Sistema de Pensiones en Chile: Funcionamiento y Beneficios

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Inicio y Afiliación al Sistema de Pensiones

Afiliación Automática

El inicio de la labor de un trabajador no afiliado genera la afiliación automática al Sistema de Pensiones y la obligación de cotizar en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), según el artículo 2° del D.L. Nº 3.500.

Definición de Afiliación

La afiliación es la relación jurídica entre un trabajador y el Sistema de Pensiones de Vejez, Invalidez y Sobrevivencia, que origina derechos y obligaciones, especialmente el derecho a prestaciones y la obligación de cotización (Art. 2, inciso 2°).

Carácter de la Afiliación

La afiliación es única y permanente, subsistiendo durante toda la vida del afiliado, independientemente de su actividad laboral o cambios de institución dentro del sistema.

Capitalización Individual y Administración Privada

Capitalización Individual

Cada afiliado posee una cuenta individual donde se depositan las cotizaciones previsionales, las cuales se capitalizan y generan rentabilidad a través de inversiones realizadas por las AFPs. Al término de la vida activa, este capital se devuelve al afiliado o sus beneficiarios en forma de pensión.

Administración Privada de los Fondos

El Sistema de Pensiones es administrado por entidades privadas (AFPs), sociedades anónimas cuyo objeto exclusivo es la administración de Fondos de Pensiones. Las AFPs recaudan cotizaciones, invierten los recursos y otorgan beneficios, financiándose a través de comisiones.

Características del Sistema

Cobertura Legal

El Sistema es obligatorio para trabajadores dependientes y opcional para quienes estaban en el sistema antiguo y para independientes.

Afiliados y Cotizantes

La afiliación se adquiere al incorporarse al sistema y se mantiene salvo desafiliación para volver al régimen antiguo. Pueden afiliarse trabajadores dependientes e independientes.

Financiamiento del Sistema

  • Las pensiones de vejez se financian con el 10% de las remuneraciones imponibles.
  • En caso de invalidez o fallecimiento, se complementa con un seguro de invalidez y sobrevivencia.

Separación entre AFP y Fondo

El Fondo de Pensiones es un patrimonio independiente de la AFP, y sus bienes son inembargables.

Modalidades de Pensión

Retiro Programado

El afiliado autoriza a la AFP a retirar anualmente una cantidad de dinero de su cuenta individual.

Renta Vitalicia Inmediata

El afiliado transfiere sus fondos a una compañía de seguros que paga una pensión mensual hasta su fallecimiento.

Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida

Combina las dos modalidades anteriores, con una renta temporal y luego una vitalicia.

Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado

Se contrata una Renta Vitalicia Inmediata con parte del saldo y un Retiro Programado con el resto.

Otros Aspectos Relevantes

Excedente de Libre Disposición

Suma que queda en la cuenta tras obtener la pensión.

Cotización Obligatoria

Corresponde al 10% de la remuneración.

Remuneración y Renta

Contraprestación en dinero y adicionales en especie avaluadas en dinero.

Ahorros Asociados a Pensión

  • Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta Dos)
  • Depósitos Convenidos
  • Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV)

Reforma Previsional y Beneficios Solidarios

Reforma Previsional

Creación de un sistema de pensiones solidarias complementario al de capitalización individual.

Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBS de Vejez)

Beneficio para quienes no tienen derecho a pensión en otro régimen.

Aporte Previsional Solidario de Vejez (APS de Vejez)

Complemento para quienes tienen pensiones bajas.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBS de Invalidez)

Beneficio para personas declaradas inválidas sin derecho a pensión.

Extinción y Suspensión de Beneficios

Se detallan las condiciones bajo las cuales los beneficios pueden extinguirse o suspenderse.

Institucionalidad y Otros Beneficios

Institucionalidad del Sistema

Se describen los órganos responsables del sistema de previsión social.

Fondo para la Educación Previsional

Apoya proyectos de educación y difusión del sistema de pensiones.

Instituto de Previsión Social e Instituto de Seguridad Laboral

Administran el sistema de pensiones solidarias y otros regímenes.

Bonificación por Hijo para Mujeres

Aporte estatal por cada hijo nacido vivo.

Compensación Económica en Caso de Nulidad o Divorcio

Posibilidad de traspaso de fondos entre cónyuges.

Subsidio Previsional a Trabajadores Jóvenes

Subsidio estatal para empleadores de trabajadores jóvenes.

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