El Surgimiento y Evolución de la Auditoría
NACIMIENTO Y DESARROLLO DE LA AUDITORÍA
1. Concepto de Auditoría
El término auditoría, de origen latino, ha experimentado cambios notables en su significado a lo largo del tiempo. Originalmente, significaba control, revisión, verificar y observar.
En su acepción más restringida, la auditoría de cuentas, o simplemente auditoría, es la actividad de revisión y verificación de las cuentas anuales (balance patrimonial y de pérdidas y ganancias) para asegurar que estas representen fielmente el patrimonio y el resultado de las operaciones de la empresa o entidad auditada. Esta verificación se realiza de acuerdo con la normativa legal aplicable y los principios de contabilidad generalmente aceptados.
2. Antecedentes Históricos
Los antecedentes de la auditoría son casi tan antiguos como la historia de la humanidad. La actividad auditora, como control de la actividad económico-financiera, surgió cuando la propiedad de los recursos y la responsabilidad de su uso productivo dejaron de estar en manos de una misma persona.
La auditoría moderna, tal como la conocemos, nació en Europa después de la Revolución Industrial, en el siglo XIX, con un desarrollo desigual entre los distintos países.
El auge de las Sociedades Anónimas (S.A.) generó la necesidad de que la información contable proporcionada a accionistas y acreedores reflejara la situación patrimonial y económica real de la empresa.
La auditoría como profesión se reconoció en Gran Bretaña con la Ley de Sociedades de 1862. En 1879, se obligó a las entidades bancarias a someter sus cuentas al juicio de un auditor independiente. Entre 1880 y 1900, la profesión se desarrolló extraordinariamente en Inglaterra y se introdujo en Estados Unidos alrededor de 1900.
En Francia, la Ley del 24 de julio de 1867, relativa a las sociedades, reguló la figura del Comisario de Cuentas, cuya misión era presentar a la Junta General un informe sobre las cuentas preparadas por los administradores.
En esta primera época, los objetivos de la auditoría eran:
- Detección y prevención de fraudes.
- Detección y prevención de errores.
Hasta principios del siglo XX, el trabajo de los auditores se centraba en el balance que las empresas presentaban a los bancos para solicitar préstamos. La cuenta de pérdidas y ganancias se consideraba confidencial.
A partir de 1900, el objetivo principal pasó a ser determinar la exactitud con la que los estados financieros reflejaban la situación patrimonial y financiera de la empresa.
La auditoría operativa o de gestión, una extensión de la auditoría financiera, está en pleno desarrollo. Estudia la racionalidad económica de la institución y generalmente requiere una auditoría contable previa.
3. Auditoría Externa
La auditoría externa la realizan auditores del Organismo Superior de Control y firmas privadas independientes.
4. Auditoría Interna y Auditoría Gubernamental
La auditoría interna la realiza el personal de auditores de la propia entidad.
La auditoría gubernamental es el control, fiscalización y revisión de las actividades de las entidades del sector público, realizada por el Organismo Superior de Control.
5. ¿Por qué se efectúa la Auditoría?
El objetivo principal de la auditoría gubernamental es ayudar a las entidades públicas a mejorar sus operaciones a partir de hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
No busca sancionar fraudes, irregularidades o desvíos, sino identificar sus causas para corregirlas y aumentar la eficiencia, efectividad y economía de las operaciones.
6. ¿Quién efectúa la Auditoría?
La auditoría gubernamental la realiza el Organismo Superior de Control (Contraloría General de la República), que debe contar con auditores profesionales.
El auditor profesional debe ser contador público titulado con especialización en auditoría. Su formación práctica, incluyendo criterio y juicio profesional, se adquiere con años de experiencia bajo la supervisión de un auditor experimentado.
7. ¿Cómo se efectúa la Auditoría?
