Sentencia Definitiva y Recursos en el Procedimiento Judicial: Normativa y Plazos
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5) Sentencia definitiva
- Contenido: Art. 66.
- Caso de celebración de nueva audiencia: Art. 66 bis.
6) Recursos
Art. 67, inciso primero: “A través de los recursos y en las formas que establece el CPC”. Incluye recursos de hecho, revisión, aclaración, rectificación o enmienda.
Reposición
- Autos y decretos.
- Fuera de audiencia: 3 días por escrito, salvo que ese término se cumpla en audiencia (en el acto y oral).
- Dentro de audiencia: En el acto.
- Base legal: Art. 188 CPC.
Apelación
- Procedencia: Sentencia definitiva, resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y aquellas que se pronuncien sobre medidas cautelares.
- Plazo: 10 días. Debe incluir fundamentos de hecho, de derecho y peticiones concretas (art. 189 CPC).
- Efecto: Devolutivo, salvo en los casos 8), 10), 13) y 15) del art. 8.
- Comparecencia: En segunda instancia por el solo ministerio de la ley.
- Inapelables: Sentencias definitivas dictadas en procesos por infracciones cometidas por adolescentes (art. 102 K).
Casación en la forma
- Procedencia: Sentencia definitiva de primera instancia e interlocutorias de primera instancia que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación (causales 1º, 2º, 4º, 6º, 7º y 9º del art. 768 del CPC, o por haber sido pronunciada la sentencia definitiva con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el art. 66).
- Plazo: 15 días o 10 días (art. 770).
Casación en el fondo
- Base legal: Art. 767 CPC.
- Plazo: 15 días.
Resoluciones inimpugnables
- Incidentes promovidos y resueltos en audiencia (art. 26, inciso primero, parte final).
- Sentencia definitiva en caso de reconocimiento de los hechos por parte del adolescente (art. 102 H, inciso primero).
- Designación de mediador por el tribunal (art. 107, inciso tercero).
Queja
Art. 545 COT.
VII. Procedimientos especiales (Arts. 68 a 102 N)
- Medidas de protección de los derechos de los niños, niñas o adolescentes: Arts. 68 a 80 bis.
- Actos de violencia intrafamiliar (Ley 20.066): Arts. 81 a 101.
- Actos judiciales no contenciosos: Art. 102. Normas supletorias: Libro IV CPC.
- Procedimiento contravencional por faltas cometidas por adolescentes: Arts. 102 A a 102 N.