución escrita. Los primeros textos constitucionales propiamente dichos no aparecerían hasta la Revolución Americana y la Revolución Francesa.
La Revolución Americana
La diferencia fundamental entre ambos procesos radica en que la Revolución Americana fue un movimiento de carácter eminentemente político, mientras que la Revolución Francesa fue tanto política como, sobre todo, social.
La Revolución Americana estalló debido al conflicto de la independencia. Su gran desafío consistió en cómo organizar las trece colonias en un Estado superior. El debate político se centró en dos posturas opuestas:
- El federalismo: Defendía un poder central fuerte para impulsar la economía.
- El republicanismo: Abogaba por mantener la autonomía de las unidades por separado y dar mayor voz a los sectores agrícolas.
La tensión entre estas dos corrientes llevó a la celebración de la Convención de Filadelfia. Tras un extenso proceso de debate, triunfó la postura de los federalistas, partidarios de redactar una verdadera constitución, la cual se promulgó en 1787.
Otro de los grandes retos en el diseño del sistema americano fue garantizar que las minorías no se vieran sometidas de forma absoluta a las mayorías. Esto se aseguró mediante un rígido sistema de reforma constitucional que exigía el consenso de las dos terceras partes del Estado. Debido al propio origen de las colonias, caracterizado por una gran diversidad de congregaciones religiosas y minorías, los americanos tuvieron claro desde el principio que debía existir una norma suprema situada por encima de la ley ordinaria.
La Revolución Francesa
La Revolución Francesa supuso un cambio radical en la respuesta a las cuatro preguntas fundamentales. Este movimiento se produjo en oposición directa al Antiguo Régimen, un sistema donde el poder era de dominio exclusivo del monarca.
Toda sociedad requiere de normas para regular el poder y de un principio de legitimación; para que un poder perdure en el tiempo, debe convencer a los ciudadanos de que su autoridad es legítima. La revolución transformó por completo este principio de legitimidad. En el Antiguo Régimen, el criterio del poder era de carácter descendente (de Dios al rey) y el derecho era tradicionalista, basado en la voluntad absoluta del monarca, sin límites jurídicos y orientado a la gloria de la dinastía. No existía la movilidad social; la gran mayoría de la población estaba atrapada en el estamento más bajo sin posibilidad de cambio.
En un contexto de profunda crisis económica y asfixia fiscal en Francia, el pueblo llano, junto con sectores de la nobleza y el clero, se reunió en la célebre Sala del Juego de Pelota, quebrando así las bases del Antiguo Régimen. Hasta ese momento, el rey gobernaba por designación divina, su voluntad era ley y poseía una potestad legislativa y jurídica sin límites.
Frente a este absolutismo, la clase burguesa fue la encargada de iniciar la revolución. La burguesía estaba compuesta por personas con recursos económicos y formación profesional que, a pesar de no ser nobles ni clérigos, tampoco eran agricultores analfabetos. Poseían dinero y educación, pero carecían de privilegios y de representación política, lo que les hacía sentirse profundamente discriminados. Con una moral basada en la productividad, el éxito personal y la búsqueda de la felicidad, lograron articular una fuerte opinión pública y difundir las ideas de la Ilustración francesa, que sirvieron de base para la revolución. No obstante, para alcanzar el poder que ansiaban, los burgueses necesitaron apoyarse en la fuerza del pueblo.
Detrás de este proceso revolucionario latían dos grandes corrientes de pensamiento:
- El racionalismo: La convicción de que existe una razón humana autónoma de la razón divina. Esto permitió separar los argumentos religiosos de los asuntos humanos y científicos. Bajo la premisa de que la naturaleza es racional, la ciencia cobró un protagonismo sin precedentes gracias a figuras como Galileo, Copérnico y Newton.
- El individualismo: La idea de que se debe gobernar para las personas. Si era posible aplicar la razón para descubrir las leyes de la naturaleza, también debía emplearse para organizar la sociedad de forma racional. No resultaba lógico que una sola persona concentrara todo el poder. Cualquier ser humano que hiciera uso de la razón descubriría que posee una serie de derechos inherentes a su persona.
La revolución constitucional culminó con la creación de la primera constitución escrita de Francia en 1791. Por primera vez en la historia, se diseñaba una norma jurídica escrita que, de manera sistemática y en un solo documento, organizaba el poder del Estado y regulaba sus relaciones con la población. Para los revolucionarios, esto representaba tanto un nuevo comienzo como la aplicación evidente y necesaria de la razón humana.
Las Cuatro Preguntas Fundamentales del Constitucionalismo
La norma constitucional se caracteriza por responder a las cuatro preguntas fundamentales de una manera completamente nueva:
1. ¿Para qué se manda? y ¿Hasta dónde se manda?
