Sentencia Definitiva y Recursos en el Procedimiento Judicial: Normativa y Plazos

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5) Sentencia definitiva

  • Contenido: Art. 66.
  • Caso de celebración de nueva audiencia: Art. 66 bis.

6) Recursos

Art. 67, inciso primero: “A través de los recursos y en las formas que establece el CPC”. Incluye recursos de hecho, revisión, aclaración, rectificación o enmienda.

Reposición

  • Autos y decretos.
  • Fuera de audiencia: 3 días por escrito, salvo que ese término se cumpla en audiencia (en el acto y oral).
  • Dentro de audiencia: En el acto.
  • Base legal: Art. 188 CPC.

Apelación

  • Procedencia: Sentencia definitiva, resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y aquellas que se pronuncien sobre medidas cautelares.
  • Plazo: 10 días. Debe incluir fundamentos de hecho, de derecho y peticiones concretas (art. 189 CPC).
  • Efecto: Devolutivo, salvo en los casos 8), 10), 13) y 15) del art. 8.
  • Comparecencia: En segunda instancia por el solo ministerio de la ley.
  • Inapelables: Sentencias definitivas dictadas en procesos por infracciones cometidas por adolescentes (art. 102 K).

Casación en la forma

  • Procedencia: Sentencia definitiva de primera instancia e interlocutorias de primera instancia que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación (causales 1º, 2º, 4º, 6º, 7º y 9º del art. 768 del CPC, o por haber sido pronunciada la sentencia definitiva con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el art. 66).
  • Plazo: 15 días o 10 días (art. 770).

Casación en el fondo

  • Base legal: Art. 767 CPC.
  • Plazo: 15 días.

Resoluciones inimpugnables

  • Incidentes promovidos y resueltos en audiencia (art. 26, inciso primero, parte final).
  • Sentencia definitiva en caso de reconocimiento de los hechos por parte del adolescente (art. 102 H, inciso primero).
  • Designación de mediador por el tribunal (art. 107, inciso tercero).

Queja

Art. 545 COT.

VII. Procedimientos especiales (Arts. 68 a 102 N)

  1. Medidas de protección de los derechos de los niños, niñas o adolescentes: Arts. 68 a 80 bis.
  2. Actos de violencia intrafamiliar (Ley 20.066): Arts. 81 a 101.
  3. Actos judiciales no contenciosos: Art. 102. Normas supletorias: Libro IV CPC.
  4. Procedimiento contravencional por faltas cometidas por adolescentes: Arts. 102 A a 102 N.

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