Riesgo

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¿Que es un incidente?
Es un acontecimiento no deseado que resulta o puede resultar en pérdidas. Si el resultado significa lesiones a personas o daño a la propiedad, se denomina
Accidente. Si no resultare en lesiones o daños, se denomina Casi-Accidente o Incidente.

¿Qué es un accidente?
Es acontecimiento no deseado que da por resultado perdidas por lesiones a las personas, daño a la propiedad, los equipos, los materiales y/o el medio ambiente. Es todo hecho inesperado que interrumpe un proceso normal y que puede llegar a producir lesiones o daños. No es necesario que haya lesiones en un accidente, basta que exista solo una interrupción.

¿
Qué es un accidente del trabajo?
Para efectos de la ley Nº16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, se entenderá por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
Entonces un accidente del trabajo es un acontecimiento o acto no deseado que interrumpe una actividad normal de trabajo causando lesiones personales y/o daños a materias (pérdidas). Ejemplos:
- Una persona baja corriendo la escalera, resbala y cae, sufriendo una lesión en un brazo.
- Un auxiliar traslada un proyector de transparencias a la sala de clases, tropieza , no se cae, pero se le produce una contusión en el tobillo, la proyectora se cae y se daña.

¿Qué es una enfermedad profesional?
Es aquella que es causada de una manera directa por el ejercicio de una profesión u oficio (efecto lento y progresivo). Ejemplo:
-Una secretaria utiliza permanentemente el computador en su trabajo, al no adoptar una posición correcta, empieza a sentir dolores en un brazo, terminado en una enfermedad denominada Tendinitis.

¿Que es Prevenir?
Se debe entender como anticiparse a los hechos tomando una serie de controles antes de que estos ocurran y así evitar una consecuencia indeseable.
Dentro de la prevención una de las herramientas importantes es la capacitación, por que en la medida que las personas que integran una empresa, tienen un cabal conocimiento sobre las maneras correctas de efectuar los trabajos, sobre técnicas preventivas a aplicar sobre los sistemas de control necesarios y sobre las causas y consecuencias de los incidentes; mejor preparadas estarán para evitarlos.

Prevención de Riesgos
La Prevención de Riesgos, es una técnica que permite el reconocimiento, evaluación y control de los riesgos ambientales que pueden causar accidentes y/o enfermedades profesionales.
Dentro del campo de la prevención de riesgos existen diversas disciplinas que actúan en forma coordinada para el control de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; entre estas, la Seguridad Industrial u Ocupacional, la Higiene Industrial, la Medicina del trabajo y la Capacitación Ocupacional.

¿Qué es el Riesgo?
Cuando en un proceso existe la posibilidad de que haya una alteración respecto de los resultados, se debe entender que existe un riesgo. Así el riesgo se puede entender como: “La Variación que se puede producir en los resultados esperados de una situación dada, dentro de un período determinado”.

DEFINICIÓN DE ACCIDENTE
Para los efectos de esta ley se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo(
Accidentes de trayecto)
Se considerarán también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.
El experimentado por el trabajador enviado al extranjero en casos de sismos o catástrofes.
El experimentado por el trabajador enviado a cursos de capacitación ocupacional.
Exceptúanse los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo
administrador.
Procedimiento legal en caso de accidente del trabajo: El empleador deberá denunciar el accidente inmediatamente de producido o dentro de las 24 horas siguientes. También podrá denunciarlo el trabajador accidentando o cualquier persona que haya tomado conocimiento de este hecho.
La denuncia se hará en la sucursal del Instituto de Normalización Previsional, INP, más cercana al lugar del accidente. Para ello se proporcionará el formulario Declaración Individual de Accidentes del Trabajo.
Recibida la denuncia, la agencia del INP extenderá la Orden de Atención que da acceso gratuito a las prestaciones médicas proporcionadas por una institución de salud en convenio con el INP: en todo el país los centros asistenciales del Sistema Nacional de Servicios de Salud y la Asociación Chilena de Seguridad y, además, en la Región Metropolitana el Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
En casos de urgencia, la institución de salud prestará la atención médica sin la Orden de Atención, la que deberá ser presentada por el trabajador, familiar o empleador dentro del plazo máximo de un día hábil después de efectuada la atención.