El primer pilar de la constitución es la consecución de la libertad. El hombre racional, por definición, debe ser libre, y las constituciones se conciben como herramientas técnicas para alcanzar y preservar esa libertad. Históricamente, el poder ha sido —y sigue siendo— la principal amenaza para la libertad individual. Por ello, la libertad solo se consigue limitando el poder.
¿Cómo se limita el poder? Principalmente a través de dos mecanismos:
- La división de poderes, repartiendo las funciones estatales en diferentes ramas para debilitar el poder absoluto.
- El reconocimiento de un ámbito de derechos fundamentales (la integridad física, la libertad de pensamiento, etc.) en el cual el Estado no puede intervenir.
Bajo la influencia de la corriente iusnaturalista, se entendía que estos derechos eran inherentes a la propia naturaleza humana. Aunque existía la paradoja de que los revolucionarios defendían simultáneamente sus propios intereses de clase, la idea de que todo individuo poseía derechos inalienables resultó verdaderamente revolucionaria. Con el paso del tiempo, se han ido incorporando nuevos derechos, pero aquellos principios fundacionales siguen siendo indispensables hoy en día.
2. ¿Quién manda? y ¿Cómo se manda?
El segundo pilar del constitucionalismo supuso un cambio radical en la titularidad del poder. En el Antiguo Régimen la soberanía residía en el rey; la revolución impuso la idea de que el poder debe emanar desde abajo, es decir, del pueblo. Este es el principio de la soberanía nacional ("Nosotros, el pueblo", lema de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos).
Dado que en las sociedades complejas y extensas no es viable el autogobierno directo, la democracia debe ser necesariamente una democracia representativa. Para garantizar que los gobernantes respeten los límites establecidos y no vulneren los derechos de los ciudadanos, se distinguen dos momentos clave:
- El poder constituyente: El momento en que el pueblo, en ejercicio de su libertad, define las reglas del juego y aprueba una constitución, rompiendo con el orden anterior.
- Los poderes constituidos: Todos los poderes derivados (legislativo, ejecutivo y judicial) que quedan subordinados y limitados por la constitución, sin posibilidad de saltarse sus normas.
La constitución funciona, por tanto, como una autolimitación del propio poder constituyente. No existe una constitución suprema sin un principio democrático sólido, ya que es la propia constitución la que articula y garantiza la democracia. La clave reside en limitar a quienes ejercen el poder, asegurando la supremacía constitucional mediante la garantía judicial: ninguna ley ni sentencia puede contravenir lo dispuesto en la norma fundamental.
Asimismo, para adaptar la constitución a las transformaciones de la realidad social sin destruir el sistema, la propia norma constitucional prevé su propio mecanismo de reforma. Este procedimiento es deliberadamente más complejo que el de una ley ordinaria y puede incluir cláusulas de intangibilidad o límites más estrictos para la modificación de ciertas partes esenciales.
Cabe destacar que, en sus inicios, la constitución en Europa no se consolidó inmediatamente como una norma jurídica vinculante debido a la ausencia de un verdadero principio democrático y de soberanía popular. Durante el siglo XIX, Europa experimentó un movimiento codificador no constitucionalizado, donde la constitución era vista como un documento meramente político. La identidad de clase entre los pocos que tenían derecho al voto y los representantes elegidos bastaba para asegurar la protección de sus intereses. Esta situación cambió radicalmente con la llegada de la Revolución Industrial y, de manera definitiva, tras el fin de las dictaduras posteriores a la Segunda Guerra Mundial.
Características Esenciales de la Constitución
En la actualidad, una constitución se define por las siguientes características fundamentales:
- Documento único y norma jurídica suprema: Vincula tanto a los ciudadanos como a todos los poderes públicos.
- Principio democrático y soberanía popular: No existe verdadera constitución si no emana del pueblo; todos los poderes del Estado deben derivar, directa o indirectamente, de la voluntad popular.
- Derechos fundamentales y división de poderes: Es imprescindible el reconocimiento explícito de las libertades ciudadanas como límite infranqueable al ejercicio del poder.
- Mecanismos de garantía: Debe contar con instrumentos jurídicos eficaces para asegurar que cualquier norma contraria a la constitución sea expulsada del ordenamiento jurídico.
- Procedimiento de reforma singular: Debe establecer un método propio y agravado para su modificación, garantizando así su estabilidad.
- Acuerdo de mínimos: La constitución no debe regularlo todo de forma pormenorizada; debe ser un marco lo suficientemente amplio y abstracto para permitir la alternancia política y el desarrollo legislativo dentro del juego democrático.
- Contenido político y simbólico: Su vigencia real depende de que las fuerzas políticas y la ciudadanía se identifiquen con ella, la respeten y la consideren un elemento esencial de integración nacional.