Responsabilidad Civil y Procedimientos en Accidentes de Tránsito con Daños Materiales

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Accidentes de tránsito con daños materiales: Marco legal

De acuerdo con el artículo 143 de la Ley de 2002, existe la posibilidad de conciliar en el lugar de los hechos, otorgando validez a la transacción realizada entre las partes.

Por: Lic. Anabel Brito Paulino

Responsabilidad civil y procedimientos de reclamación

Se examina la responsabilidad civil y los procedimientos de reclamación por daños personales o en los bienes derivados de la circulación de vehículos, conforme al artículo 1 de la ley sobre responsabilidad de vehículos tras las últimas modificaciones legislativas.

Circunstancias atenuantes y exclusiones

El artículo 52 establece que las circunstancias atenuantes del artículo 463 del Código Penal podrán ser aplicadas por los tribunales en los casos previstos por los artículos 49 y 50 de la presente ley. Sin embargo, esta aplicación queda excluida cuando el conductor del accidente:

  • Haya manejado el vehículo de motor sin haberse provisto nunca de licencia.
  • Abandone injustamente a la víctima.
  • Se encuentre bajo el efecto de cualquier sustancia alucinógena o en estado de embriaguez, debidamente comprobados por un certificado médico, la prueba del alcoholímetro o por declaraciones de dos o más testigos hechas constar en el acta policial levantada al efecto.

Procedimiento de indemnización y oferta motivada

Para llegar a un acuerdo, el asegurador debe presentar una oferta motivada de indemnización:

  • Acreditación de responsabilidad: Si se entiende acreditada, se deben cuantificar los daños en un plazo de 3 meses.
  • Requisitos: ¿Con qué requisitos debe contar la oferta motivada?
  • Incumplimiento: ¿Cuáles son los efectos de su incumplimiento?

Disconformidad y vías de solución

En caso de disconformidad, el perjudicado puede optar por:

  • Procedimiento de mediación: Para intentar solucionar la controversia.
  • Vía judicial: Para la reclamación de los daños y perjuicios correspondientes.

Lic. Anabel Brito Paulino

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