Todo sobre la Sociedad Anónima: Capital, Acciones y Órganos
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Sociedad Anónima
Características generales
- Número de socios: El número de socios para la constitución puede ser de uno o más, ya sean personas físicas o jurídicas.
- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
- Capital social: El capital mínimo de constitución es de 60.000 € dividido en acciones. Este tipo de asociaciones se puede crear mediante fundación simultánea o fundación sucesiva, y el capital debe estar desembolsado en un mínimo del 25%.
- Razón social: Debe estar formada por el nombre de la sociedad seguido de las siglas “SA”.
- Transmisión de acciones: Es libre una vez que la sociedad esté inscrita en el Registro Mercantil.
- Fiscalidad: Tributa por el Impuesto sobre Sociedades.
Constitución
Se ha de constituir mediante escritura pública y deberá estar inscrita en el plazo de dos meses en el Registro Mercantil.
Órganos de la sociedad
- Junta General: Es la reunión de los socios donde se decide por mayoría absoluta sobre cuestiones importantes. Existen tres tipos de junta: Junta General Ordinaria, Junta Extraordinaria y Junta Universal.
- Administradores: La administración de la sociedad se puede confiar a un único administrador o a un consejo de administración.
Los accionistas y las acciones
Los accionistas son los propietarios de una o más acciones de la empresa. Tienen los siguientes derechos:
- Derecho a participar en el reparto de beneficios sociales.
- Derecho preferente de suscripción en la emisión de nuevas acciones.
- Derecho de asistencia y voto en las juntas.
- Derecho a impugnar los acuerdos sociales.
- Derecho de información sobre los asuntos a tratar en la junta de accionistas.
El capital de una sociedad anónima se divide en partes iguales y cada una de ellas se denomina acción. Las aportaciones del capital de una empresa se representan mediante títulos o por medio de anotaciones en cuenta.
Clases de acciones
Según los derechos
- Ordinarias: No tienen ningún derecho especial.
- Privilegiadas: Tienen algún privilegio, como recibir un dividendo mínimo.
Según la titularidad
- Nominativas: La acción incorpora el nombre del propietario.
- Al portador: La acción es propiedad de quien la posee.
Según el capital
- Ordinarias: Son aquellas que están desembolsadas mediante moneda.
- Propias: Son aquellas en las que, en contraprestación al pago, se admite una aportación en bienes.
- Liberadas: La acción se emite con cargo a reservas por una parte o, si están totalmente liberadas, en su totalidad.
Conceptos básicos relativos a las acciones
- Valor nominal: Valor que tiene cada acción y que aparece en el título.
- Valor efectivo: Valor de mercado en el momento de la compraventa de una acción.
- Valor de emisión: Si la empresa emite nuevas acciones, puede ser que el valor tenga una prima de emisión; si es así, esta se deberá sumar al valor nominal de la acción.
- Valor teórico contable: Valor de una acción según diversos criterios objetivos.
- Valor teórico después de la ampliación: Importe que se calcula para poder asignar un valor al derecho de suscripción.
- Derecho de suscripción: Derecho preferente de los accionistas a suscribir nuevas acciones para mantener la misma proporción de capital de la empresa.
- Renta y rentabilidad: Capacidad de un capital de producir una renta; se expresa mediante un porcentaje.