Responsabilidad Civil y Procedimientos en Accidentes de Tránsito con Daños Materiales
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Accidentes de tránsito con daños materiales: Marco legal
De acuerdo con el artículo 143 de la Ley de 2002, existe la posibilidad de conciliar en el lugar de los hechos, otorgando validez a la transacción realizada entre las partes.
Por: Lic. Anabel Brito Paulino
Responsabilidad civil y procedimientos de reclamación
Se examina la responsabilidad civil y los procedimientos de reclamación por daños personales o en los bienes derivados de la circulación de vehículos, conforme al artículo 1 de la ley sobre responsabilidad de vehículos tras las últimas modificaciones legislativas.
Circunstancias atenuantes y exclusiones
El artículo 52 establece que las circunstancias atenuantes del artículo 463 del Código Penal podrán ser aplicadas por los tribunales en los casos previstos por los artículos 49 y 50 de la presente ley. Sin embargo, esta aplicación queda excluida cuando el conductor del accidente:
- Haya manejado el vehículo de motor sin haberse provisto nunca de licencia.
- Abandone injustamente a la víctima.
- Se encuentre bajo el efecto de cualquier sustancia alucinógena o en estado de embriaguez, debidamente comprobados por un certificado médico, la prueba del alcoholímetro o por declaraciones de dos o más testigos hechas constar en el acta policial levantada al efecto.
Procedimiento de indemnización y oferta motivada
Para llegar a un acuerdo, el asegurador debe presentar una oferta motivada de indemnización:
- Acreditación de responsabilidad: Si se entiende acreditada, se deben cuantificar los daños en un plazo de 3 meses.
- Requisitos: ¿Con qué requisitos debe contar la oferta motivada?
- Incumplimiento: ¿Cuáles son los efectos de su incumplimiento?
Disconformidad y vías de solución
En caso de disconformidad, el perjudicado puede optar por:
- Procedimiento de mediación: Para intentar solucionar la controversia.
- Vía judicial: Para la reclamación de los daños y perjuicios correspondientes.
Lic. Anabel Brito Paulino