Seguridad Social en Guatemala: Historia, Principios y Funcionamiento del IGSS
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1. Constituciones citadas
Constitución de la República de Guatemala (Artículos 94 y 95): "La salud de los habitantes de la Nación es un bien público. El Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes".
Constitución de la República de 1945: Fue proclamada después de que la Revolución de Octubre pusiera fin a la dictadura del general Jorge Ubico e incluyó en su texto el principio de los derechos sociales.
Constitución de 1985: Afianzó la Seguridad Social guatemalteca al establecerla como "función pública, en forma nacional, unitaria y obligatoria".
Año de creación y contexto histórico
Año de creación: En 1946, durante el gobierno de Juan José Arévalo, se creó el IGSS.
Contexto histórico: Surge a raíz de la Revolución de Octubre de 1944, la cual puso fin a la dictadura de Jorge Ubico e introdujo los derechos sociales. La seguridad social fue uno de los logros clave de este movimiento.
Principios y características de la Seguridad Social
Obligatoria: Funciona de forma obligatoria para los contribuyentes. La contribución es triple: aportan el Estado, los empleadores (o patronos) y los trabajadores.
Solidaria: Garantiza una forma de subsistencia a los beneficiarios cuando dejan de ser productivos por eventualidades de la vida.
Universal: Apunta hacia la inclusión de todas las capas sociales necesitadas de protección a nivel nacional.
Pública: El Estado brinda estos beneficios y el órgano rector y administrador es un ente estatal: el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).
Integral: Brinda protección en dos áreas: 1) servicios de salud y 2) pensiones.
Programas del IGSS y sus funciones
Programa E.M.A. (Enfermedad, Maternidad y Accidentes)
Servicios de salud: Atención médica, cirugías, medicinas, exámenes, odontología, rehabilitación, hospitalización y transporte.
Pagos en dinero: Subsidios para trabajadores con incapacidad temporal. Por maternidad, se paga el 100% del salario (30 días antes del parto y 54 días después).
Programa I.V.S. (Invalidez, Vejez y Sobrevivencia)
Invalidez: Pensión del 100% del sueldo para trabajadores que quedan incapacitados para laborar por accidente o enfermedad.
Vejez: Pensión al cumplir 60 años de edad y el mínimo de cuotas pagadas (se calcula según el promedio del sueldo de los últimos 5 años).
Sobrevivencia: Ayuda económica para gastos de entierro y pensión mensual a los familiares (esposa, hijos o padres) cuando fallece el afiliado.
Otras instituciones y sus pensiones
Banco de Guatemala: Aportes mensuales del 4.5% del salario; jubilación al cumplir 25 años de servicio y 50 años de edad.
Colegio de Médicos, Veterinarios y Zootecnistas: Elegibles a los 65 años de edad y mínimo 25 años de aportes.
Colegio de Abogados y Notarios: Edad mínima de 63 años; pensiones oscilan entre Q3,500.00 (entre el 80% y 100%).
USAC: Suma de edad y servicio debe ser de 85 años, mínimo 20 años servidos y haber contribuido al fondo.