El Organismo Superior de Control realiza la auditoría a través de su personal, organizado en direcciones o unidades que controlan sectores del Sector Público. Los auditores, seleccionados según los objetivos de la auditoría, trabajan en equipos y siguen las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas. Los trabajos se originan por resolución, ya sea por denuncia o de oficio.
El OSC elabora un plan anual de auditorías, estableciendo las entidades públicas a controlar cada año, para cubrir todo el Sector Público en un periodo determinado, priorizando las entidades problemáticas.
8. ¿Cuál es el producto de la Auditoría?
El producto final es un informe de auditoría, discutido con los funcionarios de la entidad y presentado por escrito. El informe detalla los hallazgos significativos para convencer a la entidad auditada de aceptar las conclusiones e implementar las recomendaciones.
9. ¿Qué resultado se espera?
Se espera una mejora en las operaciones de las entidades, basada en la adopción de las recomendaciones, evidenciada por un aumento en la eficiencia, efectividad y economía.
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10. Introducción
La auditoría profesional es el mecanismo que permite al Organismo Superior de Control y a la Administración del Estado ejercer funciones de control, fiscalización y revisión de forma profesional, independiente y confiable, sin interferir con las funciones administrativas.
11. Necesidad de unificar criterios
Es crucial unificar criterios y conceptos de auditoría gubernamental a nivel nacional e internacional, dado el énfasis en el uso eficiente, efectivo y económico de los recursos públicos.
Las instituciones financieras internacionales exigen, como condición para otorgar préstamos, auditorías profesionales basadas en las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas. Esta necesidad se aplica también a proyectos financiados con presupuesto público.
Por ello, se han integrado los requisitos de auditoría del BID y otros organismos, junto con la experiencia de la auditoría financiera e interna del sector privado. También se incorporan los conceptos internacionales y las recomendaciones de los congresos internacionales de entidades fiscalizadoras superiores (INCOSAI), dentro del marco de las políticas del ILACIF (1 de febrero de 1977).
12. Diferentes tipos de niveles de Control
a) Según el momento de ejecución:
- Control previo (antes del inicio).
- Control concurrente o de ejecución (durante el proceso).
- Control posterior (después de la realización).
b) Según la dependencia del órgano de control:
- Control interno (dependiente de la empresa).
- Control externo (independiente de la empresa).
c) Según el tipo de prueba:
- Control formal (cuentas y documentos).
- Control material (verificaciones in situ).
13. La Auditoría Profesional efectuada por el Organismo Superior de Control (OSC)
Casi todos los países tienen una institución responsable del control externo de los recursos públicos. En América Latina, suele ser la Contraloría General o el Tribunal de Cuentas, independiente del Poder Ejecutivo.
Los Organismos Superiores de Control modernos han reemplazado mecanismos empíricos de fiscalización por la auditoría profesional, basada en exámenes y pruebas selectivas sistemáticas de alcance comprensivo.
14. El Control de Eficiencia, Eficacia y Economía
En economía, un agente es eficiente cuando maximiza el valor de los objetivos con un coste dado, o alcanza los objetivos con el menor coste. La auditoría de eficiencia comprueba la optimización de recursos en las entidades públicas.
La dificultad de evaluar bienes y servicios no sujetos al mercado, comunes en el sector público, se resuelve con indicadores indirectos.
Tras la Segunda Guerra Mundial, se diferenciaron los términos eficacia, eficiencia y economía. Un responsable público es eficaz cuando alcanza los objetivos con los recursos disponibles, sin considerar la economía de medios.
En economía, la eficiencia es superior a la eficacia. En auditoría, los controles de economía, eficiencia y, a veces, eficacia, se consideran una misma cosa.
El control de eficiencia equivale al de gestión o actuación, considerando todos los aspectos de la institución. El de eficacia se centra en un área específica y el grado de cumplimiento de objetivos.
Las auditorías de eficiencia suelen complementar las de regularidad legal y contable. De hecho, toda auditoría de eficiencia debe partir de una de legalidad, ya que las normas delimitan cuestiones de eficiencia. En una auditoría integral, el control de eficiencia es la última etapa.