Causa inmediata.

Es la que permite determinar, al momento del accidente, que acción humana o que condición física ambiental permitió la ocurrencia de este hecho. Normalmente se conocen como:

a.- Acción Subestándar:
Es todo acto que comete una persona que no sigue el procedimiento habitual considerado como estándar (procedimiento seguro). Ejemplos:

- Correr por las escaleras.
- Jugar con fósforos.
- Hacer bromas peligrosas.
- Tirar basuras al piso o a la calle.
- Caminar obstruyendo la visión.
- Cruzar la calzada por la mitad de la calle.
- Jugar con elementos corto-punzantes.

b.- Condición Subestándar:
Es una condición o situación física peligrosa que puede estar presente en el ambiente, en los materiales o en los equipos. Ejemplos:

- Piso en mal estado.
- Instalación eléctrica defectuosa.
- Peldaño roto en una escalera.
- Pasillos obstruidos con materiales.
- Escaleras sin barandas.
- Estufa encendida cerca de cortinas.
- Interruptor de luz quebrado.
1.2.2. Causas Básicas.

Son las que originan las acciones y condiciones subestándar.
Las causas básicas que originan las acciones subestándar. Se denominan
Factores Personales y se presentan cuando:

- Las personas NO SABEN realizar su actividad, tarea o trabajo.
- Las personas no tienen las APTITUDES para desarrollar una actividad determinada.
- Las personas saben como hacer sus tareas, pero no están MOTIVADAS para hacerlas correctamente.

Las causas básicas que originan las condiciones subestándar, se denominan
Factores del Trabajo y normalmente están en:

- Los equipos, herramientas y materiales, que presentan fallas, producto del desgaste por el uso o el mal uso.
- No existe una mantención correcta y oportuna de equipos, instalaciones, herramientas de trabajo y lugares de trabajo.
- Diseño y disposición incorrecta de instalaciones, equipos y lugares de trabajo.
- Falla de advertencias o señalización en un área determinada, considerada riesgosa.

CONSECUENCIAS DE LOS ACCIDENTES.
Las consecuencias o efectos de los accidentes pueden afectar a las personas y a los bienes de las instituciones.
Para las personas (trabajadores) pueden ser:

- Lesiones incapacitantes.
- Invalidez y muerte
- Pérdidas de ingresos económicos.
- Pérdida de fuente laboral.
-

Para la institución o empresa pueden ser:

- Pérdidas de materiales y equipos.
- Daños a las instalaciones.
- Pérdidas de eficiencia.
- Pérdidas de imagen y prestigio.
- Otros costos.

Normalmente estos costos, tanto de lesiones como de pérdidas materiales, pueden desglosarse en costos Asegurados y No Asegurados.


1.3.1. SECUENCIA DEL INCIDENTE ACCIDENTE.
Según lo que expresado con anterioridad, se puede deducir que “
No hay accidente sin causa”, y que para poder prevenir la ocurrencia de estos hechos, debemos actuar Controlando las causas, para así evitar las Lesiones y Pérdidas, de acuerdo a la siguiente secuencia:


CAUSA BÁSICA
CAUSA INMEDIATA

INCIDENTE/ACCIDENTE
LESIÓN O PÉRDIDA

1.4. CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES


Según el DS Nº 109;

Artículo 2°.
Se considerará incapacidad temporal toda aquella provocada por accidente del trabajo o enfermedad profesional, de naturaleza o efectos transitorios, que permita la recuperación del trabajador y su reintegro a sus labores habituales.

