Responsabilidades Legales y Laborales del Monitor de Natación
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Responsabilidades del Monitor de Natación: Clasificación Jurídica
1. Responsabilidad Penal
La responsabilidad penal puede conllevar privación de libertad ante acciones imprudentes penadas con cárcel. Se clasifica según los siguientes conceptos:
- Dolo: Existe voluntad y conocimiento de infringir una norma.
- Dolo directo: Existe voluntad, conocimiento y la intención de causar daño.
- Dolo indirecto: Se produce el resultado como consecuencia necesaria de la acción.
- Dolo eventual: Existe voluntad y conocimiento, pero no la intención directa de causar daño.
- Imprudencia: Falta de cuidado o diligencia (se utiliza el estándar de la "diligencia de un buen padre de familia").
- Por impericia: Imprudencia por falta de preparación para desarrollar una actividad profesional.
- Por negligencia: Falta de prudencia en el actuar.
2. Responsabilidad Civil
Se divide según la naturaleza de la obligación y el sujeto responsable:
- Según el sujeto:
- Directa o propia: Paga la misma persona que causó el daño.
- Indirecta o impropia: Paga una persona distinta a la que causó el daño.
- Según el vínculo:
- Contractual: Existe contrato (plazo de 15 años para interponer denuncia).
- Extracontractual: No existe contrato (plazo de 1 año).
- Según la forma de pago:
- Mancomunada: Responsabilidad conjunta donde se paga a partes iguales.
- Solidaria: Responsabilidad conjunta donde se paga según la capacidad económica.
- Subsidiaria: Tipo indirecto; paga una persona distinta y solo se aplica cuando el responsable principal no es solvente.
Tipos de Daños Civiles
- Personales: Físicos (cuerpo) o Morales (psíquicos).
- Patrimoniales: Daños sobre bienes materiales (reparación o sustitución).
3. Derecho Laboral
Regulado por el Estatuto de los Trabajadores.
- Derechos del trabajador: Reunión, huelga, derecho al trabajo, formación y un plazo de 12 meses para reclamar cantidades pendientes.
- Obligaciones del trabajador: Ser productivo, asistencia al trabajo, observar medidas de seguridad y contribuir a la mejora de la productividad.
Poderes y Deberes del Empresario
- Poderes:
- Dirección: Organizar el trabajo.
- Variación: Modificar condiciones laborales.
- Disciplinario: Sancionar infracciones (leves o graves, pudiendo llegar al despido).
- Deberes: Realizar deducciones legales (Seguridad Social, desempleo, IRPF).
4. Comportamiento Docente y Normativa
El monitor debe garantizar la seguridad, un trato adecuado, lenguaje correcto y calidad en el servicio.
- Art. 54.2 del Estatuto de los Trabajadores: Define las causas de despido procedente.
- Despido improcedente: Indemnización de 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades).
5. Definición de Responsabilidad
- Responsabilidad Moral: Relacionada con las acciones calificadas como buenas o malas.
- Responsabilidad Jurídica: Surge cuando el sujeto transgrede un deber de conducta señalado en la norma.