El esquema se resume así:
Auditoria de eficiencia (Economía, eficiencia y eficacia)
|
+--- Auditoria de regularidad contable
|
+--- Auditoria de legalidad
UNIDAD II: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1. ¿Qué es la CGR?
La Contraloría General de la República (CGR) controla las actividades económicas y financieras del Estado, Departamentos y Municipalidades, según la Constitución Nacional y la Ley 276/93.
2. Objeto
La CGR vela por el cumplimiento de las normas de administración financiera del Estado y protege el patrimonio público. Establece normas y procedimientos, realiza auditorías financieras, administrativas y operativas, y controla la percepción de recursos, gastos e inversiones de los fondos públicos (multinacionales, nacionales, departamentales o municipales) y de organismos con interés patrimonial para el Estado.
3. Composición
La CGR está dirigida por un Contralor y un Sub-Contralor, paraguayos, mayores de 30 años, graduados en Derecho o Ciencias Económicas, Administrativas o Contables.
4. Designación y Remoción
Son designados por la Cámara de Diputados por mayoría absoluta, a partir de ternas propuestas por el Senado. Duran cinco años y pueden ser reelectos por un periodo más. Prestan juramento ante la Cámara de Diputados. Solo pueden ser removidos por delito o mal desempeño, mediante juicio político.
5. Impedimento
No pueden ser Contralor ni Sub-Contralor quienes:
- Hayan sido sancionados con medidas disciplinarias de segundo grado en la función pública.
- Hayan sido condenados por delitos con pena penitenciaria (excepto accidentes de tránsito).
- Tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el Presidente o Vicepresidente.
6. Deberes y Atribuciones de la CGR
- Controlar, vigilar y fiscalizar los bienes públicos del Estado, entidades regionales, departamentales, municipales, Banco Central, bancos estatales o mixtos, entidades autónomas, autárquicas o descentralizadas, y empresas estatales o mixtas.
- Controlar la ejecución y liquidación del Presupuesto General de la Nación y los presupuestos de las entidades mencionadas en el punto anterior.
- Fiscalizar las cuentas de empresas multinacionales con participación estatal.
- Requerir informes sobre gestión fiscal y patrimonial a entidades que administren fondos públicos.
- Recibir declaraciones juradas de bienes de funcionarios públicos.
- Denunciar a la Justicia y al Poder Ejecutivo cualquier delito detectado en el ejercicio de sus funciones.
- Verificar gastos e inversiones del Presupuesto de los Poderes Legislativo y Judicial.
- Controlar la veracidad de informes oficiales sobre estadísticas financieras y económicas.
- Vigilar y controlar ingresos y egresos del Tesoro Nacional.
- Fiscalizar las privatizaciones de empresas públicas.
- Controlar los procesos de licitación y concurso de precios de los organismos bajo su control.
7. Exámenes, Fiscalización y Control
La CGR examina e inspecciona libros, registros y documentos contables del Estado, entidades departamentales, municipales, Banco Central, bancos estatales o mixtos, entidades autónomas, autárquicas o descentralizadas, empresas estatales o mixtas, y empresas multinacionales con participación estatal.
Puede interpretar disposiciones administrativas y reglamentarias, y sus conclusiones, recomendaciones y dictámenes son obligatorios para los organismos bajo su control. Los documentos contables aprobados se destruyen después de 10 años.
8. Intervención Judicial
La CGR puede solicitar al Juez allanamiento de domicilios o locales con auxilio de la fuerza pública, en procedimientos de control y fiscalización.
9. Del Contralor General
- Representa a la CGR.
- Dirige las actividades de la institución.
- Preside el Comité Ejecutivo.
- Nombra al personal (Ley 276/93).
10. Del Sub-Contralor
- Sustituye al Contralor en caso de impedimento, ausencia o vacancia.