No será necesario graduar la incapacidad temporal; y en tanto ella subsista, el trabajador sólo tendrá derecho a las prestaciones médicas y a subsidio, con arreglo al párrafo III del Título V de la Ley N° 16.744.



Artículo 3°
Se considerará invalidez el estado derivado de un accidente del trabajo o enfermedad profesional que produzca una incapacidad presumiblemente de naturaleza irreversible, aun cuando deje en el trabajador una capacidad residual de trabajo que le permita continuar en actividad.

La invalidez deberá ser graduada en todo caso, en conformidad a las normas establecidas en el presente reglamento, y en tanto represente una incapacidad de ganancia igual o superior a un 15% dará derecho a indemnización global o a pensión, según el caso, sin perjuicio de las prestaciones médicas y subsidios que correspondan.


No existe una clasificación única para los tipos de accidentes que ocurren en los ambientes laborales. Las estadísticas, de acuerdo a sus características, clasifican los accidentes según su tipo de acuerdo a sus objetivos.


Por ejemplo, para el otorgamiento de las prestaciones pecuniarias, los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se clasifican en las siguientes categorías, según los efectos que produzcan;

a.- Que producen incapacidad temporal; Efectos transitorios que permiten al trabajador reintegrarse a sus labores.

b.- Que producen invalidez parcial; Efectos permanentes, pero que permiten al trabajador continuar con su actividad laboral.

c.- Que producen invalidez total;
Efectos permanentes que no permiten al trabajador continuar con su actividad laboral.

d.- Que producen gran invalidez, y

e.- Que producen la muerte.


En todo caso se debe destacar que el tipo de accidente se puede definir diciendo “que es la forma en que se produce el contacto entre el accidentado y el agente”.

1.- Accidentes en los que el material va hacia al hombre:

- Por golpe.
- Por atrapamiento.
- Por contacto.



2.- Accidentes en los que el hombre va hacia el material:


- Por pegar contra.
- Por contacto con.
- Por prendimiento.
- Por caída a nivel (por materiales botados en los pasillos, piso deteriorado, manchas de aceite en el suelo, calzado inapropiado).
- Por caída a desnivel (desde escaleras o andamios).
- Por aprisionamiento.



3.- Accidentes en los que el movimiento relativo es indeterminado:


- Por sobreesfuerzo.
- Por exposición.


La ventaja de conocer la tipología de cada accidente estriba en que a cada tipo le corresponderán medidas específicas de prevención.

1.5. DEFINICIÓN de riesgo


 El riesgo se puede entender como “La Variación que se puede producir en los resultados esperados de una situación dada, dentro de un período determinado”.

Un riesgo tiene potencial para:

- Dañar a las personas; aun aquellas que tienen experiencia y conocimiento de su trabajo
- Dañar la propiedad.
- Afectar significativamente la cantidad, calidad y/o los costos de producción, vale decir los indicadores de productividad.

1.6. TIPOS DE RIESGOS


1.6.1. Riesgo Inherente
Este es intrínseco o propio del trabajo o proceso, no puede ser eliminado del sistema. Dado que el hacerlo implica la supresión de la actividad que lo genera, lo que en rigor resulta impracticable.

Ejemplos de este tipo de riesgo: el trabajo con explosivos en la minería, sustancias químicas, elementos cortantes, abrasivos, trabajos con radiaciones, por nombrar algunos.



1.6.2. Riesgo Incorporado

Este es generado por desviarse de la forma estandar o correcta de efectuar las tareas incorporando un riesgo innecesario al riesgo inherente.

Por ejemplo, aceptar que un camión de alto tonelaje sea operado por un trabajador sin experiencia. Aceptar que los trabajadores no utilicen elementos de protección personal.



1.6.3. Riesgo Asociado
Se entiende como tal al potencial de obtener resultados negativos y por lo tanto diferentes a los deseados, que pueden presentarse durante el desarrollo de un proceso o en un sistema productivo. Estos resultados potencialmente negativos son el producto de desviaciones respecto del cumplimiento de los estándares que son necesarios para asegurar el funcionamiento normal.


