Suspensión del Contrato de Trabajo y Excedencias: Derechos y Causas Legales

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La Suspensión del Contrato de Trabajo

La suspensión de contrato consiste en que el trabajador deja de prestar sus servicios y tampoco cobra retribución de la empresa durante un tiempo determinado. Una vez terminada la suspensión, el trabajador volverá a su puesto de trabajo (excepto en algunas excedencias).

Causas Principales de Suspensión

  1. Nacimiento de hijo o hija o adopción de un menor de 6 años: Descanso de 16 semanas seguidas, ampliables por parto múltiple a dos semanas por cada hijo. Seis de ellas son obligatorias después del parto; las 10 restantes pueden ir seguidas o por semanas hasta que el hijo tenga 12 meses. La madre puede solicitar que se adelante hasta 4 semanas antes de la fecha probable del parto. Por fallecimiento del hijo/a se tiene derecho igualmente al descanso. En caso de parto prematuro o aquellos donde se precise hospitalización de más de 7 días, el descanso se amplía tantos días como se necesite.
  2. Riesgo durante el embarazo o durante la lactancia: Aplicable para menores de 9 meses.
  3. ERTE por causas objetivas.
  4. ERTE por fuerza mayor temporal.
  5. Huelga legal o cierre legal.
  6. Baja laboral: Incapacidad temporal por accidente o enfermedad.
  7. Suspensión de empleo y sueldo.
  8. Por cargo público.
  9. Privación de libertad.
  10. Víctima de violencia de género: Duración máxima de 6 meses, ampliable a 18 si lo determina un juez.
  11. Por mutuo acuerdo.

Tipos de Excedencia

La excedencia es otra forma de suspensión del contrato con características específicas según su naturaleza:

1. Excedencia Forzosa

  • Causa: Cuando el trabajador es designado para un cargo público o sindical (provincial o superior).
  • Duración: La misma que dure el cargo.
  • Derechos: Reserva de puesto de trabajo y computa para la antigüedad.

2. Excedencia por Cuidado de Hijos

  • Causa: Cuidado de cada menor de 3 años.
  • Duración: Máxima hasta que el menor cumpla los 3 años.
  • Derechos: Reserva del puesto de trabajo durante el primer año; el segundo y el tercer año se reserva un puesto del mismo grupo profesional. Si lo solicitan el padre y la madre a la vez, se amplía la reserva de puesto a 18 meses. Computa para la antigüedad y otorga derecho a cursos de formación.

3. Excedencia por Cuidado de un Familiar

  • Causa: Familiar hasta segundo grado que, por edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí solo.
  • Duración: Máxima de 2 años.
  • Derechos: Reserva de puesto el primer año y el segundo de su grupo profesional. Computa la antigüedad y otorga derecho asistencial de formación.

4. Excedencia Voluntaria

  • Causa: Voluntad del trabajador con al menos un año de antigüedad en la empresa.
  • Duración: Mínimo 4 meses y máximo 5 años.
  • Derechos: No reserva el puesto de trabajo (solo derecho preferente al reingreso si hay vacante) y no computa para la antigüedad.

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