- Coopera con el Contralor (Ley 276/93).
- Supervisa las dependencias de la CGR.
11. De las Sustituciones
Si el Contralor y el Sub-Contralor no pueden ejercer sus funciones, los reemplaza el Director General de Asuntos Jurídicos.
12. Estructura Orgánica
- Contralor
- Sub-Contralor
- Dirección General de Asuntos Jurídicos
- Comité Ejecutivo
- Auditoria Institucional
- Asesoría Técnica
- Planificación e Informes
- Secretaría General
- Dirección General de Administración
- Dirección General de Control de la Adm. Central
- Dirección General de Control de la Adm. Descentralizada
- Dirección General de Control de Organismos Departamentales y Municipales
- Dirección General de Control de Obras Públicas
- Dirección General de Licitaciones
- Dirección General de Economía
- Dirección General del Patrimonio del Estado
13. Comité Ejecutivo
Integrado por los Directores de la CGR. Reglamenta sus propias funciones y se encarga de la selección, calificación, promoción y destitución del personal.
14. De los Síndicos
Designados por la CGR para el control de organismos estatales. Ejercen sus funciones conforme a la ley y son responsables solidariamente con los responsables de la repartición pública que fiscalizan. Sus remuneraciones se incluyen en el Presupuesto de la Contraloría.
15. Responsabilidades y Sanciones
La CGR toma las medidas necesarias para resguardar las pruebas. Proporcionar datos falsos a la CGR conlleva sanciones. El secreto profesional no impide proporcionar información a la CGR, aunque su personal debe guardar la debida reserva.
UNIDAD IV: SISTEMA DE CONTROL EXTERNO
1. Autoridad para efectuar la Auditoría
La auditoría requiere autoridad. En empresas privadas, se origina en un convenio (auditoría independiente) o es conferida por el Gerente (auditoría interna).
En el sector público, la autoridad la establecen las leyes. En Paraguay, la Contraloría General de la República.
Inicialmente, el control se realizaba “en sede”. Con la modernización, se prioriza la revisión “en el sitio”.
2. Relaciones de la Auditoría Gubernamental
a) Sistema de Control Interno
La auditoría es un control posterior que examina las operaciones ya ejecutadas para promover mejoras. Se proyecta al futuro basándose en el pasado. Su alcance depende de la confiabilidad del sistema de control interno.
b) Sistema Contable
La auditoría se basa en el sistema contable, que incluye formularios, documentos de origen, libros de entrada, mayor general, plan de cuentas y otros registros. Un sistema contable adecuado facilita la auditoría, reduciendo tiempo y costes. Algunos requisitos deseables:
- Simplicidad.
- Plan de cuentas lógico y sencillo.
- Clasificadores comunes para fines presupuestarios y contables.
- Mínimo de mayores auxiliares.
- Archivo numérico o cronológico de documentos.
c) Presupuesto
El auditor usa el presupuesto como norma y su ejecución como medida de cumplimiento. La ejecución presupuestaria mide la eficiencia financiera del gobierno. El auditor se centra en las desviaciones del plan para su corrección.
d) Con otros sistemas administrativos
La auditoría financiera se relaciona con los sistemas administrativos en sus aspectos financieros.
3. Normas de Auditoría. INTOSAI
INTOSAI (Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores) establece normas para el sector público:
a) Postulados básicos:
- Aplicabilidad: Las EFS deciden las normas según la entidad auditada.
- Juicio imparcial: Las EFS aplican su propio criterio.
- Obligación de rendir cuentas: Por quienes manejan recursos públicos.
- Responsabilidad de la Dirección: Por los informes financieros.
- Promulgación de normas contables.
- Coherencia de las normas: Presentación conectada de la situación y resultados.
- Controles internos: Determinan fortalezas y debilidades.
- Acceso a los datos: Facilitado por preceptos legales.
- Actividad a fiscalizar: Dentro de las competencias de las EFS.