1.6.4. Riesgo aceptable
Este es el que conlleva un potencial de perdida menor y que de producirse fallas operacionales, no afectan significativamente las condiciones de la operación, por ello se dice que es aceptado, sin embargo se debe esclarecer que quienes lo aceptan necesariamente deben ser personas con ciertas características como la prudencia, conocimientos, experiencia y habilidad. Esto quiere decir que no debe dejarse la calificación de los riesgos a una persona inexperta.

Un ejemplo de estos riesgos, es conducir un automóvil. Dado que para la mayoría de las personas esto entraña un riesgo, ellas lo aceptan, como también lo es el cruzar una calle con luz verde o paso de cebra. Es obvio que esto entraña un riesgo, sin embargo todos lo hacemos, vale decir lo aceptamos. Esto significa que dichos riesgos se pueden enfrentar tomando medidas simples o básicas de control que no implican medidas especiales.

Sin embargo se debe dejar en claro que muchas veces se comete el error de calificar un riesgo como aceptable sin que haya una evaluación objetiva y actualizada o lo que es mas común la mayoría de las veces quien emite este juicio no es una persona idónea para hacerlo.

Resumiendo, se podría decir que un riesgo es:

Aceptable: Cuando los controles en la empresa están activos y son eficaces.

No aceptables: Cuando se desencadenan situaciones no deseadas con potencial de daño o pérdida, lo que significa que los controles son insuficientes o no existen.

1.7. CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS

Para poder establecer prioridades en la resolución de los problemas, que originan riesgos, es conveniente que estos últimos sean clasificados de acuerdo a algún criterio. Se ha establecido como criterio el clasificar los riesgos en tres categorías típicas de trabajo, causas que están relacionadas con la existencia de acciones o condiciones subestandar, que son capaces de generar acontecimientos indeseables y cuyas consecuencias son aleatorias dependiendo de la magnitud del daño que puedan generar. Dicho de otra forma se debe pensar en que las causas normalmente son técnicamente identificables y presente en éstas, se puede predecir la existencia de consecuencias. Sin embargo es mas difícil precisar la magnitud de ellas.

1.7.1. Riesgo Clase A (alto)

Se consideran como riesgo de esta clase a aquellos que:

- Pueden producir la muerte o invalidez de un trabajador.
- Pueden generar daño irreparable de estructuras, equipos, instalaciones o materias.
- Pueden producir lesiones o enfermedades ocupacionales que incapaciten permanentemente a un trabajador.

Como ejemplo de los riesgos de este tipo se puede mencionar el llevar un pasajero en un montacargas, conducir un vehículo a exceso de velocidad en una tarea, utilizar un andamio sin barandas de protección.

1.7.2. Riesgo Clase M (medio)

Se entiende por este, cuando los daños que se pueden generar son menores que los anteriores, pero igual implican una detención de los procesos y/o lesiones de los trabajadores.

Ejemplos de éstos:

- Lesiones o enfermedades ocupacionales que incapaciten temporalmente al trabajador.
- Daños parciales a estructuras, equipos, instalaciones o materiales; es el caso de soldar sin protección, dejar una tabla con clavos en una construcción o levantar una carga de manera incorrecta.

1.7.3. Riesgo Clase B (bajo)

Se considera de nivel bajo cuando las consecuencias son menores y estas pueden ser:

- Lesiones o enfermedades ocupacionales de carácter leve o incapacidad temporal.
- Daños a la propiedad que no impiden el uso o funcionamiento normal del elemento afectado, pudiendo continuarse las actividades o procesos y efectuar una reparación programada de dicho daño.

Ejemplo de este tipo de riesgos son los pisos de baldosas desgastadas, los tropezones, rotura de una cubierta de techo, etc.

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