Salario y Horarios Laborales

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El salario

El salario es el total de las percepciones que recibe el trabajador ya sea:

  • Dinero
  • Especie

Como contraprestación de los servicios laborales, ya retribuyan el trabajo efectivo o los periodos de descanso computables como de trabajo.

Salario Base

Es la retribución fijada en convenio colectivo para un grupo profesional.

Complementos salariales

Cantidades no recogidas en el salario base que se cobran mientras dura la situación que los genera.

Gratificaciones salariales

Se abonan dos al año, una de ellas Navidad y la otra en el mes acordado entre las partes, aunque pueden ser prorrateadas mes a mes.

Salario en especie

Retribución diferente al dinero, basada en bienes o servicios que benefician o interesan al trabajador.

Horas Extraordinarias

Son las que exceden la duración de la jornada ordinaria de trabajo establecida en el contrato de trabajo, en el convenio colectivo. (Siempre en contratos de jornada completa)

Se pagan con dinero (en una cuantía no inferior al valor de la hora ordinaria) o con descanso equivalente.

No pueden superar las 80 horas al año, salvo que compensen con descanso o se realicen por fuerza mayor.

Fuerza mayor

Son necesarias para prevenir o reparar un daño que pueda producirse sobre la empresa o las personas.

Estructurales

Son horas con las que la empresa pretende hacer frente a un aumento de su actividad.

Periodos de descanso

Descanso anual: Vacaciones: Duración mínima de 30 días naturales al año. Se deben de saber con 2 meses de antelación. Son vacaciones pagadas e irrenunciables.

Descanso semanal: Un día y medio ininterrumpido para los mayores de edad (Acumulables por periodos de 14 días: 11 días de trabajo y 3 de descanso). 2 días para los menores de edad. 12 horas entre jornada y jornada.

Descanso en cada jornada: 15 min por cada 6h para mayores de edad. 30 min por cada 4h y media para los menores.

Tipos de horario

Continuo: Jornada laboral completa. Pueden tener descansos de 15min.

Partido: Con descanso de al menos un hora.

Rijido y flexible: Horario fijo / Posibilidades de elección de horario.

Trabajo nocturno: De 22:00 a 6:00. Retribución específica. No accesible para menores de edad.

Trabajo a turnos: Empresas cuyo proceso productivo es de 24h/día. Rotan en los diferentes turnos.

Guarda legal: causa que justifica la reducción de jornada del trabajador o funcionario que tenga a su cuidado directo algún menor de 12 años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida.

Salario en especie: Es una práctica extendida en muchas empresas; sin embargo, se ha de tener en cuenta que este “sueldo” nunca podrá superar el 30% de las percepciones salariales totales. Alguno de estos productos o servicios considerados pagos en especie tributan en la Declaración en la Renta.

Retribuciones en especie exentas de tributar al IRPF

Tickets comida: exentos hasta 11€/día (se calculará dividiendo el total de € mensuales en tickets comida entre el nº de días reales del mes).

Ticket guardería: exentos al 100% (y aunque no me lo pague la empresa también está exenta la guardería).

Planes de Pensiones hasta 8000€/año. Seguro de Salud hasta 500€/año.

Kilometraje del coche hasta 0,19 cts el km (si te pagan 20cts el km el céntimo lo tributas).

Indemnizaciones por despido hasta 180000€.

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