- Perfeccionamiento de técnicas de auditoría.
- Conflicto de intereses: Las EFS deben evitarlos.
b) Normas generales:
- Independencia: Auditores y EFS deben ser independientes.
- Competencia profesional: Capacitación y experiencia.
- Diligencia debida: Cuidado y esmero profesional.
- Otras normas: Para contratar personal adecuado, formar a los funcionarios, elaborar manuales y guías, y revisar la eficiencia de las normas internas.
c) Normas de procedimiento:
- Planificación: Para una auditoría de alta calidad, económica, eficiente, eficaz y con prontitud.
- Supervisión y revisión: Por un miembro experimentado.
- Control interno: Evaluar su fiabilidad.
- Cumplimiento de leyes y reglamentos.
- Pruebas: Para fundamentar opiniones y conclusiones.
- Análisis de cuentas: Verificar el cumplimiento de principios contables.
d) Normas para la elaboración de informes:
Normas de forma:
- Título adecuado.
- Fecha de presentación.
- Firma del auditor.
Normas de contenido:
Integridad: Las opiniones deben adjuntarse y publicarse con las cácalas a que se
hacen referencia, pero los informes de auditorias operativas pueden publicarse
independientemente ele las cuentas.
Materia: Tanto en la opinión como en el informe deben señalarse las materias a que se
hacen referencia y datos tales como: cl nombre de la entidad fiscalizada, la fecha y el
periodo en que se realizó la auditoria.
Fundamento legal: Las opiniones y los informes deben hacer referencia a la
legislación o autorización en se basan.
Cumplimiento de las normas: Las opiniones deben invocar que normas o costumbres
se lian seguido cu la realización de la fiscalización, y si son generalmente aceptadas.'
Cumplimiento de las leyes y reglamentos: Las opiniones o informes deben'
especificar si se cumplieron con las leyes y reglamentos respectivos que regula la
realización de una fiscalización.
Oportunidad: Las opiniones y los informes deben presentarse lo más rápido posible
para que así se tenga mayor utilidad.
6 - NECESIDAD DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL.
La auditoria gubernamental es necesaria para la buena marcha de la administración pública. Los nltos funcionarios públicos, los administradores y los ejecutivos del sei vicio público no pueden mantener un control directo y completo sobie todos los empleados, transacciones y operaciones de la. entidad: dependen del establecimiento de normas de control que deben ser observadas por tocios Jos servidores públicos. Para determinar el grado de cumplimiento de tales normas, requieren cl examende las operaciones, efectuado por auditores internos o externos, y se necesitan sus recomendaciones para mejora rías.
1J PRINCIPIOS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
Se consideran como principios o postulados do Auditoria Gubernamental las verdades gubernamentales
que reúnen las siguientes características: ¿
Autoevidcnt.es. / .......;
Generalmente aceptados por la profesión
Establecidos poi las disposiciones lega ios'de un país dado.
Entre los principios de auditoría podemos citaiy
a) Las operaciones: Actividades y transacciones del gobierno son susceptibles a la deducción de-
hechos en base a la evidencia y por lo tanto, son vci ifícables.
- Las operaciones y las transacciones gubernamentales generalmente están libres de corrupción y.. ■'"'■' de otras anormalidades. , ->'_"
- La existencia de un sistema de control interno minimiza la probabilidad de irregularidades. .*. .
- En .ausencias de evidencias claras, en las entidades publicas bajo control, lo que se considere cierto en el pasado permanecerá cierto en cl futuro.
- La posición profesional del auditor gubernamental impone obligaciones profesionales proporcionales. •
í) Al auditor gubernamental le concierne básicamente las operaciones, actividades " y
transacciones significativas, g) La Auditoria Gubernamental se dirige principalmente a la mejora de las operaciones futuras.
más que la crítica del pasado, la divulgación de irregularidades y la aplicación, de sanciones. '
1 .i
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