Que significa tanatico

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  • DEBERES DEL EMPLEADOR


  • PAGO DE RENUMERACION: conjunto de obligacines que surgen de la LCT, CCT , estatutos y contratos individuales y cuyo incumplimiento puede configurar una injuria grave con entidad suficiente para que el trabajador se considere despedido . Por ejemplo cuando no pagan sueldo
  • DEBER DE SEGURIDAD Y Protección: conjunto de medidas y recursos técnicos que el empleador debe aportar durante la prestación de la tarea para proteger la salud psico- física del trabajador y su dignidad y para evitar que sufra daño en sus bienes tanto patromonial, seguridad personal, y alimentación-vivienda
  • DEBER DE Ocupación: obligación de brindar trabajo adecuado , ocupación efectiva según la categoría o función que cumple el trabajador, debe otorgar el trabajo en las condiciones legales pactadas, incluye otorgar las herramientas y las materias primas necesarias para el trabajo . Ej. Apicultor
  • DEBER DE DILIGENCIA:
    deber genérico consiste en el cumplimiento adecuado de las distintas obligaciones contractuales a fin de que el trabajador pueda gozar de sus derechos sin perjuicio. EJ. Engloba los anteriores
  • DEBER DE OBSERVAR LAS OBLIGACIONES RESPECTO DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL- ENTREGA DEL CERTIFICADO DE TRABAJO
  • deber de ingresar los aportes y contribuciones de la seguridad social y sindicales :
    ( aporte:
    Suma que le retiene el empleador al trabajador para obra socialy contribución ( retribuye el trabajador para ingreso del empleador. Dichas sumas son para dindicato afiliado, jubilación, pensión , obra social, etc.

  • Deber de entregar constancia documentada y certificado de trabajo: son 2 obligaciones distintas

  • Deber de entregar al dependiente copia de los comprobantes de pago de las contribuciones y aportes :


    demostrar los aportes y contribución por parte del trabajador
  • Deber de entregar el certificado de trabajo:
    indica cuanto el trabajador, donde y como y los años de aporte. Sirve para demostrar los años de aporte en otro oficio se compueba los años de trabajo
  • DEBER DE NO DISCRIMINAR E IGUALDAD DE TRATO: igual remuneración por igual tarea sin embargo la corte considera el deber de no discriminar significa igualdad de trato a los iguales en igualdad de circunstancias.
  • DEBER DE LLEVAR LOS LIBROS: empleador obligado a llevar un libro especial registrado y rubricado
  • DEBER DE Formación PROFESIONAL: obligación del empleador otorgar capacitación profesional correcta

DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR:


son la contrapartida de las obligaciones o deberes del empleador

  • Percepción DE SALARIOS: en tiempo y forma
  • SEGURIDAD EN SU SALUD PSICO Física Y Protección DE SUS BIENES
  • EXIGIR Ocupación EFECTIVA
  • EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PREVIOSINALES Y SINDICALES Y LA ENTREGA DE C.DE TRABAJO
  • EXIGIR IGUALDAD DE TRATO Y NO Discriminación
  • INVENCIONES O DESCUBRIMIENTOS DEL TRABAJADOR ( el principio gral. Es el derecho de propiedad del trabajador sobre los descubrimientos e inventos y excepción es que el trabajador haya sido contratado para ello o utilizado medios adquiridos antes por el empleador
  • DERECHO A LA Formación PROFESIONAL : mas que nada en PYMES
  • DERECHO A LA INTIMIDAD: nuevas tecnologías, correcta utilización del uso electrónico

DEBERES DEL TRABAJADOR :


conjunto de obligaciones que surgen de la LCT, CCT, estatutos profesionales y contratos individuales donde el cumplimiento puede configurar una grave injuria con entidad suficiente para que el empleador despida al trabajador con causa justa

  • DEBER DE DELIGENCIA Y Colaboración: significa servir con puntualidad, asistencia  y dedicación y el de Colaboración que el trabajador debe prestar auxilio o ayuda al empleador en caso de peligro grave para personas o cosas incorporadas en la empresa
  • DEBER DE FIDELIDAD: relacionado con el de buena fe. Genéricamente es la obligación del trabajador a no ejecutar acto alguno que pueda perjudicar los intereses del empleador.
  • DEBER DE OBEDIENCIA: es la contrapartida del poder de dirección del empleador que implica la facultad de emitir directivas y se manifiesta en la subordinación jerárquica del trabajor. Solo debe obedecer instrucciones u ordenes relativas a la relación laboral y al modo de ejecución del trabajo
  • DEBER DE CUIDAD LOS ELEMENTOS DE TRABAJO: abarcan maquinarias, herramientas para efectuar tareas pero el trabajador no debe responder por normal desgaste de ellas
  • DEBER DE RESPONDER POR DAÑOS: solo responderá por los daños producidos por dolo o culpa grave y se le puede retener hasta un 20%
  • DEBER DE NO CONCURRENCIA: es la llamada COMPETENCIA DESLEAL, y no es solo si con sus actos causa un daño a los intereses del empleador, sino también si la actividad tiene entidad suficiente para producirlo importa la actitud potencialmente perjudicial e incurrir en esa actitud genera el incumplimiento.

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